Resolución 2/2026

Procedimiento para el Sistema de Relaciones Financieras del Sistema Empresarial Estatal con el Estado

Organismo
Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales
Fecha emisión
2026-07-24
Publicada en
Gaceta No. 72 Ordinaria de 2026 (2026-09-02)
Páginas
27–41
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La Resolución 2/2026 del Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales regula el sistema de relaciones financieras del sistema empresarial estatal con el Estado. Establece el procedimiento para la distribución de utilidades, la creación de reservas voluntarias y el Fondo de Financiamiento Común. La resolución emana del Decreto 144 de 2026 que crea el Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 2/2026

POR CUANTO: El Decreto-Ley 120 “Del Sistema Empresarial Estatal Cubano”, de 14 de julio de 2026, establece los principios generales de organización y funcionamiento del sistema empresarial estatal, para su transformación y desarrollo bajo la conducción del Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales.

POR CUANTO: El Decreto 144 “De la Creación del Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales”, de 6 de enero de 2026, en sus artículos 2 y 3, establece lasfunciones específicas del Instituto y las atribuciones de su presidente.

POR CUANTO: Resulta necesario precisar el procedimiento para el sistema de rela-ciones financieras del sistema empresarial estatal con el Estado.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 3, inciso o) del Decreto 144 “De la creación del Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales”, de 6 de enero de 2026,RESUELVOPRIMERO: Aprobar el siguiente:PROCEDIMIENTO PARA EL SISTEMA DE RELACIONES FINANCIERAS DEL SISTEMA EMPRESARIAL ESTATAL CON EL ESTADO

CAPÍTULO IGENERALIDADES

Artículo 1. El presente procedimiento regula el Sistema de Relaciones Financieras en-tre las empresas estatales, las empresas filiales, las sociedades mercantiles, incluidas las

micro, pequeña y mediana empresas estatales, y los grupos empresariales, en lo adelante entidades empresariales, con el Estado.

CAPÍTULO IIDE LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES DESPUÉS DE IMPUESTO

SECCIÓN PRIMERAAporte por el rendimiento de la inversión estatal y declaración de dividendos

Artículo 2.1. La magnitud del aporte por el rendimiento de la inversión estatal o dividendos, según corresponda, se establece por el Gobierno como directiva para la elaboración del Plan de la Economía y el Presupuesto del Estado, en cada ejercicio económico.2. El Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales define para cada grupoempresarial y la empresa no integrada, la magnitud del aporte por el rendimiento de la inversión estatal o dividendos, según corresponda, garantizando que el agregado de estas obligaciones cumpla con la directiva aprobada por el Gobierno 3. El grupo empresarial define para cada entidad empresarial que lo integra, la magnitud del aporte por el rendimiento de la inversión estatal o dividendos, según corresponda, garantizando que el agregado de estas obligaciones cumpla con lo establecido por el Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales.

SECCIÓN SEGUNDACreación de reservas voluntarias

Artículo 3. Para los fines de la presente Resolución, se entiende por reservas volun-tarias, las acumulaciones financieras constituidas por la entidad económica a partir de lautilidad retenida después de impuesto, descontada la reserva para pérdidas y contingencias y el aporte por el rendimiento de la inversión estatal o dividendos, según corresponda, alcierre del ejercicio fiscal.

Artículo 4.1. El consejo de dirección de la entidad empresarial aprueba la creación yutilización de las reservas voluntarias, en beneficio de los trabajadores, la empresa y lasociedad, de común acuerdo con la organización sindical, previa participación de los trabajadores. 2. La prioridad en la utilización, destinos y cuantía de las reservas voluntarias a crear a partir de las utilidades retenidas al cierre del periodo económico se decide por la entidad empresarial, según sus objetivos estratégicos, las obligaciones contrac-tuales y su plan económico-financiero; el Anexo I, que forma parte integrante de lapresente Resolución, relaciona posibles destinos de las reservas voluntarias. 3. Para la utilización de reservas voluntarias en cualquier destino que incida directamente en el ingreso de los trabajadores, sea en metálico o en especie, la entidadempresarial queda obligada a elaborar un reglamento que defina los requisitos, criterios, indicadores y cualquier otro elemento que asegure la equidad, proporcionalidad, diferenciación e igualdad en la asignación de estos recursos. 4. Este reglamento se aprueba por el Consejo de Dirección previo acuerdo con la orga-nización sindical, discutido en la asamblea general de afiliados y trabajadores y acordadoen el Convenio Colectivo de Trabajo. 5. Las entidades empresariales mantienen las acumulaciones de reservas no utilizadas, creadas en períodos anteriores, hasta el agotamiento. En cada periodo se deciden o ajustan los destinos.

