Resolución 204/2024
La Resolución 204/2024 del Ministerio de Salud Pública regula la importación de medicamentos e insumos médicos sin carácter comercial hasta el 30 de septiembre de 2024. La norma establece límites de peso y valor para las importaciones según la modalidad de importación.
- La importación de medicamentos e insumos médicos en envases originales está autorizada sin límite de valor para equipaje acompañado y hasta 500 USD o 50 kg para equipaje no acompañado.
- Para envíos aéreos, marítimos o postales, el límite es de 200 USD o 20 kg.
- Se suspende provisionalmente el límite de 10 kg establecido en la Resolución 131/1992 para la importación de medicamentos.
- La lista de insumos médicos autorizados incluye dispositivos médicos, gastables y para farmacia, artículos ópticos y auditivos, ayudas técnicas y artículos de ortopedia técnica, y equipos e instrumental.
- La Resolución entra en vigor a partir del 1 de julio de 2024 y deroga la Resolución 105/2024.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 204/2024
POR CUANTO: La Resolución 94, dictada por el ministro de Finanzas y Precios, de 21 de marzo de 2024 extiende hasta el 30 de junio de 2024, excepcionalmente y con carácter temporal, los beneficios otorgados para la importación sin carácter comercial de alimen-tos, aseo, medicamentos e insumos médicos por las modalidades de equipaje acompañado y el equipaje no acompañado y a los provenientes de envíos aéreos, marítimos y postales por personas naturales, con un límite para estas dos últimas de hasta cincuenta kilogramos y veinte kilogramos, respectivamente.
POR CUANTO: La Resolución 131, de 13 de agosto de 1992, en su apartado Primero,establece el límite de diez kilogramos para las importaciones sin carácter comercial, en envases originales de medicamentos; y la Resolución 105, de 25 de marzo de 2024, ambas del ministro de Salud Pública, en su apartado Primero, dispone la suspensión de eselímite de peso hasta el 30 de junio de 2024, para la importación en envases originales demedicamentos e insumos médicos, estos últimos que se relacionan en el Anexo Único dela citada Resolución para los pasajeros en el equipaje acompañado y por las modalidades de equipaje no acompañado y por envíos aéreos, marítimos o postales por personas na-turales; teniendo en cuenta que persisten las condiciones excepcionales que obligaron a su adopción, se ha decidido extender la suspensión decretada hasta el 30 de septiembrede 2024, de forma provisional, de lo dispuesto en el apartado Primero de la citada Resolución 131.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar excepcionalmente, sin carácter comercial, exento del pago del Impuesto aduanero y de forma temporal hasta el 30 de septiembre de 2024, la importaciónen envases originales de medicamentos e insumos médicos, estos últimos se relacionan en el Anexo Único de la presente Resolución.SEGUNDO: La importación que se autoriza a pasajeros mediante el equipaje acompa-ñado es sin límites en su valor; por la modalidad de equipaje no acompañado es de hastael límite de quinientos dólares estadounidenses (500,00 USD) del valor o peso equiva-lente, hasta cincuenta kilogramos (50 kg), en la relación valor por peso establecida porla Aduana General de la República y mediante envíos aéreos, marítimos o postales porpersonas naturales hasta un límite de doscientos dólares estadounidenses (200,00 USD) o peso equivalente hasta veinte (20) kilogramos en la relación peso/valor establecida por la Aduana General de la República.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Suspender, de forma provisional y hasta tanto se mantenga en vigor lapresente Resolución, lo dispuesto en el apartado Primero de la Resolución 131, de 13 de agosto de 1992, del ministro de Salud Pública.
