Resolución 202

Autorización de inscripción de oficina de representación de UNIVEX CARIBBEAN INC

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
2023-06-15
Publicada en
Gaceta No. 59 Ordinaria de 2023 (2023-06-28)
Páginas
13–15
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La Resolución 202/2023 autoriza la inscripción de la oficina de representación de UNIVEX CARIBBEAN INC en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. La norma es emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

Texto íntegro

GOC-2023-550-O59 RESOLUCIÓN 202/2023

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacio-nes comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las ofici-nas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la Re-pública de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía guyanesa UNIVEX CARIBBEAN INC y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR CUANTO: El

Artículo 33 del Decreto-Ley 67 “De Organización de la Administra-ción Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos, cuando fuere necesario, por el viceministro primero de estos.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 60 del Presidente del Consejo de Ministros, de 13 de diciembre de 2019, fue designada la que resuelve, Viceministra Primera del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

1222 GACETA OFICIAL 28 d e junio d e 2023

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía guyanesa UNIVEX CARIBBEAN INC en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía guyanesa UNIVEX CARIBBEAN INC en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de todo tipo de alimentos, productos del mar, confituras, bebidas alcohólicas y no alcohólicas; salsas condimentadas; materiales para oficina; productos de PVC; materiales para la industria del calzado, maquinarias y equipos de gastronomía; además se adjunta en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, la nomenclatura de mercancías autorizadas a los efectos de la aprobación por la autoridad competente del régimen aduanal correspondiente.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio internacional; ni c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Re-solución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Ex-tranjera. DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los quince días del mes de junio de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.Ana Teresita González Fraga Ministra a.i.

1223 GACETA OFICIAL28 d e junio d e 2023 ANEXO ÚNICONOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA A LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE LA COMPAÑÍA UNIVEX CARIBBEAN INC. Descripción Capítulo 2 Carne y despojos comestibles Capítulo 4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte Capítulo 7 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios Capítulo 9 Café, té, yerba mate y especias Capítulo 10 Cereales Capítulo 11 Productos molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo Capítulo 15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal Capítulo 16 Preparación de carne, pescado o crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos Capítulo 17 Azúcares y artículos de confitería Capítulo 19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas Capítulo 21 Preparaciones alimenticias diversas Capítulo 22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre Capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos Capítulo 96 Manufacturas diversas________________