Resolución 209

Sobre la ratificación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Árabe Siria sobre Cooperación para Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2011-05-30
Publicada en
Gaceta No. 18 Ordinaria de 2011 (2011-06-13)
Páginas
2–3
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Texto íntegro

Resolución No. 81/11

ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIAEDICIÓN ORDINARIA LA HABANA, LUNES 13 DE JUNIO DE 2011 AÑO CIXSitio Web: http://www.gacetaoficial.cu/ — Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 878-3849, 878-4435 y 873-7962 Número 18 Página 475 Gaceta Oficial No. 018 Ordinaria de xx de xxxxxxxx de 2011 CONSEJO DE ESTADO______ RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93 inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”:SABED: Que el veintiocho de junio de 2010, fue firmado en La Habana, el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Árabe Siria sobre Cooperación para Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas y sus Delitos Conexos y/o Correlacionados, Sustancias Psicotrópicas y de Efectos Similares. QUE el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha veinticuatro de febrero de 2011 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Árabe Siria sobre Cooperación para Combatir el Tráfico Ilícito de Drogas y sus Delitos Conexos y/o Correlacionados, Sustancias Psicotrópicas y de Efectos Similares. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día treinta y uno de marzo de 2011 acordó la ratificación de Cuba al citado Acuerdo. QUE el día veintiséis de octubre de 2010 la República Árabe Siria le comunicó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor de dicho Acuerdo y, a su vez, el dieciocho de abril de 2011, la República de Cuba le comunicó a la República Árabe Siria el cumplimiento de sus requisitos legales internos para su entrada en vigor el veintiséis de abril de 2011, conforme al Artículo VII del mismo.

POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presentePROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los treinta días del mes de mayo de 2011.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado MINISTERIOS ______COMERCIO INTERIOR Nota: El Ministerio del Comercio Interior informa que fue necesario cambiar códigos, precios y denominación de los productos Bovedilla polimat, Ventana Galvanizada sencilla 0,70 x 0,60, electrodo de 4 mm, esmalte sintético y pintura emulsionada en las resoluciones 68/2011 y 94/2011 de ese Organismo. ________________RESOLUCIÓN No. 68/11(COPIA CORREGIDA)

POR CUANTO: El Consejo de Estado mediante Acuerdo de fecha 24 de mayo de 2011, promovió y designó a quien resuelve, al cargo de Ministra del Ministerio del Comercio Interior.

POR CUANTO: El Acuerdo número 2841 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, tal y como quedó modificado por el