Resolución 208
El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma se emite en virtud de lo establecido en la Ley Electoral y la Constitución de la República.
- Se dispone que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Artemisa elija un Diputado para cubrir un cargo vacante.
- La elección se realizará según el procedimiento establecido en la Ley Electoral.
- La Asamblea Municipal de Artemisa se constituirá en colegio electoral para llevar a cabo la elección.
- El acuerdo se comunicará al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y a los presidentes de las asambleas Provincial y Municipal de Artemisa.
Texto íntegro
GOC-2019-13-O1 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondencia con lo que establece el artículo 153 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso q) de la Constitu-ción de la República, ha adoptado el siguiente: ACUERDO
PRIMERO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Artemisa, pro-vincia de Artemisa, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento establecido en la Ley Electoral, proceda a elegir un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los presidentes de las asambleas Provincial de Artemisa y Municipal de Artemisa, respectivamente, a cuantas personas naturales y jurí-dicas resulte procedente, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
3 GACETA OFICIAL11 de enero de 2019
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los cinco días del mes de noviembre de 2018.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________