Resolución 207
La Resolución 207/2021 del Ministerio del Transporte regula el arrendamiento y la prestación de servicios de transportación de medios de transporte estatales. Esta norma permite a entidades estatales poseedoras de medios de transporte subutilizados arrendarlos a personas jurídicas o naturales para realizar transportaciones de pasajeros y cargas.
- Entidades estatales pueden arrendar medios de transporte subutilizados a personas jurídicas o naturales para transportar pasajeros y cargas (Artículo 1).
- El arrendamiento puede ser con opción de compra, excepto para personas naturales (Artículo 2).
- Las entidades estatales pueden prestar servicios de transportación de pasajeros y cargas a cualquier persona jurídica o natural (Artículo 3).
- Las entidades que presten servicios de transportación y arrendamiento deben cumplir con los requisitos del Anexo Único de la Resolución.
- Los contratos de arrendamiento deben incluir obligaciones financieras, de empleo y estado técnico del medio (Anexo Único, III.3).
Texto íntegro
GOC-2021-730-EX68 RESOLUCIÓN 207/2021
POR CUANTO: La Resolución 1, de 2 de septiembre de 2016, que aprueba el Regla-mento Orgánico del Ministerio del Transporte, dictada por el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, en su
Artículo 9, numeral 17, dispone que una de las funciones comunes a este organismo es aprobar y, en su caso, elaborar y controlar en lo que compete, las normas técnicas de las actividades a su cargo.
POR CUANTO: En la Estrategia Económico-Social para el impulso de la economía y el enfrentamiento a la crisis mundial provocada por la Covid-19 aprobada por el Gobierno, se ha previsto un conjunto de medidas que eliminen trabas y promuevan el desarrollo de las fuerzas productivas de los distintos actores económicos.
POR CUANTO: Existe un parque de medios de transporte perteneciente a entidades estatales, que pueden ser utilizados de manera más eficiente en beneficio de terceros ac-tores económicos, ya sea mediante la prestación de servicios de transportación o a través de su arrendamiento, por lo que resulta pertinente regular las posibilidades que poseen las entidades estatales para lograr el uso más eficiente de estos en correspondencia con lo aprobado en la Estrategia Económico-Social.
POR TANTO: En ejercicio de la atribución que me ha sido conferida en el inciso d) del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Las entidades estatales poseedoras de medios de transporte que se en-cuentren subutilizados, pueden formalizar su arrendamiento a personas jurídicas para que realicen transportaciones de pasajeros y cargas con sus fuerzas y recursos, y a personas naturales que presenten un proyecto de interés social o local del territorio, en ambos casos mediante acuerdo entre las partes y según la legislación vigente, ya sea en función de su propia actividad productiva o en interés de terceros.
SEGUNDO: En los casos que exista anuencia entre la entidad estatal propietaria del medio de transporte y la persona jurídica estatal o no estatal que solicite el servicio, el arrendamiento puede ser con opción de compra en cuyo caso, la compraventa del medio de transporte se materializa con el pago de la última cuota correspondiente al arrenda-miento pactado, previa conformidad del organismo de la Administración Central del Es-tado que atiende a la entidad estatal poseedora del medio y cumpliendo con los niveles de aprobación dispuestos en la legislación vigente; esta opción no está disponible para las personas naturales, ni a nombre de estas.
TERCERO: Autorizar que las entidades estatales poseedoras de medios de transporte realicen la prestación de servicios de transportación de pasajeros y cargas a cualquier persona jurídica o natural que le solicite el servicio, mediante acuerdo entre las partes y según la legislación vigente.
CUARTO: Las entidades estatales que presten servicios de transportación y de arren-damiento a terceros, según se establece en esta Resolución, están obligados al cumpli-
665 GACETA OFICIAL30 de julio de 2021 miento de los requisitos que se relacionan en el Anexo Único de la presente, que forma parte integrante de la misma.
DISPOSICIONES ESPECIALESPRIMERA: Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior ade-cuan lo dispuesto en esta Resolución a las características de sus respectivos organismos.
SEGUNDA: En el caso de las personas naturales, la entidad arrendadora, adopta las medidas pertinentes con el fin de que se le arriende un solo medio de transporte a la per-sona natural.
DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución surte efectos a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. COMUNÍQUESE la presente Resolución a los Viceministros y a los Directores del organismo.
PUBLÍQUESE la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en el protocolo a cargo de la Dirección Jurídica del Ministe-rio del Transporte.
