Resolución 361
La Resolución No. 361 del Ministerio de la Industria Básica regula la prórroga de derechos mineros de explotación. La norma es emitida por el Ministro de la Industria Básica en ejercicio de sus facultades.
- Otorga prórroga de derechos mineros a la Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos.
- La prórroga es por 5 años, hasta el 10 de septiembre de 2012.
- El área de explotación es Arimao II, El Roble Zona VI.
- El mineral explotado es arena de río para construcción.
- La Oficina Nacional de Recursos Minerales recomendó la prórroga.
- Se fundamenta en la Ley No. 76, “Ley de Minas”.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 361
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de fecha 21 de abril de 1994, en su
Artículo 18, dispone que el Ministerio de la Industria Básica es uno de dichos organismos.
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POR CUANTO: La Ley No. 76, “Ley de Minas”, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su
Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministro de la Industria Básica el otorgamiento o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales, así como las prórrogas o ampliaciones de éstas.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Tercero, acápite 4, faculta a los jefes de los organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 206, de 30 de agosto de 2004, del Ministro de la Industria Básica, le fueron otorgados a la Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos, los derechos mineros de explotación en el área denominada Arimao II, El Roble Zona VI, con el objeto de explotar el mineral de arena de río para su utilización en la construcción.
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POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos ha solicitado una prórroga por el término de cinco años a los derechos mineros referidos en el por cuanto anterior.
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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar a la que resuelve que otorgue la prórroga de los derechos mineros de explotación, teniendo en cuenta la necesidad del mineral de arena en el desarrollo de la construcción en el país.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Materiales de Construcción de Cienfuegos una prórroga a los derechos mineros de explotación del mineral de arena de río en el área denominada Arimao II, El Roble Zona VI, que le fueran autorizados mediante la Resolución No. 206, de 30 de agosto de 2004, del Ministro de la Industria Básica.
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SEGUNDO: La prórroga a que se refieren el Apartado anterior de la presente Resolución estará vigente hasta el 10 de septiembre de 2012.
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TERCERO: Los términos y condiciones dispuestos en la