Resolución 23/2019

Renovación de licencia de sucursal de Terracam Équipement International Ltée

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
2019-01-25
Publicada en
Gaceta No. 11 Ordinaria de 2019 (2019-02-07)
Páginas
10–12
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La Resolución No. 23/2019 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de sucursal de la compañía canadiense Terracam Équipement International Ltée. Esta resolución es emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 23/2019

POR CUANTO: El Decreto No. 206, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el proce-dimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de li-cencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

441 GACETA OFICIAL7 de febrero de 2019

POR CUANTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de la compañía canadiense Terracam Équipement International Ltée y, del análisis efectuado, se ha conside-rado acceder a la solicitud formulada.Por CUAnto: El artículo No. 33 del Decreto-Ley No. 67, “De Organización de la Administración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustitui-dos, cuando fuere necesario, por el viceministro primero de estos.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 234, del presidente del Consejo de Mi-nistros, de 15 de agosto de 2013, fue designado el que resuelve viceministro primero del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.Por t Anto: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso a), del artículo 100, de la Constitución de la República de Cuba,

R e s u e l v o :Primero: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía cana-diense Terracam Équipement International Ltée en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía canadiense Terracam Équipement International Ltée en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.ter Cero: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.CUArto: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.Com UnÍQUe Se a la encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba; al presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A.; al director de la Dirección de Inmigración y Extranjería; a la presidenta de la Empresa de Te-lecomunicaciones de Cuba S.A.; al encargado del Registro Nacional de Vehículos Automo-tores; a los viceministros y directores generales y a la directora de la Dirección de Gestión Empresarial del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera; DESE CUENTA al jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinticinco días del mes de enero de dos mil diecinueve.Antonio L. Carricarte Corona Ministro a.i.

442 GACETA OFICIAL 7 de febrero de 2019 Ane Xo iNOmENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COmERCIALES A TERRACAm ÉQUIPEmENT INTERNATIONAL LTÉE Descripción Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas má-quinas o aparatos Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y acce-sorios Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos________________