Resolución 212/2002
La Resolución No. 212/2002 del Ministerio de la Industria Básica crea la Empresa de Seguridad y Protección de la Industria del Níquel (ESPROINI). Esta empresa se integra al Grupo Empresarial del Níquel y tiene personalidad jurídica propia y patrimonio independiente.
- ESPROINI se crea para prestar servicios de vigilancia y protección a entidades del Ministerio de la Industria Básica y otras entidades estatales.
- La empresa brinda servicios de elaboración de proyectos, instalación, reparación y mantenimiento de medios técnicos de seguridad y protección.
- Ofrece servicios de custodia y traslado de valores en moneda nacional, con aprobación previa del Ministerio del Interior.
- Efectúa estudios, asesoramiento y formulación de recomendaciones en materia de seguridad y protección.
- Presta servicios de protección al traslado de explosivos industriales, sustancias químicas precursoras y tóxicas.
- Ofrece servicios de laboratorio clínico-canino y comercialización mayorista de esta técnica.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 212/2002
POR CUANTO: El Decreto Ley No. 67, de 19 de abril de 1983, de Organización de la Administración Central del Estado establece en su artículo 53, incisos q) y r) la facultad de los jefes de los Organismos para dictar reglamentos, resoluciones, instrucciones y otras disposiciones de carácter obligatorio para el organismo que dirige, sus empresas y en el marco de su competencia para los demás organismos, sus dependencias, el sector cooperativo, el privado y la población.
POR CUANTO: De conformidad con lo establecido en la Resolución No. 146, de fecha 2 de abril de 1997, dictada por el Ministro de Economía y Planificación, corresponde a los Jefes de Organismos de la Administración Central del Estado, dictar las Resoluciones que en su caso correspondan, para ejecutar la autorización de creación de entidades.
POR CUANTO: Por Resolución No. 301 dictada por el Ministro de Economía y Planificación, con fecha 22 de abril del 2002, en su Resuelvo Primero se autoriza la creación de la Empresa de Seguridad y Protección de la Industria del Níquel, en forma abreviada ESPROINI, integrada al Grupo Empresarial del Níquel, subordinada a este Ministerio de la Industria Básica.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 14 de mayo de 1983, fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Crear la Empresa de Seguridad y Protección de la Industria del Níquel, en forma abreviada ESPROINI, a todos los efectos legales integrada al Grupo Empresarial del Níquel, subordinada a este Ministerio de la Industria Básica, la cual ostentará personalidad jurídica propia y patrimonio independiente.
SEGUNDO: La Empresa de Seguridad y Protección de la Industria del Níquel, se crea con el objetivo de: — Prestar servicios de vigilancia y protección con Agentes de Seguridad a entidades pertenecientes al Ministerio de la Industria Básica y previa aprobación del Ministerio del Interior a otras entidades de los Organismos de la Administración Central del Estado que soliciten el servicio, en ambas monedas. — Brindar servicios de elaboración de proyectos, así como de instalación, reparación y mantenimiento de medios técnicos de seguridad y protección, en ambas monedas. — Ofrecer servicios de custodia y traslado de valores en moneda nacional, teniendo para ello la obligación de enmarcar previamente los itinerarios a utilizar, debiendo realizar coordinaciones con la Sección de Protección de la Jefatura Provincial del Ministerio del Interior, presentándolo posteriormente para su aprobación, incluyendo todo el personal que presta este servicio, a la Dirección de Protección del Ministerio del Interior. — Efectuar estudios, asesoramiento y formulación de recomendaciones en materia de seguridad y protección, dirigidas a disminuir los niveles de riesgo y de ocurrencia de hechos delictivos, en ambas monedas. — Prestar servicios de protección al traslado de explosivos industriales, sustancias químicas precursoras y tóxicas. — Ofrecer servicios de laboratorio clínico–canino, así como efectuar la comercialización mayorista de esta técnica, en ambas monedas. Las actividades autorizadas a cobrar en moneda libremente convertible que se efectúen entre entidades estatales, se ajustan a las regulaciones vigentes al respecto.
17 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 710
TERCERO: La Empresa que se crea tiene su domicilio legal en Carretera Sagua de Tánamo a Moa, Kilómetro 1 ½ , Municipio Moa, Provincia Holguín.
CUARTO: La dirección, organización y funcionamiento de la Empresa de Seguridad y Protección de la Industria del Níquel, se ajustará a lo dispuesto en la legislación vigente reguladora de la materia y su estructura y plantilla serán aprobadas conforme a lo establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
QUINTO: Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior jerarquía se opongan a la presente Resolución, la que surtirá efectos legales a partir del 1 ro de abril del 2002.
SEXTO: Comuníquese la presente a los Viceministros, al Director General del Grupo Empresarial del Níquel, a la Oficina Nacional de Estadísticas, al Ministerio de Economía y Planificación, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al Banco Central de Cuba, y a cuantas personas naturales o jurídicas proceda. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República
DADA en la Ciudad de La Habana, a los 17 días del mes de mayo del 2002.Marcos Portal León Ministro de la Industria Básica_____________