Resolución 210

Contrato de Servicios de Telecomunicaciones

Organismo
ETECSA
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 45 Ordinaria de 2003 (2003-10-16)
Páginas
14–17
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Texto íntegro

Resolución No. 16, de fecha 13 de noviembre de 1997, del Presidente Ejecutivo.

DE LA OTRA PARTE: _____________________, con domicilio legal en _____________________________, con Cuenta Bancaria en Moneda nacional __________________ en ________________________ y cuenta Bancaria en MLC ___________________, en _______________ representada por ______________________________ en su carácter de ________________________, en lo sucesivo el CLIENTE.

AMBAS PARTES: Reconocida su personalidad y representación con que comparecen convienen en celebrar el presente Contrato, apercibido previamente el CLIENTE de las cláusulas relacionadas a continuación:

OBJETO DEL CONTRATO

ETECSA se obliga a prestar los servicios de Telecomunicaciones contratados por el CLIENTE y que se detallan en el Cuerpo del Contrato y/o sus Anexos, conforme a las tarifas vigentes y condiciones que expresamente declara elCLIENTE conocer y aceptar en el presente contrato.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

1. CORRESPONDERA A ETECSA:

- 1. Prestar al CLIENTE los servicios de telecomunicaciones pactados en el objeto del Contrato, además de los implícitos dentro del mismo, tales como: servicio telefónico local y de larga distancia nacional e internacional, información, matutino y otros que se realicen o reciban a través de su equipo, realizando por esto el cobro correspondiente a dichos servicios e instalación, tal y como se detalla en el Anexo relativo a Cobros y Pagos.

- 2. Efectuar la reinstalación del servicio solamente en los casos que sea baja por deuda si el CLIENTE abonara el total de la misma, antes de que transcurriesen 4 meses, contados a partir de la fecha del último pago efectuado; transcurrido ese tiempo perderá todo derecho.

- 3. Solucionar las interrupciones del servicio en el plazo más breve posible desde que ETECSA tenga conocimiento de ellas. Si la reparación se efectuara en un plazo mayor de 72 horas, ETECSA no cobrará al CLIENTE la parte de la cuota correspondiente al tiempo de duración de las interrupciones.

- 4. Cuando por motivos justificados sea imprescindible suspender el servicio, deberá informarlo al CLIENTE y en cuanto al cobro procederá igual que en el punto anterior.

- 5. Atender con prontitud y efectividad las solicitudes y quejas presentadas por el CLIENTE.

- 6. Identificar al CLIENTE que lo desee en el Directorio Telefónico, acorde a los datos registrados en el presente Contrato, estando obligada ETECSA a distribuir anualmente a cada CLIENTE un ejemplar del Directorio correspondiente al territorio de su residencia, sin costo adicional, así como enmendar las omisiones o errores en la siguiente edición.

- 7. Suministrar al abonado, a solicitud de éste y mediante un cargo predeterminado un aparato telefónico básico, efectuar su instalación y cuidar de su mantenimiento o realizar la instalación con un equipo suministrado por elCLIENTE, en cuyo caso dicho equipo deberá estar homologado y el CLIENTE informará por escrito el tipo del mismo.

- 8. Ejecutar los traslados del servicio que solicite formalmente el CLIENTE, siempre que existan las facilidades técnicas, o el lugar hacia donde se deba realizar dicho traslado se encuentre al alcance de la red de ETECSA.

- 9. Brindar al CLIENTE la protección de su servicio mediante los medios antifraudes conque la Empresa cuenta, en especial, el candado electrónico.

2. CORRESPONDERA AL CLIENTE:

- 1. Abonar en su totalidad el pago de la instalación y de los servicios de Telecomunicaciones objeto del presente Contrato, que reciba hasta la fecha de vencimiento reflejada en el recibo de cobro y responsabilizarse con el importe de consumo realizado a través del servicio contratado desde el momento de su instalación hasta efectuada la desconexión por baja del servicio; asimismo asumirá el pago de la tasa máxima aprobada por el Banco Central de Cuba, en caso de mora y los cargos de reconexión.

- 2. Hacer uso correcto del servicio instalado, no utilizarlo con fines de lucro, ni revender el servicio sin autorización de ETECSA, así como no causar molestias a terceros, de lo contrario ETECSA podrá rescindir el presente Contrato.

- 3. Solicitar a ETECSA la conexión de aparatos, accesorios, modificación o cambios de lugar de los equipos instalados y no conectar a la línea telefónica ningún terminal de telecomunicaciones (extensiones de aparato principal, facsímil, módem, computadoras y otros) sin el debido conocimiento y autorización de ETECSA. De detectarse una conexión no autorizada, ETECSA, podrá a su criterio rescindir el presente Contrato o legalizar la conexión exigiendo el pago equivalente a la instalación no autorizada más 12 mensualidades de la cuota correspondiente.

- 4. Responder por el cuidado y protección de los equipos propiedad de ETECSA, que le han sido instalados para la mejor prestación del servicio.

- 5. Consentir el libre acceso a los empleados de ETECSAque acrediten estar facultados para que realicen inspecciones, reparaciones o movimientos de los servicios.

- 6. Notificar a ETECSA cualquier cambio respecto a la información relacionada con este Contrato dentro de los 30 días posteriores a la realización del cambio y aportar a la misma toda la documentación que acredite su personalidad y generales consignadas en este Contrato.

- 7. Reportar a ETECSA las interrupciones o daños sufridos que afecten al servicio.

DERECHO Y ATRIBUCIONES DE LAS PARTES

3. CORRESPONDERA A ETECSA:

- 1. Desconectar provisionalmente la totalidad del servicio objeto del presente Contrato, al CLIENTE que no abone íntegramente el pago por el mismo, así como aplicar una tasa por mora, ascendente al valor máximo aprobado por el Banco Central de Cuba y aplicar cargos por reconexión. Solo restablecerá el servicio cuando elCLIENTE abone el importe total de su deuda.

- 2. Suspender el servicio de forma temporal cuando sea indispensable por razones justificadas, realizando el ajuste correspondiente.

- 3. Rescindir el presente Contrato al CLIENTE que evadiera las obligaciones de pago durante un término de 60 días posteriores a la fecha de vencimiento consignada desde el primer recibo de cobro no pagado.

- 4. Atenerse a sus prácticas comerciales para decidir sobre cualquier cuestión no dispuesta expresamente en el presente Contrato, y no recogido en la legislación atinente.

- 5. Realizar modificaciones al presente Contrato o cambiar las tarifas actuales que éste ampara, o las que en el futuro se pongan en vigor, de acuerdo a las regulaciones legales vigentes, siempre que se le envíe notificación previa alCLIENTE con 30 días naturales de anticipación.

- 6. Introducir cambio en los sistemas, instalaciones, numeración y lo que exija la organización del servicio en los casos en que sea imprescindible por razones técnicas o de utilidad pública, previa información al CLIENTE, con 30 días de antelación como mínimo.

- 7. No responsabilizarse con daños incidentales o emergentes o por la pérdida de ingresos, ya fuesen previsibles o no, provocados por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales o por la afectación en los servicios, con independencia a la naturaleza de la causa.

4. CORRESPONDERA AL CLIENTE:

- 1. Hacer pagos adelantados mediante créditos a su favor, sobre el cual se irán descontando los cargos mensuales.

- 2. Solicitar la reinstalación del servicio en los casos que sea baja por deuda, si abonara el total de la misma, antes de que transcurriesen 4 meses, contados a partir de la fecha del último pago efectuado; transcurrido ese tiempo perderá todo derecho.

- 3. Aportar, por propia voluntad, para la instalación del servicio, un equipo debidamente homologado, debiendo en tal caso, dejar constancia escrita del tipo del mismo.

- 4. Realizar cualquier aclaración o reclamación con respecto al importe que por cualquier concepto le aparecieran en su cuenta antes de los 30 días naturales siguientes a la fecha del vencimiento del recibo de cobro que los ampare.

- 5. Recibir anualmente y sin costo adicional un ejemplar del Directorio Telefónico correspondiente al territorio de su residencia y ser excluido de su identificación en el mismo mediante solicitud expresa.

- 6. Solicitar la desconexión provisional de su servicio, debiendo abonar en este caso la cuota básica mensual por el tiempo que dure la misma.

- 7. Recibir una adecuada calidad del servicio y una eficiente atención a sus quejas.

- 8. Solicitar la instalación de extensiones, traslados, cambios de lugar y de número, los que serán atendidos por

- ETECSA y ejecutados en correspondencia con las posibilidades técnicas.

- 9. Mantener el derecho a que se le efectúe el traslado para su nuevo domicilio hasta tanto haya las facilidades técnicas que lo permitan ejecutar.

