Resolución 202
La Resolución No. 202 del Ministerio de la Industria Básica regula la extinción del permiso de reconocimiento otorgado al Instituto de Geología y Paleontología para realizar trabajos mineros en el área denominada Redox II. Esta resolución se emite en virtud de la Ley 76 de Minas y las facultades conferidas al Ministro de la Industria Básica.
- Se extingue el permiso de reconocimiento otorgado al Instituto de Geología y Paleontología mediante Resolución No. 178 de 30 de junio de 2003.
- El terreno que abarcaba el permiso queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- El Instituto debe cumplir con la entrega del Informe Final y obligaciones pendientes.
- El Instituto debe realizar indemnizaciones por daños o perjuicios causados por actividades mineras.
- Se deroga la Resolución No. 178 de 30 de junio de 2003 que otorgó el permiso de reconocimiento.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 202
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POR CUANTO: La Ley 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de
- Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministerio de la Industria Básica disponer la extinción de los permisos de reconocimiento que hubiera otorgado.
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POR CUANTO: Ha vencido el término del permiso de reconocimiento que le fuera otorgado al Instituto de Geología y Paleontología, mediante la Resolución No.178 de 30 de junio del 2003, del que resuelve, para la realización de trabajos de reconocimiento en el área denominada Redox II.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer la extinción del permiso de reconocimiento otorgado mediante Resolución No. 178 de 30 de junio del 2003, del que resuelve, al Instituto de Geología y Paleontología, para la realización de trabajos mineros en el área denominada Redox II.
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SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba el permiso de reconocimiento, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
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TERCERO: El Instituto de Geología y Paleontología, está en la obligación de cumplir con la entrega del Informe Final y las obligaciones contraídas al serle otorgado el permiso de reconocimiento si no las hubiere aún ejecutado, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 178 de 30 de junio del 2003, del que resuelve, que otorgó permiso de reconocimiento al Instituto de Geología y Paleontología sobre el área denominada Redox II.
NOTIFIQUESE al Instituto de Geología y Paleontología y a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de agosto del 2004.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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