Resolución 200/2007
La Resolución No. 200/2007 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el Impuesto sobre los Ingresos Personales. Esta norma establece las bases imponibles y los tipos impositivos para el cálculo y pago de este impuesto. El Impuesto sobre los Ingresos Personales es obligatorio para las personas naturales que perciban ingresos.
- El Impuesto sobre los Ingresos Personales está establecido en la Ley No. 73, Título II, Capítulo II, Artículo 17.
- El Ministro de Finanzas y Precios está facultado para establecer bases imponibles y tipos impositivos según la Disposición Final Quinta de la Ley No. 73.
- El Decreto-Ley No. 171 establece el Impuesto por el Arrendamiento de Viviendas, Habitaciones o Espacios.
- La Resolución No. 253 de 2003 establece el procedimiento para el pago del Impuesto sobre Ingresos Personales en moneda libremente convertible o en pesos cubanos.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 200/2007
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POR CUANTO: La Ley No. 73, Del Sistema Tributario, de fecha 4 de agosto de 1994, en su Título II, Capítulo II,
Artículo 17, establece el Impuesto sobre los Ingresos Personales a que están obligadas las personas naturales por los ingresos que perciban; y en su Disposición Final Quinta, incisos b) y e), faculta al Ministro de Finanzas y Precios para, cuando circunstancias económicas y sociales a su
- juicio así lo aconsejen, establecer las bases imponibles y los tipos impositivos en forma progresiva o no, y las formas y procedimientos para el cálculo, pago y liquidación de los impuestos.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 171, de fecha 15 de mayo de 1997, establece en su Capítulo I,
Artículo 8, el Impuesto por el Arrendamiento de Viviendas, Habitaciones o Espacios, a que están obligados los propietarios que se dediquen a esta actividad, como una fuente adicional de ingresos que ayude a financiar los programas de mantenimiento, reparación y construcción de viviendas en beneficio de la población y faculta al Ministro de Finanzas y Precios a establecer las bases imponibles y los tipos impositivos de dicho impuesto.
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POR CUANTO: Las resoluciones No. 21, de fecha 27 de marzo de 1996, y la No. 24, de fecha 24 de noviembre de 1995, ambas dictadas por el Ministro de Finanzas y Precios, establecen las normas para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, en pesos cubanos y moneda extranjera o pesos cubanos convertibles, respectivamente.
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POR CUANTO: La Resolución No. 253, de fecha 5 de agosto de 2003, dictada por la que resuelve, establece el procedimiento para el pago del Impuesto sobre Ingresos Personales de las personas naturales que obtengan ingresos en moneda libremente convertible o en pesos cubanos, por el ejercicio del trabajo por cuenta propia.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 20, de fecha 22 de mayo de 1997, tal como quedó modificada por la