DADA en La Habana, a los 28 días del mes de julio de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Eduardo Rodríguez Dávila MinistroANEXO ÚNICOREQUISITOS A CUMPLIR POR LAS ENTIDADES QUE PRESTAN SERVICIOS DE TRANSPORTACIÓN DE PASAJEROS Y CARGAS O ARRENDAMIENTO DE MEDIOS DE TRANSPORTEI. Generales 1) Cumplir lo establecido en el Decreto-Ley 304 “De la Contratación Económica” y el Decreto 310 “De los Tipos de Contratos” así como en el Reglamento del Decre-to Ley 168 sobre la Licencia de Operación de Transporte dictada por el Ministro del Transporte. 2) Tener los medios de transporte registrados a nombre de la entidad estatal en la contabilidad y en el Registro Nacional de Vehículos del Ministerio del Interior. 3) Evaluar la factibilidad de asegurar los medios de transporte ante la ocurrencia de diferentes riesgos. 4) Conformar los precios de ventas de los servicios a partir de la ficha de costo, teniendo en cuenta los precios de servicios similares, los que se aprueban por resolución del jefe de la entidad que presta el servicio en correspondencia con lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas y Precios; estos deben ser de conocimiento de los clientes, antes de realizar los servicios. 5) Prestar estos servicios sin afectar el cumplimiento del encargo estatal o la activi-dad principal de la entidad a partir de la utilización de capacidades subutilizadas y otros recursos disponibles. 6) Cumplir ambas partes con las condiciones pactadas en los contratos con la entidad aseguradora en los casos en que se posea pólizas de seguro.
666 GACETA OFICIAL 30 de julio de 2021 II. Servicios de transportación de pasajeros y cargas 1) Verificar la legalidad del objeto de transportación, así como su seguridad durante el trayecto. 2) Asegurar el cumplimiento de los regímenes de trabajo-descanso establecidos en la legislación vigente para los choferes. III. Arrendamiento de medios de transporte con o sin opción de compra 1) La entrega del medio requiere además del contrato, un documento anexo que des-criba, entre otros, el estado técnico, sus datos registrales y el completamiento con accesorios. 2) Los medios se arriendan a personas naturales y jurídicas con el propósito de reali-zar una actividad productiva. 3) El arrendamiento de los medios de transporte especializados de la construcción y de la agricultura se regulan por el organismo rector. 4) El período del arrendamiento se acuerda entre las partes y se realiza por un plazo máximo de cinco años prorrogable de la forma dispuesta en el contrato. 5) Si el vehículo presenta desperfectos técnicos y el interesado está en disposición de asumir la reparación, el arrendador le otorga al arrendatario un período inicial exento de pago, para este propósito de conformidad a los términos y condiciones acordado entre las partes. 6) Los trabajos de mantenimiento técnico del vehículo se determinan por acuerdo entre las partes y siempre garantizando el cumplimiento de la periodicidad de los mismos. 7) El arrendatario puede declarar hasta dos choferes por vehículos. 8) El arrendamiento de los medios se realiza mediante contrato, contiene además de lo dispuesto en la legislación vigente, lo siguiente: a) Las obligaciones de los participantes en el proceso de arrendamiento, tanto desde el punto de vista financiero, el empleo y estado técnico del medio. b) Acordar entre ambas partes cómo realizar el control del consumo de combusti-ble y la utilización de tarjetas magnéticas para su habilitación, con la finalidad de que no se utilice combustible mal habido o se emplee inadecuadamente el combustible asignado. c) La calidad, uso y explotación técnica, a partir del estado inicial en que se en-trega el medio.Obligaciones del arrendador:a) Tener actualizada la Licencia de Operación de Transporte, en lo adelante LOT. b) Entregar al arrendatario el comprobante de LOT del medio de transporte. c) Verificar con la autoridad que emite la LOT sobre antecedentes de licencia por parte del arrendatario. d) Someter el vehículo a revisión técnica automotor según planificación. e) Tramitar ante el Registro de Vehículos el cambio de matrículas y la actualización de los datos regístrales, cuando se realicen cambios de pinturas, motores y chasis. f) Supervisar mensualmente la actualización del expediente técnico y el estado téc-nico del vehículo, dejando evidencia documental de su realización, como parte del proceso de liquidación mensual del arrendamiento.
