Resolución 210

Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 93 Ordinaria de 2021 (2021-08-18)
Páginas
78–84
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La Resolución 210/2021 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente establece el Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local. Esta norma regula el procedimiento para otorgar un reconocimiento a innovaciones que contribuyan al desarrollo local en Cuba. La emite el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Texto íntegro

GOC-2021-769-O93 RESOLUCIÓN 210/2021

POR CUANTO: El Decreto-Ley 7 del “Del Sistema de Ciencia, Tecnología e Inno-vación”, de 16 de abril de 2020, dispone en el

Artículo 5, incisos d) y h), que el sistematiene entre sus objetivos estimular y propiciar el aprendizaje y la innovación en las esferasde la vida económica y social del país en todas las instancias, con el fin de contribuir aldesarrollo sostenible y establecer un sistema de reconocimiento y premiación para los resultados de la actividad de ciencia, tecnología e innovación y su impacto en el desarrollo económico y social del país.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 209 de 17 de agosto de 2021, del titular deeste Ministerio, se establece el procedimiento para el otorgamiento de los premios de la Academia de Ciencias de Cuba, a la Innovación Tecnológica, y Especial del Ministerio; ycrea la Comisión Central del Premio a la Innovación Tecnológica y define su actuación.

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, de conjunto con el Centro de Desarrollo Local y Comunitario, perteneciente a este organismo, laadopción de mecanismos a escala nacional, con el fin de promover y estimular la innovaciónpara el desarrollo local en el contexto cubano actual, así como el desempeño de los órganos locales del Poder Popular en la gestión de la ciencia, la tecnología y la innovación para impulsar el desarrollo económico y social integral del municipio y del país; por lo que es pertinente establecer el Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local, cuyofundamento y procedimiento se encuentran definidos en la presente disposición.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el inciso d) del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

2679 GACETA OFICIAL18 de agosto de 2021 RESUELVOPRIMERO: Establecer el Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local.

SEGUNDO: Crear la Comisión Nacional de Evaluación Técnica presidida por el Director del Centro para el Desarrollo Local y Comunitario, e integrada por especialistas del propio centro, especialistas municipales y provinciales de este Ministerio y evaluadores de otras instituciones.

TERCERO: Aprobar el procedimiento para el otorgamiento del Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local, siguiente:

CAPÍTULO IALCANCE, CATEGORÍAS Y REQUISITOS

Artículo 1. Para la obtención del Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local, se presentan los resultados aplicados de innovación para el desarrollo local, con impactos en el municipio o en el territorio nacional.

Artículo 2. Todas las personas naturales y jurídicas, instituciones de educación superior, entidades de Ciencia, Tecnología e Innovación, unidades productivas y de servicio, estatales y no estatales, así como organizaciones de la sociedad civil a nivel municipal pueden optar por este reconocimiento.

Artículo 3. El Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local, tiene las categorías y Mención Especial, siguientes: 1. Innovación comunitaria. 2. Innovación para el desarrollo.3. Mención Especial para el gobierno eficiente en el desarrollo del municipio innovador.

Artículo 4. Para obtener el Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local, en alguna de las categorías descritas en el artículo anterior, se tienen que cumplir los requisitos siguientes: a) Tener desarrollada la innovación;b) contar con el tiempo suficiente de aplicación para demostrar su efectividad, cincoaños o más; c) demostrar las ventajas técnico-económicas, sociales, institucionales, ambientales ode costo-beneficio que se logran con su implementación y el debido cumplimiento de la legislación ambiental vigente; d) presentar los avales, dictámenes u otros documentos, según corresponda, siguientes: 1. Aval de la administración municipal.2. Dictamen del órgano científico o técnico de la entidad que lo generó.3. Dictamen de los directores o subdelegados de ciencia, tecnología e innovación de la provincia. 4. Dictamen del Consejo Técnico Asesor municipal y provincial. 5. Aval del órgano, organismo de la Administración Central del Estado, entidad nacional, organización superior de dirección empresarial u órgano local del Poder Popular a la que pertenece la entidad que propone el trabajo, que acredite los fun-damentos científico y tecnológicos, así como los impactos económicos, socialesy medioambientales.6. Dictamen del Comité Científico, Consejo Técnico Asesor del órgano, entidadnacional u organismo de la Administración Central del Estado a la que pertenece la institución que lo presenta.7. Acreditación de las instituciones de educación superior, entidades de ciencia,tecnología e innovación, unidades productivas y de servicios y organizaciones de la sociedad civil, en la cual se ha aplicado, donde quede expresado el impac-

