Resolución 340/2016
La Resolución No. 340/2016 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la sucursal de FOREGO INTERNATIONAL LIMITED en Cuba. La resolución establece el procedimiento y condiciones para la renovación de la licencia.
- Se autoriza la renovación de la licencia de la sucursal de FOREGO INTERNATIONAL LIMITED en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será realizar actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas (capítulos 38, 40, 61, 62, 63, 64, 82, 84, 85, 87 y 90).
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista en general, ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de la resolución.
- La resolución se comunica a diversas entidades nacionales, incluyendo viceministros, directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, y otros organismos estatales.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 340/2016
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece elprocedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelaciónde licencias presentadas ante dicho registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelveel expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de licencia de la sucursalpresentada por la compañía de Islas Vírgenes Británicas FOREGO INTERNATIONALLIMITED y del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia en el registro Nacional de Sucursalesy Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, de la sucursal de la compañía de Islas Vírgenes Británicas FOREGOINTERNATIONAL LIMITED.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía FOREGO INTERNATIONALLIMITED en Cuba, a partir de la renovación de su licencia, será la realización de lasactividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, sedescriben en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autorizala realización de las actividades siguientes:
- a)Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b)Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior.
- c)Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exteriory la Inversión Extranjera, a la Encargada del registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX, ala Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC S.A., al Director
de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidente de la compañía ETECSA,al Encargado del registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidadesnacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
ANEXONo. 1
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR
ACTIVIDADES COMERCIALES A FOREGO INTERNATIONAL LIMITED
| Descripción | | - | | Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas | | Capítulo 61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto | | Capítulo 62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto | | Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos | | Capítulo 64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metalcomún; partes de estos artículos, de metal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;partes de estas máquinas o aparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabacióno reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido entelevisión, y las partes y accesorios de estos aparatos | | Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres;sus partes y accesorios | | Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida,control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios deestos instrumentos o aparatos |
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