Resolución 231
La Resolución 231/2022 del Ministerio de Finanzas y Precios regula los precios del café en Cuba. Establece nuevos precios mayoristas para el café robusta y el café mezclado con destino a la venta normada a la población. La norma es emitida por el Ministro de Finanzas y Precios.
- Se establece el precio mayorista del café robusta oro entrada a industria en 70 000 CUP/Ton.
- Se establece el precio mayorista del café mezclado en 83 243 CUP/Ton, equivalente a 9.57 CUP por bolsa de 4 onzas.
- Se faculta al Presidente del Grupo Empresarial de la Industria Agroalimentaria y al Presidente del Grupo Empresarial Agroforestal para fijar el precio mayorista de café robusta lavado y arábico con destino a otros mercados.
- Se faculta al Director General de la Unión Agropecuaria Militar para fijar el precio mayorista de sus producciones de café robusta lavado y arábico.
- Se dejan sin efectos los precios establecidos en la Resolución 311/2020 y en el Anexo IV de la Resolución 84/2021.
Texto íntegro
GOC-2022-860-EX51 RESOLUCIÓN 231/2022
POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, en su
Artículo 1, aprueba la nomenclatura de los productos yservicios cuyos precios y tarifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejo de Ministros, los que se relacionan en su Anexo Único; asimismo establece en la Disposición Especial Primera que este órgano queda encargado de aprobar, por primera vez, los precios y tarifas de los productos o servicios que no sean de su nomenclatura, en los que se decida eliminar gratuidades o subsidios indebidos del Presupuesto del Estado.
POR CUANTO: La Resolución 311, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, de 25 de noviembre de 2020, establece el precio mayorista máximo del café mezclado (4 onzas).
POR CUANTO: La Resolución 84, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, de 13 de abril de 2021, establece en el Anexo IV “Precios Máximos de Compra en el Andén de la Industria”, el precio mayorista del café robusta, con destino a la industria torrefactora de café para la producción de café mezclado, para la venta normada a la población y otros destinos.
POR CUANTO: Resulta necesario dejar sin efectos los precios máximos del café robusta entrada a industria y del café mezclado (4 onzas), establecidos en las referidas resoluciones 311 de 2020 y 84 de 2021.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República,RESUELVOPRIMERO: Establecer el precio mayorista del café robusta oro entrada a industria con destino a la producción del café mezclado, para la venta normada a la población, en setenta mil pesos cubanos por tonelada (70 000 CUP/Ton).
1046 GACETA OFICIAL 31 de agosto de 2022
SEGUNDO: Establecer el precio mayorista del café mezclado con destino a la venta normada a la población en ochenta y tres mil doscientos cuarenta y tres pesos cubanos por tonelada (83 243 CUP/Ton), que equivale a nueve pesos cubanos con cincuenta y siete centavos (9.57 CUP) por bolsa de 4 onzas (115 gramos).
TERCERO: Facultar al Presidente del Grupo Empresarial de la Industria Agroalimen-taria para que, de conjunto con el Presidente del Grupo Empresarial Agroforestal, fijen elprecio mayorista de las modalidades de café robusta lavado y arábico con destino a otros mercados.CUARTO: Facultar al Director General de la Unión Agropecuaria Militar para fijar elprecio mayorista de sus producciones, de las modalidades de café robusta lavado y arábico, con destino a otros mercados.
DISPOSICIÓN FINALÚNICA: Dejar sin efectos los precios mayoristas del café mezclado(4 onzas) y del café robusta entrada a industria establecidos, respectivamente, en la Resolución 311, de 25 de noviembre de 2020 y en el Anexo IV “Precios Máximos de Compra en el Andén de la Industria” de la Resolución 84, de 13 de abril de 2021, ambas dictadas por la Ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 17 días del mes de agosto de 2022.Vladimir Regueiro Ale Ministro a.i.