667 GACETA OFICIAL30 de julio de 2021 g) Informar a la autoridad encargada de otorgar la LOT, en un término de 72 horas, el arrendamiento que ejecute, así como entregar el certificado emitido por la máxima autoridad de la entidad, según Modelo 1 y presentar el contrato suscrito con el arrendatario. h) Incorporar en los vehículos arrendados en la parte inferior de los rótulos de identi-ficación, similar a como está establecido en los vehículos estatales, la inscripción “Vehículo Arrendado” en un rótulo adicional de similares dimensiones.Obligaciones del arrendatario:a) Gestionar la obtención de la LOT como trabajador por cuenta propia, en corres-pondencia con el medio de transporte y el servicio que pretende prestar, previa presentación ante la autoridad facultada para otorgar la licencia del contrato de arrendamiento. b) Obtener la autorización del arrendador antes de realizar cambios y conversiones a los vehículos, según lo dispuesto por el Ministerio del Transporte. c) Portar durante la prestación de los servicios el contrato de arrendamiento, el com-probante de la LOT del medio de transporte y el certificado de la Revisión Técnica, entre otros documentos establecidos en la legislación vigente. d) Mantener actualizado el expediente técnico-legal del vehículo. e) Garantizar la seguridad automotor, así como cumplir las normas técnicas y opera-cionales establecidas para la prestación de los servicios. f) Garantizar la seguridad del vehículo en el lugar de parqueo o en caso de averías. g) Informar al arrendador con 45 días hábiles de antelación el vencimiento del com-probante de la Licencia de Operación de Transporte o del Certificado de Revisión Técnica Automotor. h) Prestar la debida cooperación a los especialistas del arrendador, que efectuarán la revisión periódica del estado técnico y la actualización del expediente técnico-legal. i) Indemnizar al arrendador y a los asegurados, en caso que el vehículo sufra un ac-cidente del cual resulte culpable y cause baja técnica el medio. j) Vincularse a una entidad arrendadora y hacer uso de un solo medio de transporte.Otras responsabilidadesa) La actuación ante accidentes: El arrendatario informa de inmediato al arrendador y éste actúa en correspondencia con lo acordado en el contrato. b) Ante la ocurrencia de presuntos hechos delictivos o ilegalidades, cesa el vínculo contractual y se recoge el medio de transporte. c) Cumplir con los procedimientos específicos relacionados con el empleo de los medios de transporte, que tengan instalado el Sistema de Gestión y Control de Flotas.CERTIFICACIÓN DE MEDIOS DE ENTIDADES ESTATALES ARRENDADOS PARA SER UTILIZADOS EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTACIÓN DE CARGAS Y PASAJEROS DATOS DEL ARRENDADORNombre de la entidad: ____________________________________________________ Domicilio legal: ________________________________________________________ Número de expediente de Licencia de Operación de Transporte (LOT) aprobado: ______ Servicio aprobado en la LOT: ______________________________________________
668 GACETA OFICIAL 30 de julio de 2021 Fecha de aprobado: ______________________ Código REEUP: ___________________DATOS DEL MEDIO ARRENDADOLugar de basificación: ____________________________________________________ Folio comprobante de LOT: ________ Fecha expedido: _______ Vigente hasta: _____ Servicio aprobado en el comprobante de LOT: ________________________________ Número de inventario AFT ____ Tipo: Auto ___ Jeep ___ Microbús ____ Camión ____ Camioneta ___ Cuña Tractora ___ Ómnibus ___ Remolque ____ Semiremolque ____ Triciclo ____ Datos registrales del vehículo: Licencia de Circulación No. ________ Matrícula _____ Marca _______________ Modelo _______________ Año ________ Color __________ Combustible: Diesel _____ Gasolina Motor _____ Gasolina Regular _____ Gasolina Especial _____ Capacidad de carga _____ Ton. Capacidad de pasajeros: Sentados _____ De Pie _______ Certificación de Revisión Técnica Automotor No. ___________ Válida hasta: _________DATOS DEL ARRENDATARIOEntidad: _________________________________ Forma de gestión no estatal: CPA _____ CCS ____ CCSF ____ UBPC ____ CNA ___TCP ___Persona natural _____ Otra (especificar) ______________________________________ Razón social: ___________________________________________________________ Domicilio legal: ________________________________________________________ Nombres y apellidos (TCP, Persona natural): _________________________________ Número de Identidad Permanente: ___/___/___/___/___/___/___/___/___/___/___/ Domicilio: _____________________________________________________________REFERENCIAS DEL CONTRATONúmero de contrato: _________ Fecha de la firma: ________ Vigente hasta: ________DATOS DE LA PERSONA FACULTADA QUE APRUEBA LA PRESENTE CERTIFICACIÓNNombres y Apellidos: ____________________________________________________ Cargo: _______________________________________ Fecha: ____________________ Firma: __________________________________ Cuño:________________