Resolución 2/2025
La Resolución 2/2025 del Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil regula la creación y funcionamiento de los centros de gestión para la reducción del riesgo de desastre en Cuba. Estos centros se crean para controlar la reducción de vulnerabilidades y gestionar la información sobre riesgos de desastre. La resolución establece las funciones específicas de estos centros, las atribuciones y obligaciones de sus jefes, y la composición mínima que deben tener.
- Los centros de gestión para la reducción del riesgo de desastre se crean por los jefes de la Defensa Civil de provincias y municipios, subordinados a ellos.
- Los centros tienen 14 funciones específicas, como recopilar y analizar estudios de riesgo, facilitar la evaluación periódica de peligros y vulnerabilidades, y documentar situaciones de desastre.
- Los jefes de los centros tienen 14 atribuciones y obligaciones específicas, como dirigir las actividades de recepción y análisis de resultados de estudios de riesgo y controlar el cumplimiento de medidas planificadas.
- La composición mínima de los centros es de un jefe y dos especialistas en gestión de la reducción del riesgo de desastre a nivel provincial, y varía según la categoría del municipio.
- Se definen los perfiles de los cargos técnicos de Especialista en Gestión de Reducción del Riesgo de Desastres y Técnico en Gestión de Reducción del Riesgo de Desastres.
- Los jefes de la Defensa Civil en provincias y municipios deben crear los centros de gestión para la reducción del riesgo de desastre antes del 31 de diciembre de 2026.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 2/2025
POR CUANTO: La Directiva 1, “Para la Gestión de la Reducción del Riesgo de De-sastre en la República de Cuba”, del Presidente del Consejo de Defensa Nacional, de 15 de noviembre de 2022, en el apartado Decimoctavo, establece que los jefes de la Defensa Civil de las provincias y municipios, crean los centros de gestión para la reducción delriesgo de desastre, subordinados a ellos, previa coordinación con el Estado Mayor Na-cional de la Defensa Civil y vinculados a ellos, se crean los Puntos de Alerta Temprana.
POR CUANTO: La Resolución 24, de la ministra de Trabajo y Seguridad Social, dediciembre de 2024, regula para los jefes de los centros de Gestión para la Reducción del Riesgo de Desastre de la Administración Provincial y de las asambleas municipales del Poder Popular los salarios mensuales, y la relación de cargos técnicos para los centrosde Gestión para la Reducción del Riesgo de Desastre, y en el apartado Tercero, estableceque el Jefe del Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil, aprueba el perfil general delos cargos técnicos, lo que se utiliza como referencia para que el empleador determine lasatribuciones y obligaciones correspondientes.
POR CUANTO: Resulta necesario establecer las funciones específicas de los centrosde gestión para la reducción del riesgo de desastre en el país, las atribuciones y obli-gaciones específicas de su jefe, la composición mínima que estos deben tener para elcumplimiento de su misión y sus funciones y el perfil general de los cargos técnicos quecomponen su estructura.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en la Directiva 1, “Para la Gestión de la Reducción del Riesgo de Desastre en la República de Cuba”, del Presidentedel Consejo de Defensa Nacional, de 15 de noviembre de 2022, en la disposición final Segunda,
RESUELVO
PRIMERO: Establecer las funciones específicas de los centros de gestión para la re-ducción del riesgo de desastre en el país, las atribuciones y obligaciones específicas de sujefe, la composición mínima que estos deben tener para el cumplimiento de su misión ysus funciones y el perfil general de los cargos técnicos que componen su estructura.
