Resolución 23/2016

Sobre el receso laboral con pago del salario en la provincia de La Habana

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2016-11-14
Publicada en
Gaceta No. 34 Extraordinaria de 2016 (2016-11-16)
Páginas
2
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Resumen generado por IA

La Resolución No. 23/2016 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el receso laboral con pago del salario en la provincia de La Habana. Esta norma establece un receso laboral excepcional para los trabajadores de esta provincia con motivo de la Revista Militar y la Marcha del Pueblo Combatiente.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 23/2016

POR CUANTO: La Ley No. 116, “Código de Trabajo”, de 20 de diciembre de 2013,dispone en su artículo 100 que el receso laboral con pago del salario se establece por dis-posición legal dictada excepcionalmente por los órganos superiores del Estado o Gobiernoo por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, en cumplimiento de la decisión guberna-mental, y es de aplicación a una actividad, territorio o al país, con los objetivos, período deduración o evento que se definen en la norma jurídica que lo apruebe.

POR CUANTO: El viernes 2 de diciembre de 2016 se efectuará en la provinciade La Habana la Revista Militar y la Marcha del Pueblo Combatiente en ocasióndel Aniversario 60 del Desembarco del yate Granma y Día de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, por lo que resulta necesario establecer el receso laboral con pagodel salario a los trabajadores de esta provincia.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :

PRIMERO: Disponer el receso laboral con pago del salario a los trabajadores en lasentidades de la provincia de La Habana el viernes 2 de diciembre del año 2016, conmotivo de efectuarse la Revista Militar y la Marcha del Pueblo Combatiente en ocasióndel Aniversario 60 del Desembarco del yate Granma y Día de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.

SEGUNDO: Los trabajadores que recesan sus labores cobran el salario básico.

ARCHÍVESE el original de la presente en el protocolo de resoluciones generales de la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 14 días del mes de noviembre de 2016.

Margarita M. González Fernández

Ministra de Trabajo y Seguridad Social