Resolución 219
La Resolución 219/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios autoriza excepcionalmente a la empresa mixta MCV Comercial S.A. a mantener el registro contable de los inventarios y las cuentas por cobrar con la economía interna a una tasa de cambio específica. Esta resolución se emite en virtud del Decreto-Ley 17/2020 y el Acuerdo 8301/2018 del Consejo de Ministros.
- Se autoriza excepcionalmente a MCV Comercial S.A. a mantener registros contables a una tasa de cambio de 1 USD = 24 CUP.
- La Resolución modifica parcialmente la Resolución 337/2020 y su modificación 51/2021.
- El Decreto-Ley 17/2020 establece el peso cubano como moneda funcional a efectos contables.
- El Ministerio de Finanzas y Precios dirige la política de contabilidad y costos según el Acuerdo 8301/2018.
- La empresa debe mantener registros de inventarios y cuentas por cobrar con la economía nacional.
Texto íntegro
GOC-2021-585-EX49 RESOLUCIÓN 219/2021
POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordenamiento Monetario”, de 24 de noviembre de 2020, establece que las transacciones que actualmente se denominan y ejecutan en el territorio nacional en pesos convertibles o en moneda extranjera se denominan y ejecutan en pesos cubanos, excepto los casos que expresamente se autoricen, lo que hace que el peso cubano se considere como moneda funcional a los efectos contables.
POR CUANTO: El Acuerdo 8301 del Consejo de Ministros, de 26 de enero de 2018, aprueba las funciones específicas del Ministerio de Finanzas y Precios, entre las que se encuentra la regulada en el Apartado Primero, numeral 8, de establecer la política de contabilidad y de costos para todos los sectores de la economía y el sistema de contabilidad gubernamental; dirigir y controlar su ejecución.
POR CUANTO: La Resolución 337, de 25 de noviembre de 2020, modificada por la Resolución 51, de 30 de marzo de 2021, ambas dictadas por quien suscribe, establece en la Norma Específica de Contabilidad NEC 8 “Proceso de unificación monetaria y cambiaria,” modificación 1, el tratamiento contable en los sujetos que operan en el país al amparo de la Ley de la Inversión Extranjera, e incluye los aspectos relativos a la conversión de los registros.
POR CUANTO: Resulta necesario autorizar, excepcionalmente, que la empresa mixta MCV Comercial S.A., mantenga el registro contable de los inventarios y las cuentas por cobrar con la economía nacional, a la tasa de cambio de un dólar estadounidense por veinticuatro pesos cubanos.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Autorizar excepcionalmente a la empresa mixta MCV Comercial S.A., a mantener el registro contable de los inventarios y las cuentas por cobrar con la economía interna, a la tasa de cambio de un dólar estadounidense por veinticuatro pesos cubanos.
586 GACETA OFICIAL 18 de junio de 2021
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la Republica de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 14 días del mes de junio de 2021.Meisi Bolaños Weiss Ministra________________