SEGUNDO: Los centros de gestión para la reducción del riesgo de desastre, se creanpor los jefes de la defensa civil de las provincias y municipios, subordinados a ellos, conla misión de controlar la reducción de las vulnerabilidades, mediante la recopilaciónordenada de los resultados de los estudios de riesgo de desastre del territorio y de las en-tidades y las informaciones de interés aportadas por los sujetos de la Directiva 1, “Para la Gestión de la Reducción del Riesgo de Desastre en la República de Cuba”, del Presidentedel Consejo de Defensa Nacional, de 15 de noviembre de 2022, elevar la percepción delriesgo en la población, documentar las situaciones de desastre del territorio y facilitar alas autoridades la gestión y la toma de decisiones; y tienen las funciones específicas si-guientes:
1. Recopilar, analizar, conservar y poner a disposición de los usuarios, los resultadosde los estudios de peligro, vulnerabilidad y riesgo, que fundamentan la gestión de lareducción del riesgo de desastre.
2. Facilitar el análisis y la evaluación periódica de los peligros y de las vulnerabilida-des asociadas a estos, que pueden provocar una situación de desastre, con la partici-pación de las instituciones estatales acreditadas y los especialistas de los diferentessectores del territorio.
3. Archivar y proteger la memoria histórica e informes de los eventos o situaciones dedesastres ocurridos en el territorio.
4. Mantener el control del cumplimiento de las medidas planificadas para eliminaro reducir progresivamente los niveles de riesgo existentes, frente a los diferentespeligros y las consecuencias del cambio climático que pueden afectar al territorio.
5. Apoyar con el equipamiento y la información disponible, según corresponda, alas instituciones que participan en la realización de los estudios de peligro, vul-nerabilidad y riesgo del territorio.
6. Participar en la elaboración de los planes de reducción del riesgo de desastre y de ladecisión del presidente del consejo de defensa para los preparativos, la respuesta yla recuperación a situaciones de desastre.
7. Documentar gráficamente y conservar de forma adecuada, las principales accio-nes de reducción de vulnerabilidades que se realicen, así como el expedientede la respuesta a las situaciones de desastres y sus efectos en el territorio.
8. Contribuir al desarrollo de actividades de preparación de las diferentes categoríasde personal y a la divulgación de las medidas de reducción del riesgo de desastre.
9. Recopilar y elaborar la información periódica sobre las acciones de los sistemasde vigilancia y la alerta temprana, el cumplimiento de los planes de reducción delriesgo de desastre, u otras de interés, que requiera el jefe de la Defensa Civil enel territorio para el desarrollo de sus actividades.
10. Realizar y entregar al jefe de la defensa civil del territorio los análisis de situa-ción, en los períodos que este determine.
11. Realizar la entrega temporal y mediante acta, de los medios y equipos a las personaspara garantizar el aviso y la alerta temprana, mediante autorización del jefe de ladefensa civil o el presidente del consejo de defensa correspondiente.
12. Asegurar, desde el punto de vista técnico e informativo, la realización de las evalua-ciones del nivel de reducción del riesgo de desastre en el territorio.
13. Participar en el control de las actividades que realiza el personal de los puntosde alerta temprana de las comunidades e interactuar de forma permanente con ellos.
14. Mantener relaciones de cooperación y coordinación con las unidades organizativasdel territorio para el cumplimiento de sus misión y funciones.
TERCERO: Los jefes de los centros de gestión para la reducción del riesgo de de-sastre tienen las atribuciones y obligaciones específicas siguientes:
1. Dirigir las actividades de recepción, análisis, y conservación de los resultados delos estudios de peligro, vulnerabilidad y riesgos y los pone a la disposición de losusuarios.
2. Planificar y dirigir los análisis y la evaluación periódica de los peligros y de lasvulnerabilidades asociadas a estos, que pueden provocar una situación de desas-tre, con la participación de las instituciones estatales acreditadas y los especialistasde los diferentes sectores del territorio.
3. Asegurar y controlar que se archive y proteja la memoria histórica y los informesde los eventos o situaciones de desastres ocurridos en el territorio.
4. Controlar el cumplimiento de las medidas planificadas para eliminar o reducirprogresivamente los niveles de riesgo existentes, frente a los diferentes peligrosy las consecuencias del cambio climático que pueden afectar al territorio.
