Resolución 22

Declaración Administrativa de Abandono del motovelero Kawama

Organismo
Ministerio del Interior
Fecha emisión
2018-06-14
Publicada en
Gaceta No. 52 Extraordinaria de 2018 (2018-09-20)
Páginas
6–7
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Texto íntegro

GOC-2018-597-EX52 RESOLUCIóN No . 22/2018

POR CUANTO: La Ley No. 115, Ley de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, de fecha 6 de julio de 2013, dispone que la Autoridad Marítima Nacional la ostenta el Estado cubano al amparo de sus derechos soberanos, con el fin de garantizar los intereses nacionales en el ámbito marítimo, y que el ejercicio de esta potestad se ejecuta a través de los ministros del Transporte y del Interior, conforme a las funciones que le vienen asignadas en esta Ley y enuncia las causales que justifican la declaración de Abandono de los buques, embarcaciones y artefactos navales extranjeros.

POR CUANTO: El Decreto No. 317, Reglamento de la Ley de Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, de fecha 2 de octubre de 2013, en su artículo 40.1 regula que el Ministerio del Interior dispone la procedencia de la Declaración Administrativa de Abandono en el caso de embarcaciones no comerciales, y en su inciso 2 precisa que de proceder dicha Declaración, dicta la Resolución Administrativa y emite las comunicaciones necesarias a los efectos de la notificación a los interesados.

POR CUANTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley No. 115 y 38 desu Reglamento, la Capitanía de Puerto de Cárdenas habilitó el Expediente de Abandono No. 3/2017 del motovelero Kawama, de nacionalidad estadounidense, que se encuentra atracado en la Marina Internacional Marlin Varadero desde el 24 de junio de 2011, a casco desnudo fuera de operaciones náuticas, y se ha demostrado el desinterés de su propietario por continuar explotándolo, al no presentarse por sí o mediante apoderado o representante legal, al ser notificado por las autoridades cubanas para eliminar a su costa la causal de abandono en la que se encuentra, concurriendo así la causal descrita en el inciso d) del artículo 20 de la Ley No. 115.

POR CUANTO: Transcurrido el término de 20 días naturales, establecido en el artículo 21.2 de la Ley No. 115, para que el propietario por sí o mediante apoderado o representante legal, se persone y elimine a su costa la causal de abandono, la Capitanía de Puerto de Cárdenas ha dado curso al proceso en perjuicio del propietario del medio naval, a los fines de la Declaración Administrativa de Abandono, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.1 del Decreto No. 317.

POR CUANTO: Se ha valorado el Expediente de Abandono No. 3/2017 habilitado por la Capitanía de Puerto de Cárdenas y se ha demostrado que el estado técnico del motovelero Kawama no permite su explotación náutica.Por t Anto: En el ejercicio de las facultades conferidas en el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :PRIMERO: Proceder a la Declaración Administrativa de Abandono del motovelero Kawama, de nacionalidad estadounidense, con Registro 734420, Puerto de Registro Florida, eslora 12,83 metros, calado 1,89 metros, con motor Yanmar de 62 HP, del cual no consta número de serie, propiedad del ciudadano estadounidense Sidney Rothrock y su ingreso al patrimonio del Estado cubano.

SEGUNDO: Asignar el motovelero Kawama a la Empresa de Náuticas y Marinas Marlin S.A. para su desguace, incluido su motor, como destino final.

1087 GACETA OFICIAL20 de septiembre de 2018

TERCERO: La presente Resolución comenzará a surtir efecto a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. COMUNÍQUESE al viceministro del Interior, al jefe de la Jefatura de Tropas Guardafronteras, al director general de la Empresa de Náuticas y Marinas Marlin S.A. y demás personas naturales y jurídicas que corresponda. DESE CUENTA a la Embajada de Estados Unidos de América, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del Ministerio del Interior.

DADA en el Ministerio del Interior, La Habana, a los 14 días del mes de junio de 2018. Ministro del Interior Vicealmirante Julio César Gandarilla Bermejo________________