Resolución 205
La Resolución 205 de 2020, emitida por el Ministerio de la Construcción, regula la suspensión del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores debido al aislamiento social por la Covid-19. También modifica la vigencia de las licencias de constructores, proyectistas y consultores.
- Suspensión de servicios del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores hasta que cesen las condiciones de aislamiento social.
- Los trámites iniciados suspenden su plazo de tramitación y continúan una vez restablecido el servicio.
- Extensión de la vigencia de licencias hasta el 31 de mayo de 2021, para aquellas cuyo vencimiento estaba entre el 1 de mayo de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.
- Derogación de la Resolución 109 de 21 de abril de 2020.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 205 DE 2020
POR CUANTO: La Resolución 328 de fecha 28 de octubre de 1996 dictada por elministro de la Construcción, crea el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y pone en vigor su Reglamento, el que estableceque las personas jurídicas para actuar como constructores, contratistas, proyectistas yconsultores, deben estar previamente inscriptas; así como que la solicitud de renovaciónde licencia se presenta ante el encargado del Registro dentro de un plazo no menor de 60 días hábiles anteriores al vencimiento del término de la misma.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 109 de 21 de abril de 2020, dictada por quienresuelve, se decidió extender hasta el 31 de diciembre de 2020, la vigencia de todas laslicencias cuya fecha de vencimiento estaba comprendida entre el primero de mayo de 2020 y el 30 de septiembre de 2020, debido al aislamiento social requerido como medidapara contrarrestar la afectación por la Covid-19 en el país, situación que se ha extendidoen el tiempo, lo que aconseja ampliar la vigencia de todas las licencias con fecha de ven-cimiento hasta el 31 de diciembre de 2020.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Suspender los servicios que brinda el Registro Nacional de Constructores,Proyectistas y Consultores de la República de Cuba hasta tanto cesen las condiciones deaislamiento social impuestas para contrarrestar las afectaciones por la Covid-19.
SEGUNDO: Los trámites iniciados, suspenden su plazo de tramitación, el que conti-núa una vez restablecido el servicio.
TERCERO: Extender hasta el 31 de mayo de 2021, la vigencia de todas las licenciascuya fecha de vencimiento estaba comprendida entre el primero de mayo de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.
CUARTO: Derogar la Resolución 109 de 21 de abril de 2020, dictada por quien resuelve.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este ministerio.
Dada en La Habana, a los 14 días del mes de septiembre de 2020. “Año 62 de la Revolución”.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro
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TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL