Resolución 225

Declaración Administrativa de Abandono del buque Doris T

Organismo
Ministerio del Transporte
Fecha emisión
2021-07-29
Publicada en
Gaceta No. 88 Ordinaria de 2021 (2021-08-04)
Páginas
11–12
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La Resolución 225/2021 del Ministerio del Transporte regula la declaración administrativa de abandono del buque Doris T. La Ley 115 de 2013 y su reglamento establecen las regulaciones relativas al abandono de buques extranjeros. El Ministerio del Transporte emite esta resolución para declarar el abandono administrativo del buque.

Texto íntegro

GOC-2021-745-O88 RESOLUCIÓN 225/2021

POR CUANTO: La Ley 115, de 6 de julio de 2013, “De la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre” y su Reglamento, el Decreto 317, de 2 de octubre de 2013, establecen las regulaciones relativas al abandono de los buques, embarcaciones y artefactos navales extranjeros.

POR CUANTO: El artículo 24.2 de la precitada Ley determina que el abandono admi-nistrativo de buques, embarcaciones y artefactos navales con fines comerciales se decidemediante resolución de esta autoridad, la que dispondrá el ingreso del medio naval al patrimonio del Estado cubano en virtud de un acto de soberanía y contendrá, al mismotiempo, el pronunciamiento expreso de su destino final más útil.

POR CUANTO: Por la Resolución 268, de 23 de agosto de 2018, dictada por esta autoridad, se constituyó el Grupo de Trabajo para la evaluación y propuesta del destinofinal más útil de los medios navales que fueran objeto de la declaración administrativa deabandono.

POR CUANTO: La Capitanía del Puerto de Moa habilitó el Expediente de Abandono número 1/2021 del buque Doris T, de carga general, abanderado en Tanzania, número OMI 7626748, Puerto de Registro Zanzíbar, Eslora total 79.15 metros, arqueo bruto 1973, arqueo neto 853, calado 4.78 metros, máquina principal YANMAR 6 Z-ST, Sociedad Cla-sificadora CONARINA y propietario EVA DE SHIPPING LLC3630 NW, North River,DR. Miami Florida 33142.

POR CUANTO: Cumplidas las formalidades legales, la Capitanía del Puerto de Moa, amparada en los preceptos de las normas rectoras antes mencionadas, trasladó el referido Expediente al Ministerio del Transporte, el cual fue analizado por el Grupo de Trabajopara la evaluación y propuesta del destino final más útil del citado medio naval.

POR CUANTO: El Grupo de Trabajo tomó en cuenta en la ejecución del Dictamen pertinente, que el buque en cuestión arribó a Cuba por la bahía de Moa el 23 de enero de 2021, el cual se encuentra varado en la zona comprendida entre Cayo Moa y Cayo Burro y carece tanto de operaciones comerciales como de dotación mínima de seguridad, sin que hasta la fecha su propietario, armador o naviero haya realizado alguna acción que

2448 GACETA OFICIAL 4 de agosto de 2021 demuestre el interés por continuar explotándolo náutica y comercialmente, hechos que constituyen causales de Abandono, previstas en los incisos a) y d) del

Artículo 20 de la Ley aludida en el Primer POR CUANTO, una vez decursado el término de 30 días naturales concedido en la Disposición Transitoria Única de la Ley para proceder al retiro del bien.

POR CUANTO: Dicho Grupo de Trabajo verificó, además, el estado técnico generaldel buque, el cual ofrece un estado de deterioro avanzado que impide su explotación y no representa un peligro para la navegación.

POR CUANTO: Analizados los argumentos manifiestos, es menester que esta autoridad resuelva conforme a Derecho.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Proceder a la Declaración Administrativa de Abandono del buque de carga general Doris T, de nacionalidad tanzana, Puerto de Registro Zanzíbar, número OMI 7626748, con las características generales siguientes: eslora total 79.15 metros, arqueo bruto 1973, arqueo neto 853, calado 4.78 metros y su ingreso al patrimonio del Estado cubano.

SEGUNDO: Se dispone la asignación de dicho buque de carga general Doris T, a la organización ramal Administración Marítima de Cuba.

TERCERO: Esta Resolución comenzará a surtir efecto legal a partir de su publicaciónen la Gaceta Oficial de la República de Cuba.COMUNÍQUESE al Director General de la Administración Marítima de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en el protocolo a cargo de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 29 días del mes de julio de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Eduardo Rodríguez Dávila Ministro________________