Resolución 2

Derogación de la Resolución No. 920 de 2014

Organismo
Ministerio de Economía y Planificación
Fecha emisión
2021-01-13
Publicada en
Gaceta No. 4 Extraordinaria de 2021 (2021-01-15)
Páginas
5–6
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 2 del Ministerio de Economía y Planificación deroga la Resolución No. 920 de 2014, que regulaba el pago por suministro de fuerza de trabajo en la inversión extranjera. Esta decisión se fundamenta en la unificación monetaria y cambiaria dispuesta por el Decreto-Ley No. 17 de 2020 y en la Resolución No. 33 de 2020 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Texto íntegro

GOC-2021-72-EX4 RESOLUCIÓN 2/2021

POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 17 “De la implantación del proceso de ordenamiento monetario” de 24 de noviembre de 2020, se dispone la unificación monetaria y cambiaria, así como la transformación en la distribución de los ingresos de la población en lo referido a los salarios, entre otras cuestiones.

POR CUANTO: Por la Resolución No. 33 “Sobre régimen laboral en la inversión extranjera” de 25 de noviembre de 2020 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en su artículo 16 se dispone que el pago del servicio por el suministro de fuerza de trabajo se acuerda entre la entidad empleadora y la empresa, por lo que resulta necesario derogar la Resolución No. 920, de 8 de diciembre de 2014 del Ministerio de Economía y Planificación que estableció que las entidades empleadoras autorizadas a suministrar fuerza de trabajo vinculada a la inversión extranjera, reciben un valor que no exceda el veinte (20) por ciento de lo pactado en CUC por concepto de salario a los trabajadores.

POR TANTO: En virtud de la facultad que me ha sido conferida en el inciso d) del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Derogar la Resolución No. 920, de 8 de diciembre de 2014 del Ministerio de Economía y Planificación.

SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original firmado en la Dirección Jurídica de este Ministerio. DADA, en La Habana, a los 13 días del mes de enero de 2021.Alejandro Gil Fernández Ministro

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