Artículo 5. La entidad empresarial que registre pérdidas contables de años anterioresestá obligada a destinar al menos una parte de la utilidad retenida a su financiamiento, de

acuerdo a la política aprobada por el Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales, en lo adelante INAEE.

Artículo 6. La cuantía y el destino de las utilidades que el grupo empresarial solicita a las empresas que lo integran, a partir de las utilidades retenidas por las mismas, se acuerda entre ambas partes, en caso de desacuerdo se decide por el INAEE, a través de la Junta de Gobierno.

Artículo 7.1. El representante del propietario responde por la racionalidad de la acumulación en las empresas; y estas últimas responden por evitar la inmovilización de re-cursos financieros.2. Las entidades empresariales informan, al representante del propietario, sobre el uso de las reservas voluntarias creadas, durante el ejercicio económico.

CAPÍTULO IIIFONDO DE FINANCIAMIENTO COMÚN

SECCIÓN PRIMERAGeneralidades

Artículo 8. El fondo de financiamiento común, en lo adelante el Fondo, se constituyecon los aportes de las empresas integradas a un grupo empresarial, y otras fuentes lícitascon destino a financiar inversiones, proyectos, servicios u otros objetivos comunes; esgestionado mediante una tesorería centralizada.

Artículo 9. El fondo de financiamiento común se rige por los siguientes principios:1. Voluntariedad: la participación de las empresas es voluntaria, sin perjuicio de que el grupo empresarial pueda establecer aportes mínimos obligatorios para tener derecho a hacer uso del mismo.2. Solidaridad: los aportes y los beneficios se determinan y distribuyen de manera solidariaentre las empresas participantes, en correspondencia con los objetivos de desarrollo común de la organización. 3. Transparencia: la gestión del Fondo es transparente, con rendición de cuentas periódicas a las empresas participantes y al Consejo de Dirección del Grupo.4. Autonomía: la creación del Fondo no sustituye la autonomía financiera de cadaempresa. 5. Rentabilidad social: el Fondo debe contribuir al desarrollo colectivo de las empresas que integran el grupo empresarial, la responsabilidad social y al cumplimiento de los objetivos estratégicos.

Artículo 10.1. El grupo empresarial, previo acuerdo de su Consejo de Dirección, pueden crear el Fondo. 2. El acuerdo de creación debe contener, al menos: el monto inicial de constitución; lasfuentes de financiamiento; y las normas de administración y control.

Artículo 11. El Fondo puede tener los destinos principales siguientes:a) Inversión: para financiar inversiones de largo plazo, modernización tecnológica,proyectos de investigación, desarrollo e innovación e inserción internacional; permite destinar recursos a proyectos estratégicos del grupo;b) liquidez: para gestionar excedentes y déficits de liquidez entre las empresas del grupo; permite otorgar préstamos a corto plazo y dar cobertura a necesidades puntuales de liquidez a las empresas del grupo empresarial; c) garantía: para respaldar operaciones de crédito de las empresas del grupo; mejora las condiciones de acceso al crédito bancario externo, yd) desarrollo social: para financiar proyectos de responsabilidad social y desarrollocomunitario.

SECCIÓN SEGUNDAFuentes del Fondo

Artículo 12. El Fondo de financiamiento común se nutre de las siguientes fuentes:1. Aportes de las empresas participantes, que pueden ser: aportes periódicos a partir de un porcentaje de los ingresos o utilidades; y aportes extraordinarios para proyectosespecíficos.2. Los rendimientos generados por la gestión de los fondos.3. Créditos obtenidos del sistema bancario o de instituciones financieras. 4. Ingresos por la prestación de servicios financieros a las empresas del grupo empresarial.5. Cualquier otra fuente de procedencia lícita.

SECCIÓN TERCERAAdministración del Fondo y principios de funcionamiento

Artículo 13.1 La administración del Fondo corresponde a un comité creado al efecto, oagencia financiera del grupo empresarial, si existiera.2. El administrador del Fondo debe rendir cuentas periódicamente al consejo de dirección del grupo y a las empresas participantes. 3. Los recursos del Fondo no se mezclan con el patrimonio del grupo empresarial. 4. Los plazos de amortización de los préstamos, y el carácter no reembolsable se deci-de en reunión con los directores de las empresas participantes en su financiamiento.

