Resolución 232/003
La Resolución No. 232/003 del Ministerio del Comercio Interior regula los plazos de garantía para los servicios de reparación de equipos electrodomésticos realizados en doble moneda. Establece requisitos y condiciones para la concesión de garantías y define los plazos de garantía según el tipo de reparación y equipo.
- La garantía de servicio amparará la reparación del artículo sin cobro de la mano de obra ni de las piezas, componentes o materiales sustituidos.
- El plazo de garantía comenzará a regir a partir de la entrega en el domicilio del usuario o la recogida en el taller por el usuario.
- Se consideran casos de excepción para el otorgamiento de la garantía, como cuando la pieza o parte haya sido aportada directamente por el cliente.
- El cliente debe presentar el documento de garantía correspondiente y duplicado de las órdenes de servicio.
- Los directores de las Empresas Provinciales del Comercio quedan responsabilizados con el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la resolución.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 232/003
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POR CUANTO: El Consejo de Estado de la República de Cuba, mediante acuerdo de 23 de enero de 1995, designó a la que resuelve Ministra del Comercio Interior.
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POR CUANTO: El acuerdo No. 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros establece en su Apartado Tercero, acápite 4, dentro de los deberes, atribuciones y funciones de los Jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el Sistema del Organismo y en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: El acuerdo No. 2841 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 25 de noviembre de 1994, en su Apartado Segundo establece que el Ministerio de Comercio Interior es el Organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en cuanto al comercio interior mayorista y minorista de alimentos y otros bienes y de los servicios de consumo personal y comercial tiene entre sus atribuciones y funciones específicas la de promover, organizar y evaluar el desarrollo de los servicios de consumo personal y comercial.
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POR CUANTO: Se le ha autorizado al Ministerio del Comercio Interior organizar la prestación de los servicios de reparación a equipos electrodomésticos a la población con cobro en doble moneda, para lo cual se ha creado una red
- nacional especializada de establecimientos de SERVIHOGAR.
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POR CUANTO: Con fecha 17 de mayo del 2000, puso en vigor el Ministerio del Comercio Interior la Resolución No. 162, estableciendo los plazos de garantía de servicios de las reparaciones a los equipos electrodomésticos que se realicen en doble moneda, por lo que, después de más de dos años de experiencias y acorde con las nuevas funciones que al Ministerio del Comercio Interior se les ha entregado resulta necesario establecer regulaciones que regirán la prestación de los servicios a los equipos electrodomésticos en cuanto a la garantía que ampararán las reparaciones, así como los plazos que deberán cumplirse en el servicio.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Establecer los plazos de garantía de servicio que ampararán las reparaciones a los equipos electrodomésticos que se realicen en doble moneda, los cuales se anexan a la presente Resolución formando parte integrante de la misma.
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SEGUNDO: Disponer como requisito indispensable para solicitar y obtener los beneficios de la garantía de servicio, la presentación por el cliente del documento de garantía correspondiente, duplicado de las órdenes de servicio, el cual deberá ser conciliado con la copia de dichas órdenes en poder del establecimiento de servicio.
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TERCERO: Considerar exentos de los beneficios de la garantía de servicio los casos siguientes:
- a) Si el equipo ha sido objeto de reparación o ajuste por parte de personal ajeno al establecimiento de servicio.
- b) Si el defecto o daño es resultado de una inadecuada manipulación o transportación y ésta se realizó por cuenta del cliente o por personal ajeno al taller.
- c) Cuando se compruebe que el daño o defecto del equipo es resultante del incumplimiento por el cliente de los parámetros y normas de explotación previstos por el fabricante.
- d) Si se comprueba que las condiciones de instalación del equipo no se corresponden con las exigencias de voltaje y ciclaje previstos.
- e) Si las causas del fallo o defecto son producidas por elementos o dispositivos técnicos ajenos al equipo, y que no hubieren sido objetos de reparación, tales como: antena, cinta bajante, cable coaxial y control remoto, entre otros.
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CUARTO: La garantía de servicio amparará la reparación del artículo sin cobro de la mano de obra, ni de las piezas, componentes o materiales que fueron sustituidos en la reparación original.
