Resolución 20/2026
La Resolución 20/2026 modifica el Anexo Único de la Resolución 166, emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. Esta modifica el reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible. El objetivo es adicionar una entidad autorizada para realizar operaciones de comercio exterior.
- Se modifica el Anexo Único de la Resolución 166.
- Se adiciona ENETEC, S.A. como entidad autorizada.
- La Resolución fue emitida por el Ministro a.i. Carlos Luis Jorge Méndez.
- Se comunica a viceministros, directores generales y jefes de organizaciones.
- Se dispone la publicación en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 20/2026
POR CUANTO: Mediante la Resolución 166, dictada por el que resuelve el 6 de septiembre de 2024, se aprobó el “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de co-mercio exterior y las formas de gestión no estatal”, cuyo Anexo Único fue modificado por la Resolución 160, de 5 de diciembre de 2025.
POR CUANTO: La experiencia práctica obtenida durante la implementación del citado Reglamento, aconseja modificar el referido Anexo Único a efectos de adicionar una entidadautorizada para realizar operaciones de comercio exterior con las formas de gestión no estatal, para lo cual resulta necesario disponer lo que corresponde.
POR CUANTO: El
Artículo 33 del Decreto-Ley 67 “De Organización de la Administración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos, cuando fuere necesario, por el viceministro primero de estos.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 4 del Primer Ministro del Consejo de Ministros, de 9 de enero de 2024, fue designado al que resuelve, viceministro primero del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVOÚNICO: Modificar el Anexo Único de la Resolución 166 “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal”, dictada por esta propia autoridad el 6 de septiembre de 2024, a efectos de adicionar una entidad como se enuncia a continuación: 53. ENETEC, S.A. COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Organismo, a los jefes de las organizaciones superiores de dirección empresarial y la encargada del Registro Nacional de Exportadores e Importadores, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba. DESE CUENTA de la presente Resolución a la secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los jefes de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, a la ministra presidenta del Banco Central de Cuba y al jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los diecinueve días del mes de febrero de dos mil veintiséis, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Carlos Luis Jorge Méndez Ministro a.i.