SEGUNDA: Derogar la Resolución 105, de 25 de marzo de 2024, del que resuelve.TERCERA: La presente Resolución entra en vigor a partir del primero de julio de 2024.DESE CUENTA al ministro de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del organismo.DADA, en el Ministerio de Salud Pública, en La Habana, a los 26 días del mes de ju-nio de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Dr. José Angel Portal Miranda Ministro ANEXO ÚNICONo DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO DISPOSITIVOS MÉDICOS, GASTABLES Y PARA FARMACIA1 Batas desechables 2 Bolsa para colostomía, urostomía e ileostomía 3 Cánula de traqueotomía 4 Cánula tenedor nasal para administración de oxígeno 5 Colector orina 6 Dispositivos para tratamientos tradicionales en medicina ayurvédica 7 Dispositivos y diagnosticadores para autoanálisis con sus biosensores (glucómetros, tiras diagnósticas) 8 Esfigmomanómetros aneroides y digitales 9 Estetoscopios 10 Guantes 11 Hojas y mango de bisturí 12 Insumos para acupuntura (moxas, ventosas, agujas)13 Jeringuillas de todas las medidas 14 Kinesiotape o vendaje neuromuscular 15 Lanceteador 16 Máscaras para administración de oxígeno 17 Mascarillas sanitarias desechables 18 Materiales para la elaboración de prótesis dentales 19 Materiales para ortodoncia (brackets, alambres, bandas)20 Oxímetros de pulso portátiles 21 Pañales desechables 22 Profilácticos lubricados de goma (condones)23 Protectores faciales
No DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO24 Prótesis dentales terminadas y semiterminadas 25 Sonda Foley con balón 26 Sondas duodenal de Levin, sondas de aspiración con válvulas 27 Sondas Nelatón 28 Sondas para alimentación enteral 29 Sondas rectales 30 Trocar periférico, agujas hipodérmicas e inyectores pericraneales, catéter centro venoso de abordaje profundo 31 Vaina de incontinencia de todas las medidasPARA FARMACIA1 Algodón absorbente, gasa y material aséptico 2 Almohadillas sanitarias 3 Almohadillas térmicas 4 Aplicadores de algodón de 1 y 2 puntas 5 Bolsa de agua fría y caliente 6 Cepillos dentales 7 Coderas, rodilleras, muñequeras, tobilleras, collarines 8 Culeros desechables 9 Cuñas y urinarios 10 Dispositivos para administración de insulina 11 Enjuagues y antisépticos bucales 12 Esparadrapo adhesivo 13 Espejuelos sanitarios protectores 14 Extraedera de leche 15 Goteros plásticos o cristal graduados 16 Hilo dental 17 Lubricantes hidrosolubles 18 Medias y vendas elásticas 19 Peras de extracción 20 Pesario de goma y silicona 21 Protector solar 22 Rodillos para masaje 23 Tampones sanitarios 24 Tapones de oído
No DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO25 Termómetros clínicos de galio, infrarrojos y digitales 26 Tiras adhesivas (curitas)ARTÍCULOS ÓPTICOS Y AUDITIVOS1 Aparatos auditivos 2 Armaduras 3 Batería para aparatos auditivos 4 Cordones para espejuelos 5 Espejuelos graduados 6 Estuches para espejuelos 7 Franelas para limpieza de lentes 8 Lentes de contacto 9 Lentes terminados para espejuelos 10 Lupas 11 Parches para ojos 12 Soluciones de lavadoAYUDAS TÉCNICAS Y ARTÍCULOS ORTOPEDIA TÉCNICA1 Ajustador especial para prótesis de mama 2 Andadores infantil y de adulto 3 Bandages 4 Bastones y muletas 5 Bragueros 6 Cabestrillos 7 Calzados ortopédicos 8 Camas fowler 9 Capelina mandibular 10 Casco protector 11 Cinturón pélvico 12 Cojines 13 Cojines circulares 14 Colchón antiescara 15 Colchón de espuma 16 Correa de Pawblich 17 Corsé 18 Fajas
No DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO19 Férulas 20 Forro collarín cervical 21 Grúas de bipedestación 22 Mentonera para tracción cervical 23 Minervas 24 Ortesis 25 Plantillas de goma 26 Prótesis de extremidades desmontables 27 Prótesis de mama de espuma de goma externa, no implantable 28 Regatones 29 Reguladores de oxígeno y flowmetter 30 Sillas de baño 31 Sillas de ruedas de todos los tipos y medidas 32 Sillas sanitarias 33 Soporte para espolón calcáneo 34 Soportes flexibles 35 SuspensoriosEQUIPOS E INSTRUMENTAL1 Aspiradoras portátiles 2 Balanzas personales 3 CPAP Nasal para apnea del sueño 4 Electroestimuladores 5 Equipos concentradores de oxígeno 6 Equipos nebulizadores portátiles 7 Equipos manuales de masajes 8 Equipos portátiles de desinfección ultravioleta 9 Ultrasonidos terapéuticos 10 Instrumental de curaciones y podología
ADUANA GENERAL DE LA REPÚBLICA