Resolución 228/2023
La Resolución 228/2023 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía argentina FRISHER, S.R.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta resolución se emite en virtud del Decreto 32/2021 que regula el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de FRISHER, S.R.L. (Artículo PRIMERO)
- El giro comercial es la fabricación y comercialización de equipos para la elaboración y conservación de alimentos (Artículo SEGUNDO)
- Se prohíbe importar y exportar directamente con carácter comercial (Artículo TERCERO, a)
- Se prohíbe realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios (Artículo TERCERO, b)
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción (Artículo QUINTO)
- Se deroga la Resolución 149 de 24 de abril de 2020 (Artículo SEXTO)
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 228/2023
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacio-nes comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulacionesgenerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de lasoficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representaciónen la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba .
POR CUANTO: Mediante la Resolución 149 de esta propia autoridad, de 24 de abrilde 2020, se autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía argentinaFRISHER, S.R.L., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mer-cantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba en el Re-gistro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscritoa la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, envirtud de la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía argen-tina FRISHER, S.R.L. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitudformulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía argen-tina FRISHER, S.R.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía argentinaFRISHER, S.R.L. en Cuba, a partir de su inscripción, es la fabricación y comercialización deequipos para la elaboración y conservación de alimentos en general; así como las materiasprimas e insumos para su fabricación.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional;
c) emitir facturas comerciales; ni
d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Reso-lución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 149 de esta propia autoridad, de 24 de abril de 2020.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveintiséis días del mes de junio de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.
Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro
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