Artículo 14. Mediante el Fondo se puede: a) Financiar inversiones; b) adquirir activos para su posterior arrendamiento o cesión a las empresas del grupo empresarial;c) financiar proyectos de investigación, desarrollo e innovación del grupo empresarial.d) otorgar préstamos a corto plazo a las empresas del grupo;e) financiar capital de trabajo;f) realizar operaciones de compensación de saldos entre empresas del grupo empresarial. g) otorgar avales para operaciones de crédito de las empresas del grupo. h) constituir garantías para contratos de las empresas del grupo.i) ejecutar inversiones financieras; creación de empresas; compra de acciones y participaciones.

Artículo 15.1. El control del Fondo corresponde al consejo de dirección del grupo empresarial. 2. El Fondo está sujeto a auditoría interna y externa, de conformidad con la legislación vigente.

Artículo 16.1. El Fondo se disuelve por mayoría en reunión de los directores de lasempresas participantes en su financiamiento.2. En caso de disolución, los activos remanentes se distribuyen entre las empresas participantes en proporción a sus aportes.

CAPÍTULO IVDistribución de utilidades a los trabajadores

Artículo 17. Las entidades empresariales ejecutan el proceso de distribución de utilidades a los trabajadores, con base en los resultados obtenidos entre el 1 ro. de enero y 31 de diciembre del año anterior.

Artículo 18. La distribución de utilidades a los trabajadores se paga en pesos cubanos.

Artículo 19.1. Los requisitos a cumplimentar por las entidades empresariales para tener derecho al pago por la distribución de utilidades a los trabajadores son los siguientes:

a) No tener adeudos vencidos con el Fisco al cierre del período que se analiza; y b) no tener una auditoría de cualquier tipo, en la que el sistema de control interno secalifique de Deficiente o Malo, provocado por la existencia de manipulación de lacontabilidad que afecte sus resultados reales; hasta que se compruebe mediante otra auditoría que se han resuelto dichas irregularidades. 2. En las entidades empresariales que cuenten con una auditoría en la que el sistema decontrol interno se califique de Deficiente o Malo, los trabajadores que no están señaladosen el acta de responsabilidad administrativa o como implicados o responsables de las de-ficiencias detectadas, tienen derecho a la distribución de utilidades, excepto en los casos a que se refiere el inciso b) del apartado anterior.3. Cuando por causas ajenas a la entidad empresarial no resulte posible ejecutar una acción de re control al sistema de control interno, se puede realizar la distribución de utilidades, siempre que, transcurrido como mínimo un término de seis meses de aproba-do el Plan de medidas para revertir la calificación de Deficiente o Malo, se cumplan losrequisitos siguientes: a) Acreditar que se realizaron las gestiones necesarias con el sistema nacional de auditoría para el recontrol a la entidad, sin lograr su realización; yb) el nivel o instancia superior de la entidad empresarial certifique que se han cumpli-do las acciones contenidas en el Plan de Medidas, para solucionar las deficiencias que dieron lugar a esta calificación. 4. Cuando la entidad empresarial recibe la calificación de Adversa o Abstención de Opi-nión en una auditoría financiera, los trabajadores implicados o responsables de las deficienciasdetectadas no tienen derecho al pago de las utilidades, hasta que se compruebe mediante otraauditoría que se han resuelto dichas deficiencias.

Artículo 20.1. Se autoriza al jefe de la entidad empresarial a realizar el pago anticipado acuenta de la reserva a crear al cierre del ejercicio fiscal, con destino a la distribución deutilidades a los trabajadores. 2. El pago anticipado se basa en los principios siguientes: a) Se autoriza como un anticipo del resultado anual de la empresa en el I, II y III trimestres;b) Al cierre del ejercicio fiscal se determina la reserva a crear con destino a la distribución de utilidades a los trabajadores, se analiza y paga como resultado del proceso de creación de las reservas a partir de las utilidades del año; c) el monto a distribuir del pago a cuenta de las utilidades creadas en el I, II y III tri-mestres, se determina a partir del cierre de los estados financieros de cada período,y puede ser hasta un cincuenta por ciento de la utilidad después de impuestos, deducido el aporte por el rendimiento de la inversión estatal o dividendos. Al potencial determinado, que corresponde distribuir a la entidad, se le minoran los gastos diferidos, los ingresos por sobrantes de bienes, las pérdidas y faltantes en investigación, para lo cual se confecciona el modelo “Cálculo de la utilidad a anticipar como pago a los trabajadores”, que se establece en el Anexo V, y que forma parte integrante de la presente Resolución;d) la entidad realiza el pago dentro del trimestre siguiente, para lo cual planifica los des-embolsos en correspondencia con sus flujos financieros y se distribuye hasta donde ladisponibilidad de liquidez lo permita; e) al pago a cuenta de la distribución de utilidades al trabajador, se le aplica el tipo impositivo que le corresponda por concepto de Contribución Especial a la Seguridad Social y el Impuesto sobre los Ingresos Personales;

f) no está gravado con el Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, ni la Contribución a la Seguridad Social al no constituir salario; y g) se paga en pesos cubanos.

