Resolución 219
Esta resolución regula el pago de la Tasa por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial para personas naturales. La Ministra de Finanzas y Precios, Georgina Barreiro Fajardo, emite esta norma para aclarar y ratificar el principio vigente para el pago de dicha tasa.
- Las personas naturales pagan la Tasa según la moneda en que realizan sus operaciones.
- Lo establecido se alinea con la Resolución No. 241, de fecha 21 de mayo de 2002.
- Se ratifica el principio vigente para evitar interpretaciones erróneas.
- La Jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria debe ser notificada.
- La resolución debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
Resolución No. 47, de fecha 15 de febrero de 2007, que regula la moneda en que realizan el pago de esta Tasa las personas jurídicas.
-
POR CUANTO: Para una mejor aplicación de lo establecido en las resoluciones anteriormente mencionadas, y evitar interpretaciones que vayan más allá de la intención del legislador, resulta necesario ratificar el principio vigente para el pago de dicha Tasa por parte de las personas naturales.
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, adoptado el 20 de junio de 2003, quien Resuelve fue designada Ministra de Finanzas y Precios.
-
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Ratificar que las personas naturales, sujetas al pago de la Tasa por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial, continúan pagando según la moneda en que realizan sus operaciones, en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 241, de fecha 21 de mayo de 2002.
NOTIFIQUESE a la Jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 3 días del mes de agosto de 2007.
Georgina Barreiro Fajardo
Ministra de Finanzas y Precios
________________
INDUSTRIA BASICA