5. Apoyar con el equipamiento y la información disponible, según corresponda, a lasinstituciones que participan en la realización de los estudios de peligro, vulnerabili-dad y riesgo del territorio.
6. Participar en la elaboración de los planes de reducción del riesgo de desastre y dela decisión del presidente del consejo de defensa para los preparativos, la respuestay la recuperación a situaciones de desastre.
7. Asegurar que se documente gráficamente y se conserve de forma adecuada, lasprincipales acciones de reducción de vulnerabilidades que se realicen, así como elexpediente de la respuesta a las situaciones de desastres y sus efectos en el territo-rio.
8. Planificar, dirigir y controlar el desarrollo de actividades de preparación de lasdiferentes categorías de personal y las acciones de divulgación de las medidas dereducción del riesgo de desastre.
9. Dirigir la elaboración de la información periódica sobre las acciones de los siste-mas de vigilancia y la alerta temprana, el cumplimiento de los planes de reduc-ción del riesgo de desastre, u otras de interés, que requiera el jefe de la defensa civildel territorio para el desarrollo de sus actividades.
10. Dirigir la realización y entrega al jefe de la defensa civil del territorio de los aná-lisis de situación, en los períodos que este determine.
11. Organizar y controlar la entrega temporal y mediante acta, de los medios y equiposa las personas para garantizar el aviso y la alerta temprana, previa autorizacióndel jefe de la defensa civil o el presidente del consejo de defensa correspondiente.
12. Asegurar, desde el punto de vista técnico e informativo, la realización de las eva-luaciones del nivel de reducción del riesgo de desastre en el territorio.
13. Organizar la participación del personal del centro de gestión para la reducción delriesgo de desastres en el control de las actividades que realiza el personal de lospuntos de alerta temprana de las comunidades e interactúa de forma permanente conellos.
14. Establecer relaciones de cooperación y coordinación con las unidades organizativasdel territorio para el cumplimiento de sus atribuciones y obligaciones.
CUARTO: Los centros de gestión para la reducción del riesgo de desastre deben tenerla composición mínima siguiente:
1. En el nivel provincial, un jefe y dos especialistas en gestión de la reducción delriesgo de desastre.
2. En los municipios de categoría I, un jefe, un especialista en gestión de la reduccióndel riesgo de desastre y un técnico en gestión de la reducción del riesgo de desastre.
3. En los municipios de categoría II, un jefe y un especialista en gestión de la reduc-ción del riesgo de desastre.
QUINTO: Definir el perfil del cargo técnico de Especialista en Gestión de Reduccióndel Riesgo de Desastres, que se utiliza en la administración provincial de la forma si-guiente: se subordina al jefe del centro de gestión para la reducción del riesgo de desastre,requiere nivel de calificación superior con entrenamiento en el puesto, pertenece al grupoescala de complejidad XVI y tiene las atribuciones y obligaciones generales que se expo-nen a continuación:
1. Recopila, analiza, conserva y pone a disposición de los usuarios, los resultadosde los estudios de peligro, vulnerabilidad y riesgo, que fundamentan la gestiónde la Reducción del Riesgo de Desastre.
2. Recopila, procesa, consolida y analiza la información que aportan las entidadesdel territorio sobre el proceso de reducción de vulnerabilidades.
3. Mantiene actualizada la plataforma de la infraestructura de datos espaciales para lagestión de la reducción del riesgo de desastre en la República de Cuba.
4. Archiva y protege la memoria histórica e informes de los eventos o situaciones dedesastres ocurridos.
5. Prepara la información que se requiera para los análisis de los peligros y de lasconsecuencias del cambio climático que generan riesgos de desastres en el terri-torio.
6. Coordina y participa en actividades de preparación de las distintas categorías depersonal para actuar en situaciones de desastres.
7. Coordina actividades de investigación con los grupos multidisciplinarios, insti-tuciones docentes universitarias, e instituciones científicas.
8. Recopila y analiza la información periódica que realiza el grupo multidisciplinarioa partir de la información que brindan los Sistemas de Vigilancia y Alerta Tem-prana.
