Resolución 225/2021

Autorización de inscripción de oficina de representación de FLORIC INTERNATIONAL LIMITED

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 104 Ordinaria de 2021 (2021-09-20)
Páginas
13–14
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La Resolución 225/2021 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de FLORIC INTERNATIONAL LIMITED en Cuba. La norma se emite en virtud del Decreto 32/2021 que regula el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 225/2021

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacionescomerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulacionesgenerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de lasoficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación enla República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: Mediante la Resolución 177, de 18 de mayo de 2018, se autorizó larenovación de la licencia de la sucursal de la compañía china FLORIC INTERNATIO-NAL LIMITED en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtudde la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32, de la oficina de re-presentación de la compañía china FLORIC INTERNATIONAL LIMITED y, del análisisefectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía chinaFLORIC INTERNATIONAL LIMITED en el Registro Nacional de Representaciones Co-merciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía chinaFLORIC INTERNATIONAL LIMITED en Cuba, a partir de su inscripción, será la co-mercialización de equipos y de insumos para la industria en general, así como de bienes deconsumo, incluyendo el mobiliario, el aseo y los agroalimentarios.

TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:

a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;

b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio exterior; ni

c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada envigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en elapartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartadoimplicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y,consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.

SEXTO: Derogar la Resolución 177 de esta propia autoridad, de 18 de mayo de 2018.

NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.

COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direc-ción de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos siete días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, “Año 63 de la Revolución”.

Rodrigo Malmierca Díaz

Ministro

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