Resolución 23

Declaración Administrativa de Abandono del yate Samantha I

Organismo
Ministerio del Interior
Fecha emisión
2020-07-18
Publicada en
Gaceta No. 58 Ordinaria de 2020 (2020-08-13)
Páginas
29–30
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La Resolución No. 23 del Ministerio del Interior regula la declaración administrativa de abandono del yate Samantha I. La norma es emitida por el Ministro del Interior y se basa en la Ley No. 115 de 2013, 'Ley de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre', y su reglamento.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 23

POR CUANTO: La Ley No. 115, “Ley de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre”,de fecha 6 de julio de 2013, y su Reglamento Decreto 317, de fecha 2 de octubre de 2013, establecenlas causales que justifican la declaración de Abandono de los buques, embarcaciones yartefactos navales extranjeros y que el ministro del Interior dispone la procedencia dela Declaración Administrativa de Abandono de las embarcaciones no comerciales, dictala Resolución Administrativa y emite las comunicaciones necesarias a los efectos de lanotificación a los interesados.

POR CUANTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley No. 115/2013“Ley de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre”, así como en el 38 y 40 de su Reglamento, el Decreto 317/2013; la Capitanía de Puerto de Casilda habilitó el Expedientede Abandono No. 1/2019, al yate de nacionalidad panameña Samantha I, por encontrarseinoperante desde el 03.06.2008, en la náutica Marlin Trinidad y su propietario no hasufragado la deuda contraída desde marzo de 2018 a septiembre de 2019 con la citadanáutica, demostrando desinterés por el bien mueble, al no personarse por sí o medianteapoderado o representante legal en el término de 20 días naturales para eliminar a su costala causal de abandono, una vez que fue notificado.

POR CUANTO: Se ha valorado el Expediente de Abandono No. 1/2019 habilitadopor la Capitanía de Puerto de Casilda y se ha confirmado que el estado técnico del yate Samantha I no garantiza la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar, lo queimposibilita su uso.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades conferidas en el inciso d) del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Proceder a la Declaración Administrativa de Abandono del yate Samantha I,de nacionalidad panameña y Puerto de Registro Panamá, con No. Registro 813312, eslora 12 m, manga 5 m y puntal 2 m, con dos (2) motores estacionarios marca Carterpillarde 275 HP, de 8 cilindros, material del casco fibra de vidrio de color blanco, propiedaddel ciudadano canadiense Daniel Soucy, con No. de pasaporte WS093152. Además, sedispone su ingreso al patrimonio del Estado cubano.

SEGUNDO: Proceder por la náutica Marlin Trinidad, al desguace del yate Samantha I,incluidos sus motores, por no garantizar la seguridad de la navegación y la vida humanaen el mar, y no encontrarse apto para el uso en actividades turísticas o de recreo.

TERCERO: La presente Resolución comenzará a surtir efecto a partir de su publicaciónen la Gaceta Oficial.

COMUNÍQUESE al viceministro del Interior, al jefe de la Dirección de Tropas Guardafronteras, al director de Marinas y Náuticas Marlin S. A. y demás personasnaturales y jurídicas que corresponda.

DESE CUENTA a las Embajadas de Panamá y Canadá en La Habana, por conductodel Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del Ministerio del Interior.

DADA en el Ministerio del Interior, La Habana, a los 18 días del mes de julio de 2020,“Año 62 de la Revolución”.

Ministro del Interior

Vicealmirante

Julio César Gandarilla Bermejo