Artículo 21. Procede el pago anticipado a cuenta de la distribución de utilidades a los trabajadores, siempre que en las entidades empresariales se cumplan los requisitos establecidos a tales efectos en el

Artículo 19.

Artículo 22. Lo antes expuesto es de aplicación para la retribución a los trabajadores en las actividades de investigación y desarrollo de las entidades de ciencia, cuyos productos se basan en el conocimiento y ciclos de producción a largo plazo, que lo realizan a partir de la reserva del Fondo para la Estabilización de los Ingresos y Retención del Capital Humano.

Artículo 23. Las sociedades mercantiles que tienen como única función la de accionistas, establecen como límite máximo para el pago a cuentas por distribución de utilidades a los trabajadores, el ingreso promedio recibido por trabajador, por este concepto, de las sociedades que representan.

Artículo 24.1. En la oficina central de los grupos empresariales, el pago a cuenta se financia a partir de las utilidades de las entidades que la integran, en cuyo caso lo estable-cen como compromiso de aporte de financiamiento. 2. Los grupos empresariales que se financian totalmente con ingresos propios realizanel pago a cuenta a partir de las utilidades que generan.

Artículo 25. Si durante el ejercicio fiscal o al final de este, se muestra un exceso delos pagos a cuenta, se procede por la entidad a restituir el monto en exceso y el pago se reanuda una vez que se crean las utilidades que lo permitan.

Artículo 26. El jefe de la entidad empresarial, previa evaluación en el consejo de dirección, autoriza el pago anticipado por la distribución de utilidades a los trabajadores; para realizar este pago, se elabora una nómina, según corresponda.

CAPÍTULO VFondo para la estabilización de los ingresos y retención del capital humano

Artículo 27.1. Las entidades de ciencia, tecnología e innovación, cuyos productos se basan en el conocimiento están autorizadas a crear el Fondo para la Estabilización de los Ingresos y Retención del Capital Humano con el objetivo de la retribución a los trabajadores. 2. Este fondo se nutre de: reservas voluntarias creadas a partir de la utilidad retenida y asignaciones del Presupuesto del Estado para programas de interés estatal que aprueba el Ministerio de Finanzas y Precios.

CAPÍTULO VIDEL TRATAMIENTO FINANCIERO DE LAS PÉRDIDAS

Artículo 28. Las entidades empresariales que presenten pérdidas contables en un ejer-cicio económico, realizan el análisis de estas, de su situación financiera y determinan si necesitan o no financiamiento y el monto para amortizarlas.

Artículo 29. En las entidades empresariales que necesiten recursos financieros para la amortización de las pérdidas contables, las fuentes de financiamiento a utilizar son lassiguientes: a) Los recursos acumulados en la reserva para pérdidas y contingencias;b) asignaciones del Fondo de financiamiento común cuando se entregan como capitalización; y c) el Presupuesto del Estado, en última instancia, cuando excepcionalmente se autoriza.

Artículo 30. Cuando las pérdidas contables resultan superiores a las fiscales, las empre-sas estatales y las sociedades mercantiles, las financian con las utilidades retenidas después de impuesto. Se pueden financiar de forma parcial o totalmente, en uno o varios periodos,en correspondencia con la política que se establece por el que suscribe al respecto.

CAPÍTULO VIIDEL FINANCIAMIENTO DE LOS GRUPOS EMPRESARIALES

Artículo 31. La Junta de Gobierno, aprueba el presupuesto de gastos para el ejercicio económico del grupo empresarial.

Artículo 32. Los gastos corrientes del grupo empresarial se financian a través de losaportes que con cargo a sus gastos corrientes realizan las entidades empresariales que lo integran, los dividendos que reciban por ser socios, los ingresos propios de actividades que realicen, u otro ingreso lícito previsto en la legislación vigente.