9. Controla en las entidades del territorio el cumplimiento el plan de Reducción del Riesgo de Desastres.
SEXTO: Definir el perfil del cargo técnico de Especialista en Gestión de Reduccióndel Riesgo de Desastres, que se utiliza en la asamblea municipal de la forma siguiente: sesubordina al jefe del centro de gestión para la reducción del riesgo de desastre, requierenivel de calificación superior con entrenamiento en el puesto, pertenece al grupo escalade complejidad XV y tiene las atribuciones y obligaciones generales que se exponen acontinuación:
1. Recopila, procesa, consolida y analiza la información que aportan las entidades delterritorio sobre el proceso de reducción de vulnerabilidades.
2. Mantiene actualizada la plataforma de la infraestructura de datos espaciales para la Gestión de la Reducción del Riesgo de Desastre en Cuba.
3. Prepara la información que se requiera para los análisis de los peligros y de las con-secuencias del cambio climático que generan riesgos de desastre en el territorio.
4. Archiva y protege la memoria histórica e informes de los eventos o situaciones dedesastres ocurridos.
5. Coordina y participa en actividades de preparación de las distintas categorías depersonal para actuar en situaciones de desastres.
6. Coordina actividades de investigación con los grupos multidisciplinarios, institu-ciones docentes universitarias, e instituciones científicas.
7. Recopila y analiza la información periódica que realiza el grupo multidisciplinarioa partir de la información que brindan los sistemas de vigilancia y alerta temprana.
8. Controla en las entidades del territorio el cumplimiento del plan de Reduccióndel Riesgo de Desastre.
SÉPTIMO: Definir el perfil del cargo de Técnico en Gestión de Reducción del Riesgode Desastres, que se utiliza en la asamblea municipal de la forma siguiente: se subordinaal jefe del centro de gestión para la reducción del riesgo de desastre, requiere nivel decalificación medio superior con entrenamiento en el puesto, pertenece al grupo escala decomplejidad XI y tiene las atribuciones y obligaciones generales que se exponen a con-tinuación:
1. Recopila, procesa, consolida y analiza la información que aportan las entidades delterritorio sobre el proceso de reducción de vulnerabilidades.
2. Mantiene actualizada la plataforma de la infraestructura de datos espaciales para la Gestión de la Reducción del Riesgo de Desastre en Cuba.
3. Prepara la información que se requiera para los análisis de los peligros y de las con-secuencias del cambio climático que generan riesgos de desastres en el territorio.
4. Archiva y protege la memoria histórica e informes de los eventos o situaciones dedesastres ocurridos.
5. Coordina y participa en actividades de preparación de las distintas categorías depersonal para actuar en situaciones de desastres.
6. Coordina actividades de investigación con los grupos multidisciplinarios,instituciones docentes universitarias, e instituciones científicas.
7. Recopila y analiza la información periódica que realiza el grupo multidisciplinario apartir de la información que brindan los Sistemas de Vigilancia y Alerta Temprana.
8. Controla en las entidades del territorio el cumplimiento del plan de Reducción del Riesgo de Desastres.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA: Los jefes de la defensa civil en las provincias y municipios aseguran la crea-ción de los centros de gestión para la reducción del riesgo de desastre correspondientes ylos puntos de alerta temprana vinculados a ellos, antes del 31 de diciembre de 2026.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA: Poner en vigor la presente Resolución a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
COMUNÍQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas pueda interesar.
DESE CUENTA al Presidente de la República de Cuba, al ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, a la ministra de Trabajo y Seguridad Social y a los directoresde Perfeccionamiento, Sistemas y Órganos de Dirección y de Atención a los Órganos Locales del Poder Popular.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE la presente Resolución en el Protocolo de disposiciones normativas delque suscribe.
DADA en La Habana, a los 3 días del mes de marzo del año 2025.
Ramón Pardo Guerra
General de División