Resolución 28

Traspaso de derechos mineros de explotación de esquisto arcilloso

Organismo
Ministerio de la Industria Básica
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 11 Ordinaria de 2008 (2008-03-03)
Páginas
14
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La Resolución No. 28 del Ministerio de la Industria Básica regula el traspaso de derechos mineros de explotación de esquisto arcilloso. Esta norma es emitida por el Ministerio de la Industria Básica en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto-Ley No. 147 y la Ley No. 76.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 28

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de fecha 21 de abril de 1994, en su

Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.

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POR CUANTO: La Ley No. 76, “Ley de Minas”, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su

Artículo 49 que los traspasos de los derechos mineros los autoriza el otorgante.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el

Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 19, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica, se autorizó una concesión de explotación del mineral de esquisto arcilloso en el área denominada Esquistos Paso Viejo, a favor de la Empresa de Materiales de la Construcción No. 7, actualmente Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río, a tenor de la Resolución No. 123, de 18 de febrero de 2002, del Ministro de la Construcción.

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POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río, teniendo en cuenta la decisión tomada por el Grupo Empresarial Industrial de la Construcción GEICON ha solicitado el traspaso de la referida concesión minera a favor de la Empresa de Servicios Minero Geológicos EXPLOMAT.

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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar a la que resuelve que otorgue el traspaso de los derechos mineros solicitados, teniendo en cuenta los argumentos presentados por el solicitante y la necesidad de continuar con la explotación de dicho mineral.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Disponer el traspaso de los derechos mineros de explotación del mineral de esquisto arcilloso en el área denominada Esquistos Paso Viejo, que le fueran otorgados a la Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río mediante la Resolución No. 19, de 16 de enero de 1998, del Ministro de la Industria Básica, a favor de la Empresa de Servicios Minero Geológicos EXPLOMAT, quien en lo adelante se denominará el concesionario.

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SEGUNDO: Los términos y condiciones dispuestos en la