Artículo 33.1. El aporte que realizan las entidades empresariales que integran el grupoempresarial, se determina en el proceso de planificación, por lo que están obligadas a planificar esos gastos.2. El aporte de cada entidad se determina sobre la base de aplicar a las ventas netas uncoeficiente de distribución; este coeficiente se calcula como la división del presupuesto degastos corrientes del grupo entre la sumatoria de las ventas netas de las empresas que lasintegran; durante el ejercicio económico el coeficiente se aplica a las ventas netas reales.3. Las entidades empresariales que trabajan con pérdidas no realizan el aporte hasta tanto reviertan su situación; en este caso los grupos empresariales no pueden redistribuir su pago entre el resto de las entidades que la integran. 4. En los casos que los grupos empresariales sean accionistas de sociedades mercantiles, solo reciben de estas, los dividendos correspondientes.

Artículo 34. Los grupos empresariales pueden crear reservas voluntarias a partir delas utilidades retenidas de las empresas estatales que lo integran, destinadas a financiarinversiones y el pago por la distribución de utilidades a los trabajadores. Las sociedades mercantiles, en las cuales el grupo empresarial es accionista solo le aportan los dividendos que le corresponden de acuerdo a su participación.

CAPÍTULO VIIIINSTITUCIONES FINANCIERAS NO BANCARIAS Y BANCOS

SECCIÓN PRIMERAInstituciones financieras no bancarias

Artículo 35. Las instituciones financieras no bancarias que integran el sistema empresarial estatal aplican lo regulado en este Procedimiento, adecuándolo a las particularidades del sistema bancario, las orientaciones del Banco Central de Cuba y a los aspectosespecíficos que se detallan en este Capítulo.

Artículo 36. Estas instituciones presentan a la instancia que corresponda, sus propuestas de incrementos de capital legal o capital en acciones, según sean estatales o sociedades mercantiles, en correspondencia con lo establecido legalmente a tales efectos.

Artículo 37. La retención de utilidades para incrementos de capital de las instituciones financieras no constituye una reserva voluntaria, sino otro destino de la utilidad neta después del impuesto por decisión propia o para cumplir con los requerimientos establecidos por el Banco Central de Cuba, su necesidad se determina con antelación a la constitución de las reservas voluntarias.

Artículo 38.1. La utilidad retenida por los bancos estatales y los ingresos extraordinariosde las instituciones financieras no bancarias que son sociedades mercantiles, se destinan a lacapitalización, a la creación de reservas voluntarias y a la creación del Fondo de Garantías. 2. En el caso del Fondo de Garantías, aplican el por ciento a utilizar para su creación ymantenimiento que define el Banco Central de Cuba para cada institución.

SECCIÓN SEGUNDABancos

Artículo 39.1. Los bancos quedan sujetos al pago del aporte por el rendimiento de la inversión estatal, por una magnitud del treinta por ciento de la utilidad después del impuesto a distribuir, deducida la reserva obligatoria para pérdidas y contingencias. 2. El Banco Central de Cuba puede aprobar un por ciento diferente que como aporte por el rendimiento de la inversión estatal realiza cada uno de los bancos, basado en el por ciento establecido anteriormente.

Artículo 40. La diferencia entre el por ciento aprobado a aportar por el Rendimiento de la Inversión Estatal por el Banco Central de acuerdo con el artículo anterior y el por ciento aprobado en las directivas del Plan y el Presupuesto del Estado, se destina a cubrir las necesidades de capitalización de otros bancos del sistema, propuestos por el Banco Central, mediante transferencias de capital aprobadas por el Ministerio de Finanzas y Precios.

DISPOSICIÓN ESPECIALÚNICA: Los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior adecuan lo que por la presente se dispone en correspondencia con las características propias de esos organismos.

DISPOSICIÓN TRANSITORIAÚNICA: Durante el año 2027, las entidades económicas accionistas de sociedades mercantiles y de empresas mixtas aportan al Presupuesto del Estado, 50 % de los dividendos ganados, como pago a cuenta; este aporte se realiza dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al cobro de los referidos dividendos. Se exceptúan los socios de mipymes estatales y los accionistas de las nuevas sociedades mercantiles creadas a partir de la entrada en vigor del Decreto-Ley 120 “Del Sistema Empresarial Estatal”.

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Facultar a los directores de las entidades empresariales a utilizar, de las utilidades retenidas pendientes de distribuir como reservas voluntarias, hasta un veinteporciento del financiamiento antes del proceso de aprobación; excepto lo que se destinepara la distribución de utilidades a los trabajadores; y en el momento de aprobación de las reservas voluntarias se tienen en cuenta los montos y destinos ejecutados de manera anticipada.

