Resolución 213
La Resolución No. 213 del Ministerio de la Industria Básica regula la prórroga de una concesión minera para la explotación de arcilla en el área denominada Arcilla Zona III-B. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en ejercicio de sus facultades.
- Otorga prórroga a la Empresa de Materiales de Construcción No. 5 Sancti Spíritus para explotación de arcilla.
- La prórroga vence el 10 de junio de 2006.
- Se mantienen términos y condiciones de la Resolución No. 130 de 1999, con excepciones.
- El concesionario debe entregar proyecto de explotación en 3 meses.
- La resolución entra en vigor al ser publicada en la Gaceta Oficial y surte efectos retroactivos desde el 10 de junio de 2004.
Texto íntegro
Resolución No. 130 de 26 de abril de 1999 de este Ministerio, para la realización de trabajos en el área denominada Arcilla Zona III-B.
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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar a la que resuelve que otorgue la prórroga solicitada.
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POR CUANTO: La que resuelve fue designada Ministra de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de octubre de 2004.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Materiales de Construcción No. 5 Sancti Spíritus una prórroga a la concesión minera que le fuera otorgada mediante la Resolución No. 130 de 26 de abril de 1999, de este Ministerio, para la explotación del mineral de arcilla.
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SEGUNDO: La prórroga a la concesión minera de explotación que se otorga vencerá el 10 de junio del 2006.
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TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. 130 de 26 de abril de 1999, de este Ministerio, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción del establecido en el Apartado Segundo de la presente Resolución.
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CUARTO: El concesionario está obligado a entregar el proyecto de explotación de este yacimiento en el improrrogable término de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución.
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QUINTO: La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República y surtirá efectos legales retroactivos a partir del 10 de junio de 2004.
NOTIFIQUESE a la Directora de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director de la Empresa de Materiales de Construcción No. 5 Sancti Spíritus.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas sea necesario.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 4 días del mes de abril del 2005.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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