Esta garantía amparará también las piezas adicionales que sean necesarias en la reparación y cuyo fallo haya sido motivado por el mal funcionamiento de las piezas, componentes o materiales que fueron sustituidos en la reparación original.
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QUINTO: A los efectos de lo dispuesto por la presente se consideran casos de excepción para el otorgamiento de la garantía los siguientes:
- a) Cuando la pieza, parte o accesorio hubiere sido aportada directamente por el cliente y por tanto no aparece reflejado su cobro en la orden de servicio inicial, no se concederá garantía al componente, lo cual no excluye se conceda la garantía de reparación correspondiente por la mano de obra y los componentes aportados por el taller.
- b) Cuando el estado técnico del equipo no permita garantizar el correcto funcionamiento del mismo una vez reparado, y el cliente exprese su conformidad de recibir el servicio sin garantía.
- c) Si se comprueba que las condiciones de explotación y /o instalación del artículo no permiten garantizar el adecuado funcionamiento del mismo una vez reparado, y el usuario expresa su conformidad de recibir el servicio sin la garantía de reparación y de los componentes correspondientes.
- d) Cuando las partes, piezas y componentes, que ya han consumido parte de su vida útil y que son obtenidas del proceso del despiece de equipos electrodomésticos y enseres menores provenientes del sector emergente u otros despieces que se efectúen de diferente origen.
En los casos en que el cliente exprese su conformidad de recibir el servicio sin disfrutar de los beneficios de la garantía, ello deberá quedar reflejado en la Orden de Servicio correspondiente, mediante la señalización EXENTO DE GARANTIA y la firma de conformidad del usuario.
La prestación de un servicio sin garantía tendrá como requisito indispensable en todos los casos la aprobación previa de la Administración del Establecimiento. Igual requisito deberá cumplirse para denegar el servicio si el cliente no aceptare recibir el mismo sin la garantía correspondiente.
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SEXTO: Los plazos de garantía establecidos en el Anexo a la presente Resolución comenzarán a regir a partir de la entrega en el domicilio del usuario, o la recogida en el taller por el usuario, del artículo objeto de reparación.
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SÉPTIMO: La garantía de servicios se otorgará exclusivamente sobre la reparación inicial.
Los períodos comprendidos entre la solicitud de reparación por garantía hasta la entrega del artículo terminado al usuario no se considerarán incluido en el plazo de garantía de reparación.
Una vez entregado el artículo al usuario se le considerará la garantía por el tiempo que le restaba al presentar la solicitud, lo cual será convenientemente anotado en el dorso del comprobante de garantía con el objeto de garantizar el adecuado control.
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OCTAVO: Establecer como plazo máximo para el comienzo de la ejecución de un servicio las 72 horas posteriores a la solicitud del cliente si el mismo lleva el equipo al taller. Los casos de solicitud de servicio a domicilio deberán ser atendidos (visitados) dentro de las 72 horas posteriores, excepto cuando de forma expresa se solicitase un día específico, o cuando la solicitud se realice en receptoras independientes al taller de servicio, en cuyo caso el ciclo de atención no podrá exceder los 7 días naturales posteriores a la solicitud.
En los casos atendidos en domicilio que requieran ser trasladados al taller para su reparación y el traslado se ejecute por el propio establecimiento de servicio, éste dispondrá de un plazo máximo de siete (7) días para efectuar la recogida, reparación y entrega.
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NOVENO: Los directores de las Empresas Provinciales del Comercio, la Gastronomía y los Servicios y los administradores de los establecimientos subordinados a éstas, quedan responsabilizados con el estricto cumplimiento de lo que por la presente se dispone, así como con la adopción de las medidas correspondientes para garantizar su cumplimiento.
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DÉCIMO: Se deroga la citada Resolución No. 162 de fecha 17 de mayo de 2000.
Notifíquese: A los Viceministros, Presidente del INRE, Directores y Jefes de Grupos del Organismo Central, Presidentes de los Consejos de la Administración, Directores de las Empresas de Comercio, la Gastronomía y los Servicios y del Municipio Especial Isla de la Juventud, Empresas Centrales y cuantas personas naturales o jurídicas deban conocer de la presente resolución.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Interior, a los 19 días del mes de junio del 2003.