SEGUNDA: Para los grupos empresariales integrados por empresas, que por sus características organizativas, tecnológicas, productivas y económicas tienen una alta interrelación y dependencia entre sí, caracterizada fundamentalmente por la producción de bienes y servicios sobre la base de una infraestructura única, que requieran un tratamiento tributario diferenciado, lo solicitan al Ministerio de Finanzas y Precios.

TERCERA: Los jefes de los grupos empresariales, del gobierno provincial y las administraciones locales del Poder Popular, quedan obligados a presentar al INAEE, antes del 30 de junio del año siguiente al que corresponde la distribución, la información relativa al proceso de distribución de utilidades al cierre del año anterior, de conformidad con lo establecido en los Anexos III y IV, que forman parte integrante de la presente Resolución.

CUARTA: La presente Resolución entra en vigor el primero de enero de 2027.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales.

DADA en La Habana, a los 24 días del mes de julio de 2026.Roberto Ricardo Marrero PresidenteANEXO IPRINCIPALES DESTINOS PARA LA CREACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LAS RESERVAS VOLUNTARIASLas reservas voluntarias pueden estar dirigidas, entre otras, a los destinos siguientes: • Financiamiento de pérdidas contables de años anteriores; • incremento de Capital de Trabajo, amortización de créditos, amortización de deu-das, financiamiento de inversiones propias;• cubrir los gastos para desarrollar proyectos de ciencia, tecnología e innovación;• financiamiento de gastos para el desarrollo del talento humano, entre ellos, recalificación o actualización de los trabajadores, incluye becas de formación posgradua-das y certificaciones profesionales, nacionales e internacionales;• distribución de utilidades a los trabajadores al cierre del ejercicio económico, de acuerdo con lo dispuesto por la presente Resolución;• financiar la adquisición, construcción e intervención arquitectónica en viviendascon el objetivo de estabilizar la fuerza de trabajo;• financiar la estimulación a trabajadores y a colectivos laborales destacados, comoparte del estímulo moral y material;• aportar al grupo empresarial, con el objeto de constituir reservas destinadas a financiar inversiones y al pago de la distribución de utilidades a los trabajadores laoficina central; • aportar al Fondo de financiamiento común creado al nivel del grupo empresarial;• nutrir el Fondo para la estabilización de los Ingresos y Retención del Capital Humano;• realizar inversiones financieras, como, mediante la adquisición de Letras y Bonos Soberanos en el Mercado de Deuda Pública, la creación de fondos de inversionesen el sistema bancario (mercado financiero); • financiamiento de la inversión para crear de empresas (filiales, mipymes estatales omipymes mixtas);• aportar al Fondo de Asistencia al Desarrollo Industrial para contribuir al financiamiento del desarrollo industrial;• financiar acciones ejecutadas como parte de los compromisos voluntarios adoptados por la empresa como responsabilidad social; • otras que de manera expresa autorice el consejo de dirección de la empresa duranteel ejercicio fiscal, en respuesta a situaciones puntuales enfocadas en el desarrollo dela entidad o actividades sociales que no descritas con anterioridad.

ANEXO IIASPECTOS CONCEPTUALES Y METODOLÓGICOS A CONSIDERAR POR LAS ENTIDADES ECONÓMICAS EN LA CREACIÓN Y EMPLEO DE LAS RESERVAS VOLUNTARIAS CREADAS A PARTIR DE LAS UTILIDADES RETENIDAS1.1. La utilización de las reservas voluntarias, según su destino, incide en las decisiones siguientes: a) Reinversión de utilidades para el incremento de la cuenta de Inversión Estatal o del Capital Social suscrito y pagado: se origina por la generación de nuevos activos tangibles e intangibles en la entidad empresarial; en el caso de las sociedades mercantiles, donde el Capital Social suscrito no haya sido pagado en su totalidad, esta es la primera acción de capitalización;b) extracción de liquidez de las entidades: se manifiesta en la utilización de reservascuyo uso está asociado a extraer dinero de la entidad empresarial; y c) reinversión de utilidades para restitución del Patrimonio Neto o Capital Contable: serealiza al liberar reservas voluntarias constituidas para financiar pérdidas contables.2. Incrementan la cuenta de Inversión Estatal o el Capital Social Suscrito y Pagado, la liberación de las reservas voluntarias siguientes: a) Incremento de Capital de Trabajo; b) investigación y desarrollo;c) financiamiento de gastos de capacitación; y d) fondo para financiar la adquisición, construcción e intervención arquitectónica enviviendas: según la legislación vigente. 3. El uso de estas reservas voluntarias se registra en las cuentas de activo que correspondan, y de manera simultánea, se produce el incremento de la Inversión Estatal o el Capital Social Suscrito. 4. El uso de las reservas voluntarias que generan extracción de liquidez de forma inmediata, se registra como una minoración de las cuentas de efectivo en banco. Entre ellas se encuentran los destinos siguientes: • Financiamiento de gastos de capacitación • Investigación, desarrollo e innovación. • Distribución de utilidades a los trabajadores. • Fondo de compensación. • Estimulación a trabajadores y a colectivos laborales. • Reservas a aportar al grupo empresarial. • Fondo para la Estabilización de los Ingresos y Retención del Capital Humano en entidades de ciencia.• Fondo para financiar la adquisición, construcción e intervención arquitectónica enviviendas. • Financiamiento de acciones de responsabilidad social.• Inversiones financieras.• Inversiones para crear nuevas empresas. • Aportar al fondo de Asistencia al Desarrollo Industrial.5. En las notas a los estados financieros se incorpora un análisis del proceso de creación y utilización de las reservas voluntarias.

