Resolución 21
La Resolución 21/2023 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera modifica el Reglamento que rige las relaciones comerciales en operaciones en moneda libremente convertible. Esta norma es emitida por el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se modifica el Anexo Único de la Resolución 315 de 2020.
- Se adiciona una entidad autorizada a realizar operaciones de comercio exterior con formas de gestión no estatal.
- La entidad adicionada es la Empresa Importadora de la Agroindustria Azucarera (AZUIMPORT.COM).
- El objetivo es realizar operaciones de comercio exterior con formas de gestión no estatal.
- Se instruye a comunicar la resolución a viceministros, directores generales y directores del Ministerio.
Texto íntegro
GOC-2023-767-O86 RESOLUCIÓN 21/2023
POR CUANTO: Mediante la Resolución 315, del Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, de 13 de agosto de 2020, se aprobó el “Reglamento que rige las rela-ciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las entidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior y las formas de gestión no estatal”, el que ha sido modificado por sucesivas resoluciones.
POR CUANTO: La experiencia práctica obtenida durante la implementación del citado Reglamento aconseja modificar su Anexo Único al objeto de adicionar una (1) entidad autorizada a realizar operaciones de comercio exterior con las formas de gestión no estatal, para lo cual resulta necesario disponer lo que corresponde.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Modificar el Anexo Único de la Resolución 315 “Reglamento que rige las relaciones comerciales en las operaciones en moneda libremente convertible entre las en-tidades autorizadas a realizar actividades de comercio exterior a las formas de gestión no estatal”, dictada por esta propia autoridad el 13 de agosto de 2020, a efectos de adicionar una (1) entidad que tendrá como propósito realizar operaciones de comercio exterior con las formas de gestión no estatal, la cual se relaciona a continuación: 67. Empresa Importadora de la Agroindustria Azucarera, en su forma abreviadaAZUIMPORT.COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los jefes de las organizaciones supe-riores de dirección empresarial y al presidente de la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
2086 GACETA OFICIAL 12 de septiembre de 2023 DESE CUENTA de la presente Resolución a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los jefes de los órganos y organismos de la Administración Cen-tral del Estado, a la Ministra Presidente del Banco Central de Cuba y al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los treinta días del mes de enero de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro________________