Resolución 205

Autorización de inscripción de oficina de representación de MICROSTEP SPAIN, S.L.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
2021-08-16
Publicada en
Gaceta No. 98 Ordinaria de 2021 (2021-08-31)
Páginas
14–15
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La Resolución No. 205 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de MICROSTEP SPAIN, S.L. en Cuba. Esta resolución se emite según el Decreto 32 de 2021, que regula el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba.

Texto íntegro

GOC-2021-823-O98 RESOLUCIÓN 205/2021

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representa-ciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regula-ciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía espa-ñola MICROSTEP SPAIN, S.L. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía española MICROSTEP SPAIN, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comer-ciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía española MICROSTEP SPAIN, S.L. en Cuba, a partir de su inscripción, será la producción y comer-cialización de máquinas de corte de metales (láser, agua a presión, oxicorte y plasma);

2921 GACETA OFICIAL31 de agosto de 2021 maquinaria para soldadura, consumo e insumos en general, iluminación led para uso in-dustrial.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio internacional; ni c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado im-plicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, con-secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los dieciseis días del mes de agosto de dos mil veintiuno, “Año 63 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro ________________