ANEXO IIIRESUMEN DE APROBACIÓN DE CREACIÓN DE RESERVAS VOLUNTARIAS A PARTIR DE UTILIDADES Y FINANCIAMIENTO DESCENTRALIZADO DE INVERSIONESÓRGANO, ORGANISMO u OSDE: ______ CÓDIGO:_______ PROVINCIA:________ MUNICIPIO________ AÑO:______ No. Relación de entidades E.E. S.A. NIT Utilidad después Im-puesto Planificada Utilidad después Impuesto Real Aporte a la reserva p/ pérdidas y contingencia Aporte por Rendimiento Inversión Estatal Utilidad a retener (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) No. De ella destinada a: Incremento de Capital de Trabajo (10) Incremento capital de trabajo (11) Amortización Crédito para inversiones (12) Amortización de deudas (13) Inversiones aprobadas con recursos propios (14) Investigaciones y desarrollo (15) Financiamiento de gastos para el desarrollo del talento humano (16) Financiamiento pérdidas de años anteriores (17) No. Fondo de compensación (18) Distribución utilidades a trabajadores (19) Aporte para constituir reservas en el grupo empresarial (20) Adquisición, construcción y reparación de viviendas (21) Estimulación a trabajadores y a colectivos laborales (22) Fondo para la estabilización de los Ingresos y Retención Capital Humano en las entidades de ciencia (23) Inversionesmercados financieros (24) No. Aporte al Fondo de Asistencia y Desarrollo Industrial (25) Responsabilidad Social (26) Otros destinos (27)

ANEXO IVINFORME DEL PROCESO DE OTORGAMIENTO POR LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES A LOS TRABAJADORESINSTITUTO NACIONAL DE ACTIVOS EMPRESARIALES ESTATALES DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES A LOS TRABAJADORES OACE, CAP, OSDE o Empresa: Código: Año: UM: Miles de pesos con un decimal Entidad empresarial Importe distribuido Trabajadores estimulados Importe Promedio Distribuido TOTALES Confeccionado por: Revisado por: Aprobado por: FECHA D M A EXPLICACIÓN PARA EL LLENADO DEL MODELO Encabezamiento: se inscribe el nombre del órgano, organismo de la Administración Central del Estado, Consejo de la Administración Provincial o del municipio especial Isla de la Juventud, Organización Superior de Dirección Empresarial, empresa no integrada a una Organización Superior de Dirección Empresarial según corresponda, que brinda la información y su correspondiente código. Año: Se anota el año al que corresponde la información. Columnas Entidad empresarial: se inscribe el nombre de la entidad empresarial. Importe Distribuido: se anota el importe total que la entidad empresarial otorgó por la distribución de utilidades a los trabajadores.Trabajadores estimulados: se anota la cantidad de trabajadores que fueron beneficiadoscon la distribución de utilidades. Importe Promedio distribuido: se anota el resultado de dividir la columna Importe Distribuido entre trabajadores estimulados. Filas En cada fila se anotan los datos correspondientes a cada una de las entidades empresariales subordinadas, que distribuyeron utilidades a los trabajadores.Pie del modelo: se inscriben el nombre y apellidos, cargo y firma de los funcionariosencargados de confeccionar, revisar y aprobar el modelo. Fecha: se anota el día, mes y año en que se confecciona el modelo.

ANEXO VCÁLCULO DE LA UTILIDAD A ANTICIPAR COMO PAGO A LOS TRABAJADORESNOMBRE DE LA ENTIDAD: Código ONEI: Grupo empresarial: TRIMESTRE: UM: Pesos y Centavos Concepto Importe 1 Utilidad antes de impuesto 2 Menos: reserva para Contingencia 3 Impuesto sobre Utilidades 4 Utilidad después de impuesto 5 Menos: aporte del rendimiento a la Inversión Estatal o pago de dividendos 6 Faltantes o pérdidas en investigación 7 Gastos diferidos en el período 8 Ingresos por sobrantes de bienes 9 Estimado de utilidad a distribuir en las reservas de la empresa ( igual a lafila 4 menos sumatoria de las filas 5 a la fila 8)10 Aporte al Grupo empresarial con cargo a la Reserva 11 Para anticipar a los trabajadores (Hasta el 50 % de la fila 9 menos 10)12 Menos: anticipo otorgado en exceso en el año anterior 13 Anticipo otorgado en el trimestre anterior dentro del Ejercicio fiscal 14 Recursos destinados al Fondo para la estabilización de los Ingresos y retención del Capital Humano en las entidades de ciencia 15 Los gastos planificados y no ejecutados que estén vinculados directamente a la eficiencia empresarial 16 Monto a distribuir en el período en la empresa (fila 11 menos las filas 12,13, 14 y 15)INFORMATIVO17 Importe del aporte realizado por el rendimiento de la Inversión Estatal al Presupuesto del Estado 18 Monto distribuido como anticipo en el período a los trabajadores 19 Cantidad de trabajadores beneficiados con la utilidad anticipada 20 Importe promedio anticipadoOBSERVACIONES: FECHAElaborado por: Nombres y apellidos: Aprobado por: Nombres y apellidos: D M A Firma: Firma:

METODOLOGÍA: Objetivo: Determinar el monto a distribuir de las utilidades, de manera anticipada, a los trabajadores en cada trimestre, siempre y cuando muestre utilidad antes de impuesto para iniciar el proceso de determinación.Fila 1: Importe de la fila 40, columna 3 del EF 5921 y saldo de la fila 44, columna 3 del EF 5922 para las entidades de seguro. Si existe pérdida se interrumpe el cálculo del modelo. Fila 2: Importe resultante de aplicar el por ciento autorizado para crear la Reserva de Contingencia a la fila 1, según la legislación vigente.Fila 3: Importe resultante de aplicar el por ciento autorizado para el Impuesto sobre Uti-lidades a la fila 1 menos la 2, más los gastos no deducibles, según la legislación tributaria. Fila 4: fila 1 menos las filas 2 y 3. Si existe pérdida se interrumpe el cálculo del modelo. Fila 5: importe resultante de aplicar el sesenta por ciento a la fila 4. Fila 6: saldo del rango de cuentas 330 a la 333, consignado en las filas 75 y 76 delEF 5920 columna 3. Fila 7: gastos diferidos se deducen solo los pendientes de amortizar dentro del ejercicio económico. Fila 8: ingresos por sobrantes de bienes Saldo del rango de las cuentas 930 a 939, con-signado en la fila 37, columna 3 del EF 5921 y fila 41, columna 3 del EF 5922. Fila 9: fila 4 menos la sumatoria de las filas 5 a la 8. De ser negativa, se interrumpe elcálculo. Fila 10: importe acordado a anticipar entre la organización superior de Dirección Empresarial y la empresa o esta última con la unidad empresarial de base, a cuenta de la Reserva para distribuir a los trabajadores.Fila 11: hasta el 50 % del resultado de restar las fila 9-10.Fila 12: anticipo otorgado en exceso a los trabajadores a cuenta de las utilidades en el año anterior. Fila 13: anticipo otorgado en el trimestre anterior, según subcuenta creada en la enti-dad para este fin en la cuenta 690 Pago a Cuenta de las Utilidades.Fila 14: recursos destinados al Fondo para la Estabilización de los Ingresos y Retención del Capital Humano en las entidades de ciencia.Fila 15: gastos planificados y no ejecutados que estén vinculados directamente a la eficiencia empresarial. Fila 16: monto a distribuir en el período en la empresa es el resultado de la fila 11 me-nos las filas 12, 13 14 y 15.Fila 17: se informa el Importe del Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal realizado al Presupuesto del Estado por la empresa. Fila 18: monto distribuido como anticipo en el período a los trabajadores.Fila 19: cantidad de trabajadores beneficiados con la utilidad anticipada en el período. Fila 20: se informa el Importe promedio anticipado fila 18 entre la fila 19.OBSERVACIONES: se informa la fecha y número de acuerdo del consejo de dirección donde se aprobó el pago anticipado.