FUERZA MAYOR

Las Partes quedarán liberadas ante el cumplimiento inadecuado o incumplimiento de las obligaciones aquí contraídas cuando ellas respondan a caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por tal los hechos imprevisibles o si previsibles inevitables que sean ajenos a la voluntad de ambas Partes. Quien invoque la Fuerza Mayor lo demostrará mediante documento expedido por un tercero autorizado.

RECLAMACIONES O LITIGIOS

AMBAS PARTES tienen derecho a reclamarse entre sí, de buena fe, las discrepancias que se originen en la interpretación o ejecución de este Contrato, lo que efectuarán por escrito, exponiendo las pruebas que avalen la reclamación. De no llegar a acuerdo, someterán su litigio a los Tribunales Populares correspondientes, siendo el fallo de éstos de obligatorio cumplimiento para las Partes.

De no definirse un término distinto en el cuerpo del contrato, la reclamación deberá realizarse en un término no mayor de sesenta días de ocurrido el incumplimiento, debiendo la parte reclamada responder antes de los quince días

posteriores de recibir la reclamación, de no hacerlo dentro de ese período, se considerará rechazada la Reclamación.

Las reclamaciones al Cliente se dirigirán, al representante y domicilio que constan en este Contrato, mientras que las dirigidas a ETECSA se enviarán a la Unidad Organizativa del representante de ETECSA que suscribe el presente Contrato.

INTEGRIDAD DEL CONTRATO

El presente Contrato, está conformado por el cuerpo del mismo, sus Anexos, así como las solicitudes adicionales de servicio presentadas por un representante autorizado del Cliente y los Memorándum de Contacto suscrito a tales efectos, teniendo todo esos documentos, igual valor legal.

Ninguna renuncia de cualquier derecho en virtud del presente Contrato se considerará efectiva a menos que se presente por escrito y haya sido firmada por la Parte que lo renuncia; y ninguna renuncia de cualquier derecho producto del incumplimiento o violación de las operaciones se considerará una renuncia a cualquier derecho futuro o a cualquier otro derecho en virtud del presente Contrato.

VIGENCIA Y RESCISION

Este Contrato tendrá vigencia mientras no exista por parte del CLIENTE la voluntad expresa de rescindirlo o por incumplimiento de sus obligaciones con ETECSA.

Y para que así conste se suscribe el presente Contrato en dos ejemplares, a un mismo tenor y efectos legales, en la Ciudad de _____________________a los ________ días del mes de ________ de _______.

Por ETECSA Por EL CLIENTE

ANEXO I PARA FACTURACION Y COBROS

| Servicio | Clasificación | Cuota | Misceláneas | Tráfico Local | TráficoLDN | TráficoLDI | | - | - | - | - | - | - | - | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Por ETECSA | Por EL CLIENTE | | - | - |

LEYENDA

Servicio: No. de servicio contratado o cantidad de servicios contratados

Clasificación: TB Teléfono básico

TP Tronco de Pizarra

LE Línea Especial

RDSI Red Digital de Servicios Integrados

OT Otros (especificar cuál)

El resto de las columnas se llenará con el tipo de moneda en que se cobrará el concepto facturado: MN o MLC

ANEXO II PARA FACTURACION Y COBROS EN MONEDA NACIONAL

El Cliente pagará las Facturas en Moneda Nacional de los servicios de telecomunicaciones objeto del presente Contrato, mediante Ordenes de Cobro, expresando su voluntad en este Contrato de que se proceda por la institución bancaria correspondiente a debitar regularmente de sus respectivas cuentas, las facturas emitidas por ETECSA con relación a dichos servicios.

Supletoriamente el CLIENTE podrá liquidar el adeudo, mediante cualquier otro de los instrumentos de pago a favor de ETECSA, antes la fecha de vencimiento de la factura.

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ANEXO III PARA FACTURACION Y COBROS

EN MLC

El Cliente pagará las Facturas en MLC de los servicios de telecomunicaciones objeto del presente Contrato, mediante Ordenes de Cobro, expresando su voluntad en este Contrato de que se proceda por la institución bancaria correspondiente a debitar regularmente de sus respectivas cuentas, las facturas emitidas por ETECSA con relación a dichos servicios.

Supletoriamente el CLIENTE podrá liquidar el adeudo, mediante cualquier otro de los instrumentos de pago a favor de ETECSA, antes la fecha de vencimiento de la factura.

| Por ETECSA | Por EL CLIENTE | | - | - |

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