Bárbara Castillo Cuesta
Ministra de Comercio Interior
ANEXO
PLAZOS DE GARANTIA PARA LOS SERVICIOS A EQUIPOS ELECTRODOMESTICOS EN DOBLE MONEDA
- 1. REFRIGERACION DOMESTICA
- 1.1. REPARACION CON INTERVENCION EN EL SISTEMA DE REFRIGERACION.
Comprende:
Sustitución de los componentes siguientes:
- — Motocompresor.
- — Evaporador.
- — Condensador.
- — Filtro.
- — Gas refrigerante.
- — Tubería capilar.
- — Tuberías de cobre.
Garantía de Servicio:
- a) Un (1) año por la sustitución del Motocompresor, Evaporador y Condensador.
Este plazo de garantía ampara la mano de obra, el Motocompresor, Evaporador y Condensador y los componentes vinculados al cambio efectuado (filtro, gas refrigerante, tubería capilar y tuberías de cobre).
- b) Ocho (8) meses por la sustitución del Motocompresor y uno de los elementos siguientes: Evaporador y/o Condensador.
Este plazo de garantía ampara la mano de obra, el Motocompresor, el Evaporador o el Condensador y los componentes vinculados al cambio efectuado (filtro, gas refrigerante, tubería capilar y tuberías de cobre).
- c) Seis (6) meses por la sustitución del Motocompresor.
Este plazo de garantía ampara la mano de obra, el Motocompresor y los componentes vinculados al cambio efectuado (filtro, gas refrigerante, tubería capilar y tuberías de cobre).
- d) Noventa (90) días para otras reparaciones que no incluyen el cambio de Motocompresor.
Este plazo ampara la mano de obra y todos los componentes y materiales utilizados en la reparación.
- 1.2. REPARACION SIN INTERVENCION EN EL SISTEMA DE REFRIGERACION.
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Junta de puerta.
- — Perfil magnético.
- — Puerta del Evaporador.
- — Control de temperatura.
- — Relay.
- — Protección térmica.
- — Timer.
- — Resistencia de descongelación.
- — Ventilador de circulación de aire.
- — Capacitor.
- — Cables eléctricos.
- — Iluminación interior.
Garantía de servicio: Cuarenta y cinco (45) días por la mano de obra, piezas y materiales utilizados.
- 1.3. SERVICIO DE CHAPISTERIA Y PINTURA.
Comprende:
- — Chapistería total.
- — Chapistería de puerta.
- — Pintura.
Garantía de servicio: Treinta (30) días por la mano de obra y los materiales utilizados.
- 2. AIRE ACONDICIONADO.
- 2.1. REPARACION CON INTERVENCION EN EL SISTEMA.
Comprende:
- 2.1.1. La sustitución del sistema completo que incluye Motocompresor, Evaporador y Condensador.
Garantía de Servicio: Un (1) año por la mano de obra, el Motocompresor, el Evaporador y el Condensador, además de los componentes e insumos vinculados al cambio. (Filtro. Gas refrigerante y tuberías de cobre).
- 2.1.2. Sustitución del Motocompresor, y uno de los elementos siguientes: Evaporador y/o Condensador.
Garantía de Servicio: Ocho (8) meses por la mano de obra, el Motocompresor, el Evaporador y/o el Condensador, además de los componentes e insumos vinculados al cambio. (Filtro. Gas refrigerante y tuberías de cobre).
- 2.1.3. La sustitución del Motocompresor y los componentes e insumos vinculados al cambio del mismo (filtro, gas refrigerante y tuberías de cobre).
Garantía de servicio: Seis (6) meses por la mano de obra, el Motocompresor y los componentes e insumos vinculados al cambio.
- 2.1.4. Reparación que no incluya el cambio de Motocompresor.
Garantía de Servicio: Seis (6) meses por la mano de obra y todos los componentes y materiales utilizados en la reparación.
- 2.2. REPARACION SIN INTERVENCION EN EL SISTEMA DE REFRIGERACION.
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Control de temperatura.
- — Relay.
- — