Resolución 230/2021
La Resolución 230/2021 del Ministerio de Energía y Minas regula el traspaso de una concesión de explotación y procesamiento de mineral caliza. La concesión, denominada Minas, está ubicada en el municipio Guanabacoa, provincia de La Habana. El Ministerio de Energía y Minas es el encargado de autorizar este traspaso según la Ley 76, "Ley de Minas", de 1994.
- La concesión original fue otorgada a la Empresa de Canteras en 1999 por 15 años, prorrogada hasta 2029.
- El traspaso se realiza a favor de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Servicios Especializados para la Construcción.
- La concesión tiene una extensión de 24.4 hectáreas y se destina a la explotación y procesamiento de caliza para áridos de construcción.
- El traspaso mantiene los términos, condiciones y obligaciones previos, salvo aquellos que se opongan a la nueva concesión.
- La Resolución fue emitida por el Ministro de Energía y Minas, Nicolás Liván Arronte Cruz.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 230/2021
POR CUANTO: La Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, estableceen el Capítulo IX,
Artículo 49, que los traspasos de los derechos mineros los autoriza elotorgante de las concesiones mineras.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 136, de 26 de abril de 1999, del Ministro dela Industria Básica, se le otorgó a la Empresa de Canteras de La Habana, hoy Empresade Canteras, una concesión de explotación y procesamiento del mineral caliza, en el áreadenominada Minas, ubicada en el municipio Guanabacoa, provincia de La Habana, conuna extensión de veinticuatro punto cuatro (24.4) hectáreas, con el objeto de explotar yprocesar dicho mineral para la obtención de áridos para la construcción, por un términode quince años, el que fue prorrogado por la Resolución 125, de 5 de mayo de 2014, del Ministro de Energía y Minas, hasta el 21 de mayo de 2029.
POR CUANTO: La Empresa de Canteras, ha solicitado el traspaso de la concesión deexplotación y procesamiento señalada en el Por Cuanto anterior a favor de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Servicios Especializados para la Construcción.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Traspasar la concesión de explotación y procesamiento denominada Mi-nas, ubicada en el municipio Guanabacoa, provincia de La Habana, a favor de la Empresa Provincial de Producción de Materiales de Servicios Especializados para la Construcción.
SEGUNDO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en las Resolu-ciones 136, de 26 de abril de 1999, del Ministro de la Industria Básica y 125, de 5 demayo de 2014, del Ministro de Energía y Minas, son de obligatorio cumplimiento parael concesionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en el apartadoanterior.
NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, alos Directores Generales de la Empresa de Canteras y la Empresa Provincial de Produc-ción de Materiales de Servicios Especializados para la Construcción.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 14 días del mes de octubre de 2021, “Año 63 de la Revo-lución”.
Nicolás Liván Arronte Cruz
Ministro