Resolución 205/05
La Resolución No. 205/05 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprueba los calificadores de cargos técnicos y ocupaciones de servicios propios del Ministerio de la Construcción. Estos calificadores fueron elaborados con la participación de organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y sindicatos nacionales. La resolución establece las denominaciones, descripción de funciones y tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar los cargos u ocupaciones.
- Aprobar los calificadores de cargos técnicos y ocupaciones de servicios del Ministerio de la Construcción
- Descripciones y requisitos archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
- Los calificadores aprobados tienen vigencia de un año a partir de su fecha
- Faculta al Viceministro para dictar disposiciones complementarias y modificar denominaciones y requisitos
- Se establecen grupos de complejidad para ocupaciones de servicio y cargos técnicos, como Grupo II, III, IV, VIII, XI, XII y XIII
- Se aprueban ocupaciones como Encargado de Viviendas Colectivas y Albergues, Encargado de Edificios Multifamiliares, e Inspector General de la Vivienda
Texto íntegro
RESOLUCION No. 205/05
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.
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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio del 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.
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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, orientando a que el salario se convierta en el principal estímulo material que reciba el trabajador por su aporte a la sociedad.
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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos nacionales nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que debe contribuir al mejoramiento de la eficiencia de la producción y los servicios.
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POR CUANTO: Mediante la Instrucción No. 719 de 13 de mayo de 1981, del antes denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, se aprobó el Calificador de Ocupaciones Técnicas Propias del Ministerio de la Construcción.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar los calificadores de cargos técnicos y ocupaciones de servicios, propios del Ministerio de la Construcción, cuyas denominaciones, descripción de las funciones y tareas principales, grupos de complejidad y requisitos para desempeñar el cargo u ocupación aparecen en el anexo de la presente Resolución.
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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales y requisitos de los cargos y ocupaciones que integran los calificadores, que por la presente se aprueban, son los que obran archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
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TERCERO: Los calificadores que por la presente Resolución se aprueban son de aplicación por un año a partir de su fecha.
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CUARTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos y ocupaciones, a solicitud del Jefe del Organismo y el Sindicato Nacional correspondiente.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de diciembre de 2005.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social
RELACION DE OCUPACIONES DE SERVICIO POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD
GRUPO II
Encargado de Viviendas Colectivas y Albergues
GRUPO III
Encargado de Edificios Multifamiliares
GRUPO IV
Encargado en la Zona de Edificios Múltiples y Ciudadelas
RELACION DE CARGOS TECNICOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD
GRUPOVIII
Técnico Investigador de la Vivienda
Técnico en Derecho sobre la Vivienda
Técnico en Control Inmobiliario y Renta
Inspector General de la Vivienda
Técnico en Investigación Social
Técnico en Administración de la Vivienda, Edificios Multifamiliares y Comunidades
Controlador de Archivo y Expedientes
Técnico en Inversión de la Vivienda y Urbanismo
Técnico en Conservación y Rehabilitación
GRUPO XI
Especialista “B” en Control Inmobiliario y Renta
Especialista “B” en Derecho sobre la Vivienda
Inspector “B” de Enfrentamiento
Investigador “B” de la Vivienda
Especialista “B” en Conservación y Rehabilitación
Especialista “B” en Inversión de la Vivienda y Urbanismo
GRUPO XII
Especialista en Administración de la Vivienda, Edificios Multifamiliares y Comunidades
Especialista “A” en Derecho sobre la Vivienda
Especialista “A” en Control Inmobiliario y Renta
Especialista en Investigación Social
Inspector Estatal de la Vivienda
Inspector “A” de Enfrentamiento
Investigador “A” de la Vivienda
Especialista Superior en Obras Hidrotécnicas
Especialista Superior en Transporte, Lubricantes y Energía
Especialista en Condiciones de Vida para el Sector de la- Construcción
Especialista Superior en Explotación y Balance de la Producción de Prefabricado
Especialista Superior de Prefabricado
Especialista Superior en Areas Verdes y Plantas Ornamentales
Especialista Inspector Estatal de la Construcción
Especialista de Tecnología en la Industria de Materiales
Especialista en Control Minero
Especialista Superior para el Desarrollo Tecnológico
Especialista “A” en Conservación y Rehabilitación
Especialista “A” en Inversión de la Vivienda y Urbanismo
GRUPO XIII
Especialista Superior en Control Inmobiliario y Renta
Especialista Superior en Administración de la Vivienda, Edificios Multifamiliares y Comunidades
Especialista Superior en Derecho sobre la Vivienda
Inspector Superior de Enfrentamiento
Inspector Estatal Superior de la Vivienda
Investigador del Instituto Nacional de la Vivienda
Especialista Superior en Conservación y Rehabilitación
Especialista Superior en Inversión de la Vivienda y Urbanismo
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