Resolución 230/2002
La Resolución No. 230/2002 del Ministerio del Comercio Exterior regula la nomenclatura de productos de exportación e importación para la Empresa Productora de Materiales Varios para la Educación (EMPROMAVE). Esta resolución autoriza a EMPROMAVE a ejecutar operaciones de comercio exterior con ciertos productos.
- EMPROMAVE está autorizada para exportar e importar mercancías listadas en los Anexos No. 1 y 2.
- La nomenclatura aprobada sustituye la anterior Resolución No. 531 de 1999.
- La importación solo puede destinarse al Sistema del Ministerio de Educación, no para comercialización con terceros.
- Se requiere autorización adicional para importar mercancías sujetas a regulaciones especiales.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 230/2002
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribución de conceder facultades para realizar operaciones de exportación e importación, determinando en cada caso la nomenclatura de mercancías que serán objeto de dichas operaciones.
POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 531, de 22 de diciembre de 1999, fue ratificada la autorización a la Empresa Productora de Materiales Varios para la Educación, EMPROMAVE para ejecutar directamente operaciones de comercio exterior.
POR CUANTO: La Empresa Productora de Materiales Varios para la Educación, EMPROMAVE ha presentado la correspondiente solicitud, a los efectos de que se le modifique la nomenclatura de productos que requiere a los fines previstos en su objeto social, por lo que el Consejo de Dirección de este Ministerio, ha considerado procedente acceder a la solicitud interesada por la misma.
POR CUANTO: Resulta necesario compilar en una disposición única la nomenclatura de los productos de exportación e importación autorizada a ejecutar a la citada entidad.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Ratificar la autorización otorgada a la Empresa Productora de Materiales Varios para la Educación, EMPROMAVE, identificada a los efectos estadísticos con el Código No. 066, para que ejecute directamente la
17 de junio de 2002 GACETA OFICIAL 704 exportación e importación de las mercancías que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en los Anexos No. 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución, y que sustituye la nomenclatura aprobada al amparo de la Resolución No. 531, de 22 de diciembre de 1999, la que consecuentemente quedará sin efecto. — Nomenclatura permanente de productos de exportación (Anexo No. 1). — Nomenclatura permanente de productos de importación (Anexo No. 2).
SEGUNDO: La importación de las mercancías comprendidas en la nomenclatura que por la presente se aprueba, sólo podrá ser ejecutada con destino al Sistema del Ministerio de Educación y no para su comercialización con terceros.
TERCERO: La importación de mercancías sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la nomenclatura de importación que se concede a la entidad solicitante, deberá interesarse, previamente a la ejecución de la importación, en la forma establecida para cada caso según proceda.
CUARTO: La Empresa Productora de Materiales Varios para la Educación, EMPROMAVE, al amparo de la