Resolución 225/2021
La Resolución 225/2021 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente regula el otorgamiento del Reconocimiento 'Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, SAO' a entidades que no utilizan clorofluorocarbonos en sus actividades o productos.
- Otorga el Reconocimiento 'Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, SAO' a 17 entidades
- El reconocimiento se basa en la verificación y certificación de no uso de clorofluorocarbonos
- El Anexo Único de la Resolución lista las entidades beneficiadas
- Se enmarca en el cumplimiento de los compromisos del Protocolo de Montreal
- La Resolución modifica y amplia la Resolución 114/2003 y su modificación 171/2006
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 225/2021 (COPIA CORREGIDA)
POR CUANTO: La Resolución 114 de 29 de septiembre de 2003, modificada por la Resolución 171, de 1 de diciembre de 2006, ambas del Titular de este Ministerio, establece en su apartado Primero, un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional otorgados por este organismo, constituido además por la categoría “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, SAO”, regulado en el inciso c).
POR CUANTO: Las entidades mencionadas en el Anexo Único de la presente Re-solución, han solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se les otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Sustancias Ago-tadoras de la Capa de Ozono, SAO”, documentación que ha sido verificada y certificada por las Delegaciones Territoriales del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Am-biente o por las Direcciones Provinciales de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente per-tenecientes a los Consejos de la Administración Provinciales, según el caso, y que permitió demostrar que en las actividades que desarrollan y en los productos o servicios que ofertan, no han utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal y con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me ha sido conferida por el inciso d) del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOÚNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, SAO” a las entidades relacionadas en el Anexo Único de la presente Resolución, el cual es parte inseparable de la misma.
4316 GACETA OFICIAL 13 de diciembre de 2021 NOTIFÍQUESE la presente al Director General del Centro de Gestión de la Informa-ción y Desarrollo de la Energía y por intermedio de este, a los Directores de las entidades relacionadas en el Anexo Único que se adjunta a la presente. COMUNÍQUESE la presente, a los viceministros, directores generales, directores y jefes de Departamento del Órgano Central, delegados territoriales, presidentes de agencias, del Consejo de Ciencias Sociales y de la Academia de Ciencias de Cuba, directores de oficinas, del Grupo Empresarial y del Archivo Nacional de la República de Cuba y por su intermedio a los centros e institutos a ellos subordinados.
ARCHÍVESE en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de la Dirección Jurídica deeste Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 13 días del mes de septiembre de 2021.Elba Rosa Perez Montoya MinistraANEXO ÚNICO 1. Empresa de Periódicos UEB Gráfica Villa Clara. 2. Agencia Gráfica Offeset Villa Clara. 3. Hotel Floreale, Villa Clara. 4. Fábrica Palma Soriano, Empresa Mixta Compacto Caribe S.A. 5. Hotel San Basilio, Complejo Hotelero Ciudad, Cubanacán S.A, Santiago de Cuba. 6. Hotel San Félix, Complejo Hotelero Ciudad, Cubanacán S.A, Santiago de Cuba. 7. Hotel Enramada Complejo Hotelero Ciudad, Cubanacán S.A, Santiago de Cuba. 8. Campismo Yacabo Abajo, Guantánamo. 9. Campismo Cajobabo, Guantánamo. 10. Campismo Yunque, Guantánamo. 11. Campismo Duaba, Guantánamo. 12. Hotel Iberostar Bella Vista Varadero. 13. Hotel Be Live Experience Tropical, Varadero. 14. Hospital Pediátrico Provincial de Holguín Octavio de la Concepción y de la Pedraja. 15. Empresa Mecánica del Níquel Comandante Gustavo Machín Hoed de Beche, Hol-guín. 16. Empresa de Servicios Ingenieros Hidráulicos Este, ESIHE, Cauce, Holguín. 17. Empresa de Servicios Comandante René Ramos Latour, Holguín.________________