Resolución 23/2005
La Resolución No. 23/2005 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente crea el Centro de Bioproductos Marinos (CEBIMAR), subordinado a la Agencia de Medio Ambiente. Esta norma regula la creación, objetivos y funcionamiento de CEBIMAR.
- Se crea el Centro de Bioproductos Marinos (CEBIMAR) con bienes y recursos de departamentos del Instituto de Oceanología.
- CEBIMAR se encarga de proyectos de investigación aplicada y obtención de bioproductos marinos de interés biomédico, industrial y medioambiental.
- Sus objetivos incluyen diseñar procesos tecnológicos, desarrollar y comercializar bioproductos, y brindar servicios científico-técnicos especializados.
- También ofrece servicios de asesorías, consultorías, información científico-técnica, y comercializa publicaciones especializadas.
- La entidad puede realizar eventos, cursos y prestar servicios de alquiler y comedor.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 23/2005
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 9 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la Organización de la Administración Central del Estado” en su artículo 33 establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los Viceministros Primeros.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4002, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de abril del 2001, en su Apartado SEGUNDO numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del Sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica, proponer o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de Investigación y las Entidades de Servicios- Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación”.
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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación mediante su Resolución No. 391/04 de 30 diciembre de 2004, autoriza la creación de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Bioproductos Marinos, en forma abreviada CEBIMAR, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Crear la unidad presupuestada denominada Centro de Bioproductos Marinos, en forma abreviada CEBIMAR, a todos los efectos legales, subordinada a la Agencia de Medio Ambiente, perteneciente al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
La entidad se crea con los bienes y recursos de los Departamentos Bioactivos y Productos Naturales Marinos y el de Microbiología Aplicada pertenecientes al Instituto de Oceanología, y con los demás activos fijos, circulantes,
diferidos, a largo plazo y otros que integren su patrimonio y con el objeto siguiente:
- a) Realizar proyectos de investigaciones aplicadas y fundamentales, así como acciones de innovación tecnológica dirigidas a la obtención de bioproductos de origen marino de interés biomédico, industrial y medio ambiental, en moneda nacional.
- b) Diseñar procesos tecnológicos para bioproductos de origen marino de interés biomédico, industrial y medio ambiental, en moneda nacional.
- c) Desarrollar y comercializar de forma mayorista, pequeñas y medianas producciones a escala piloto de bioproductos de origen marino, en moneda nacional.
- d) Elaborar proyectos ejecutivos y estudios relacionados con la perspectiva de utilización y obtención de bioproductos de origen marino de interés biomédico, industrial y medio ambiental, en moneda nacional.
- e) Producir y comercializar, de forma mayorista, productos científicos de alto valor agregado resultantes de sus investigaciones, en moneda nacional.
- f) Brindar servicios científico técnicos especializados consistentes en monitorear y establecer el uso de los bioproductos en el medio marino y terrestre, en moneda nacional.
- g) Ofrecer servicios de asesorías, consultorías e información científico-técnica en materia de macrobiología y microbiología, en moneda nacional.
- h) Comercializar, de forma mayorista, en distintos soportes, publicaciones científico-técnicas especializadas en la actividad de obtención de bioproductos de origen marino de interés biomédico, industrial y medio ambiental, en moneda nacional.
- i) Ofertar y realizar eventos, cursos, seminarios, talleres y entrenamientos en las materias afines con su objeto en moneda nacional.
- j) Prestar servicios de alquiler de salas, locales y espacios eventualmente disponibles, en moneda nacional.
- k) Brindar servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores, en moneda nacional.
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SEGUNDO: En la entidad que se autoriza crear, su dirección, organización y funcionamiento se ajustan a las disposiciones vigentes y su estructura y plantilla se aprueba dentro de lo que establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al director de la Unidad Presupuestada denominada Centro de Bioproductos Marinos, a los Ministros de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, Trabajo y Seguridad Social, Comercio Interior, Auditoría y Control, Comercio Exterior, al Banco Central de Cuba, a la Oficina Nacional de Estadísticas; a los Viceministros, Delegados Territoriales, Presidentes de Agencias, Directores y Jefes de Departamento en la Sede Central y del resto del sistema de este Ministerio y a cuantas otras personas naturales y jurídicas corresponda conocer lo dispuesto.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA, en la Sede Central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 14 días del mes febrero del año 2005.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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