Resolución 227
La Resolución 227 del Ministerio de Finanzas y Precios modifica la Resolución 105 sobre precios mayoristas base de productos importados. Establece un precio mayorista base para el chícharo. La Ministra de Finanzas y Precios emite esta resolución en virtud del Decreto-Ley 17 y el Decreto 24.
- Se modifica el Anexo I de la Resolución 105 de 2021.
- Se adiciona el chícharo al listado de productos con precio mayorista base.
- El precio mayorista base del chícharo es de 9502.62 CUP.
- El objetivo es estabilizar el precio mayorista y financiar la diferencia con el precio de importación.
Texto íntegro
GOC-2022-836-O91 RESOLUCIÓN 227/2022
POR CUANTO: El Decreto-Ley 17 “De la Implementación del Proceso de Ordena-miento Monetario”, de 24 de noviembre de 2020, establece la unificación monetaria y cambiaria a partir del 1 ro. de enero de 2021.
POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la Aprobación de Precios y Tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyos precios y tarifas, en pesos cubanos, se fijan por el Consejo de Ministros y faculta al Mi-nistro de Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único.
POR CUANTO: La Resolución 105, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, de 26 de abril de 2021, establece en su Anexo I los precios mayoristas base de productos importados a aplicar por las empresas mayoristas nacionales, para su circulación a las em-presas comercializadoras u otras entidades, con destino al consumo social y al comercio minorista, excepto a las Cadenas de Tiendas y al Turismo.
POR CUANTO: Resulta necesario incluir el producto chícharo en el listado de produc-tos de la mencionada Resolución 105 de 2021, para que resulte aplicable el mecanismo de compensación financiera, debido al incremento de este producto en el mercado inter-nacional, con el objetivo de lograr estabilizar el precio mayorista, definiendo un precio de entrada a la economía interna y financiar la diferencia que se produce con el precio de importación.
2525 GACETA OFICIAL26 de agosto de 2022
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República,RESUELVOÚNICO: Modificar de la Resolución 105, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, de 26 de abril de 2021, el Anexo I “PRECIOS MAYORISTAS BASE DE PRODUCTOS IMPORTADOS”, al que se adiciona el siguiente producto:Producto Precio en CUPChícharo 9502.62
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el Original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 15 días del mes de agosto de 2022.Vladimir Regueiro Ale Ministro a.i.