2680 GACETA OFICIAL 18 de agosto de 2021 to económico, social, institucional, científico-tecnológico y ambiental, de formaconcreta, con cifras y datos.8. Avales especializados de normalización, metrología, calidad, propiedad industrial, medio ambiente u otros, según proceda.9. Avales y documentos que certifiquen o demuestren la novedad del producto,proceso o servicio, el impacto económico en cifras, el grado de comercialización o introducción alcanzado, las proyecciones existentes en cuanto a la ampliación del mercado o extensión de su introducción práctica, los impactos sociales yambientales, los registros oficiales nacionales y las patentes, que procedan.10. Fundamentación de las diferencias entre la versión de un trabajo premiado en años anteriores y la actual, si procede, así como los impactos generados. 11. Hacer referencia a los reconocimientos, premios u otros recibidos con anterioridad, y señalar el tipo de reconocimiento o premio, nivel y año en que se obtuvo. 12. Presentar las propuestas según el contenido de los modelos I y II que aparecen en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 5. En correspondencia con el tipo de innovación que se presente, se tienen que cumplir, además, con los requisitos de evaluación siguientes: a) Coherencia con las condiciones sociales y económicas territoriales previas, referido no solo al producto nuevo sino también a aquel producto mejorado que ofrezca solución a los problemas locales; b) replicabilidad potencial o real de transferencias tecnológicas externas o internas; y potencial para la generalización a otros municipios que tengan condiciones favorables para su desarrollo y aplicación; c) nivel de implementación o introducción del resultado; d) años de introducción; e) utilización de mecanismos de monitoreo y evaluación;f) eficiencia en el uso de los recursos asignados; g) uso de mecanismos alternativos de financiamiento; h) aprovechamiento eficiente de los recursos del municipio;i) sostenibilidad ambiental y en el tiempo de los resultados; j) complementariedad de los actores municipales con niveles superiores de dirección del país; k) interdisciplinariedad de la propuesta; l) posibilidades de introducción a las cadenas de valor y comercialización; m) desarrollo de una política de comunicación popular de la iniciativa; n) nivel de participación de la población; ñ) empoderamiento de la comunidad local; o) uso de estrategias de corresponsabilidad de la población; p) construcción de nuevos liderazgos comunitarios en el municipio; q) participación de investigadores y tecnólogos involucrados; r) constitución de equipos de investigadores y tecnólogos interdisciplinarios; y s) uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Artículo 6. En la entrega de la Mención Especial para el gobierno eficiente en eldesarrollo del municipio innovador, se tienen en cuenta los aspectos siguientes: a) Capacidad del municipio para elaborar su estrategia de desarrollo con el fin de identificar potencialidades, problemas, necesidades y prioridades, así como las víaspara su implementación a través de la gestión de programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación;

2681 GACETA OFICIAL18 de agosto de 2021 b) funcionamiento efectivo del Consejo Técnico Asesor; c) grado de integración medido por la participación y acción directa con los componentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación en torno al Consejo de Administración Municipal; d) contribución o impactos de la innovación dirigidos a: 1. La dinamización de la economía local sostenible en base a potenciales endógenos como incremento de producciones locales alimentarias, de materiales deconstrucción y otros, incremento del uso de materiales reciclables, diversificaciónproductiva, encadenamientos, agregación de valor, elevación de la producción mercantil, reducción de precios de bienes y servicios, mejoramiento de las ofertas de servicios, incremento de la recaudación municipal, complementación entre sector público y privado, sustitución de importaciones, incremento de rubros exportables. 2. La mejora de los indicadores de calidad de vida y equidad social. 3. El aprovechamiento y ampliación de espacios de participación y fortalecimiento de la identidad cultural. 4. La eficiencia energética e incremento del uso de energía desde fuentes renovables. 5. La protección y uso sostenible de recursos naturales y aplicación de prácticas de producción y consumo sostenibles.6. La implementación y generalización de los resultados relevantes de los trabajos presentados en las jornadas de los movimientos de la Asociación Nacional de Innovadores y Racionalizadores, el Fórum de Ciencia y Técnica y las Brigadas Técnicas Juveniles.7. El funcionamiento de los polos científicos productivos y los frentes temáticos. 8. El establecimiento eficiente de la relación entre generadores de conocimientos, resultados, tecnologías y sus beneficiarios. 9. La implementación del marco regulatorio y financiero que favorezca el desa-rrollo científico, tecnológico para mejorar sus capacidades productivas, condiciones de trabajo y de vida de su población. 10. La ejecución eficiente de la contribución territorial para proyectos de desarrollo local en correspondencia con las prioridades identificadas.

CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y ENTREGA DEL RECONOCIMIENTO

Artículo 7. La conformación de los expedientes de las propuestas y su proceso de evaluación se realiza de la manera siguiente: a) Cada municipio puede presentar las experiencias relevantes que tienen efectivamente implementadas por un mínimo de cinco años calendario, para las categorías de Innovación Comunitaria, e Innovación para el Desarrollo; b) los expedientes de las propuestas deben responder a los requisitos e indicadores establecidos en la presente Resolución y son enviados por los jefes de las unidades de Ciencia y Tecnología al Centro de Desarrollo Local y Comunitario, antes del 30 de abril de cada año; c) los indicadores deben estar completos como condición indispensable; y anexarle, otros materiales documentales tales como fotografías, videos u otros, que se consideren necesarios para facilitar la labor del jurado;

2682 GACETA OFICIAL 18 de agosto de 2021 d) cada propuesta debe estar avalada por el Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular y en el caso de la categoría Innovación para el Desarrollo, por el máximo responsable de la entidad estatal principal involucrada en la propuesta; e) cada especialista municipal del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, conforma y presenta las propuestas al Reconocimiento Especial: Municipio Innovador, avalado por el Gobernador provincial; yf) la información requerida se presenta en formato carta, 8 ½ x 11, tipología Arial 12,a un espacio, con páginas numeradas, de forma impresa y en versión digital.

Artículo 8. Para la evaluación técnica de las propuestas del Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local, la Comisión Nacional de Evaluación Técnica realiza el análisis en correspondencia con sus temáticas, en subcomisiones o grupos de trabajo.

Artículo 9. El trabajo de las subcomisiones o grupos se realiza de mayo a junio, donde verifican y validan en cada una de las propuestas: avales, datos, veracidad y contenido de la innovación, grado de generalización e impactos económicos, científico-tecnológicos,institucionales, sociales y medioambientales reales obtenidos.

Artículo 10. La Comisión Nacional de Evaluación Técnica, realiza su primera sesiónen la primera decena de julio y se reúne para decidir las propuestas de los trabajos finalistas a la Comisión Central del Premio de Innovación Tecnológica, en lo adelante Comisión Central, en la segunda decena de julio, donde se discuten y aprueban los dictámenesfinales.

Artículo 11. La Comisión Central del Premio a la Innovación, analiza las propuestas recibidas de la Comisión Nacional de Evaluación Técnica, y somete los resultados a la consideración del primer nivel de dirección de este organismo; una vez aprobado es puesto en vigor mediante Resolución de quien resuelve.

Artículo 12. En acto solemne se otorga a los ganadores del Reconocimiento a la Innovación para el Desarrollo Local, el documento acreditativo municipal, provincial y del Centro de Desarrollo Local y Comunitario, entregado por el primer nivel de dirección de este Ministerio, el Centro de Desarrollo Local y Comunitario y los gobiernos provinciales y las administraciones municipales correspondientes.

DISPOSICIÓN FINALÚNICA: La presente Resolución entra en vigor a los noventa días posteriores a su pu-blicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.COMUNÍQUESE al viceministro primero, los viceministros, directores generales, directores y jefes de departamento del órgano central, delegados territoriales, presidentes de agencias, del grupo empresarial, de la Academia de Ciencias de Cuba, directores ge-nerales de oficinas nacionales, y del Archivo Nacional de la República de Cuba, y porintermedio de cada uno de ellos, a los centros e institutos que los integran, así como a los directores de institutos, centros, empresas y demás entidades y dependencias pertenecientes a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 17 días del mes de agosto del año 2021.Elba Rosa Pérez Montoya Ministra

2683 GACETA OFICIAL18 de agosto de 2021 ANEXO ÚNICO MODELO INo. Nombre de la propuesta Autor(es) Persona(s) oinstitución(es) Definición de la innovación Tiempo deintroducción Impacto Avales presentados Subcomisión que evalúa Nombre del evaluador Instrucción para el llenado del modelo: Definición: Definir en qué consiste la innovación.Tiempo: Tiempo de aplicada la innovación.Impacto: Nivel de aporte económico, científico-tecnológico, medioambiental y socialdel proyecto.Avales: Cantidad de avales presentados, cuáles son y su valoración.Propuesta: Proponer que continúe o no el proyecto.Subcomisión: Subcomisión a la que pertenece.Evaluador: Nombre del evaluado. Cada propuesta de innovación para su análisis debe estar acompañada de este Modelo I,al que debe incorporarse además un resumen breve de las causas o motivos de por qué se continúa o no con la propuesta. MODELO II En este modelo se incluyen los indicadores para las propuestas a reconocimiento si-guientes: finalidad, novedad, nivel de aplicación, contribución científica-tecnológica, social y medioambiental e impacto económico alcanzado, el que debe estar acompañado además de una breve evaluación cualitativa y cuantitativa para cada uno de estos indicadores.No. Nombre de la propuesta Autor(es) Finalidad de lainnovación Novedad de lainnovación Nivel deaplicación de la innovación Contribución científicotecnológica, social y medioambiental Impactoeconómico Subcomisión queevalúa Nombre del evaluador Instrucciones para el llenado del modelo: Finalidad: En qué se emplea concretamente la innovación.Novedad: Qué es lo nuevo que aporta la innovación.Nivel de aplicación: En qué medida ha sido aplicada la innovación.Contribución científico-tecnológica, social y medioambiental: Su contribución concreta.Impacto económico: Nivel de aportes económicos en producción y en valores.

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