Resolución 200
La Resolución No. 200 del Consejo de Estado regula designaciones y nombramientos de altos cargos en Cuba. El Consejo de Estado, en uso de sus atribuciones constitucionales, emite acuerdos para cubrir diversos cargos.
- Se libera a Martha Lomas Morales del cargo de Ministra para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica.
- Se designa a Rodrigo Malmierca Díaz como Ministro para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica.
- Se designa a Teydi Virgilia Colomar Zaldivar como Fiscal de la Fiscalía General de la República.
- Se designa a Carmelina Ramírez Rodríguez como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en Zambia y Malawi.
- Se dispone la elección de un Diputado para cubrir cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular en Isla de la Juventud y Artemisa.
Texto íntegro
Resolución No. 269/08
CONSEJO DE ESTADO
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el
Artículo 90, inciso g) de la Constitución de la República y a propuesta de su Presidente, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
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PRIMERO: Liberar a la compañera MARTHA LOMAS MORALES del cargo de Ministra para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica.
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SEGUNDO: Comuníquese este Acuerdo a la interesada, al Secretario del Consejo de Ministros y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los doce días del mes de noviembre de 2008.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el
Artículo 90, inciso g) de la Constitución de la República y a propuesta de su Presidente, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
-
PRIMERO: Promover y designar al compañero RODRI- GO MALMIERCA DIAZ, en el cargo de Ministro para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica.
-
SEGUNDO: Comuníquese este Acuerdo al interesado, al Secretario del Consejo de Ministros y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los doce días del mes de noviembre de 2008.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas y a propuesta del Fiscal General de la República, ha adoptado el siguiente
ACUERDO:
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PRIMERO: Designar a la Licenciada TEYDI VIRGILIA COLOMAR ZALDIVAR, como Fiscal de la Fiscalía General de la República.
-
SEGUNDO: Comuníquese este Acuerdo al Fiscal General de la República, a la interesada y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los doce días del mes de noviembre de 2008.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el
Artículo 90, inciso n) de la Constitución, ha adoptado el siguiente
ACUERDO:
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PRIMERO: Designar a CARMELINA RAMIREZ RODRIGUEZ, en el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República.
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SEGUNDO: Disponer que CARMELINA RAMIREZ RODRIGUEZ, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República, se acredite ante el Gobierno de la República de Zambia y también como concurrente ante el Gobierno de Malawi en sustitución de FRANCISCO JAVIER VIAMONTES CORREA, quien concluye su misión.
-
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 12 días del mes de noviembre de 2008.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondencia con lo que establece la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, en relación con el modo de cubrir los cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones
conferidas en el
Artículo 90, inciso q) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
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PRIMERO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular del municipio especial Isla de la Juventud, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento establecido en la Ley Electoral, proceda a elegir un Diputado para cubrir cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
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SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, y al Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular del municipio especial Isla de la Juventud, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los trece días del mes de noviembre de 2008.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondencia con lo que establece la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, en relación con el modo de cubrir los cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 90, inciso q) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
-
PRIMERO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular del municipio de Artemisa, provincia de La Habana, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento establecido en la Ley Electoral, proceda a elegir un Diputado para cubrir cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
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SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, al Presidente de la Asamblea Provincial del Poder Popular de la provincia de La Habana, y al Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Artemisa, provincia de La Habana, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los trece días del mes de noviembre de 2008.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
BANCO CENTRAL DE CUBA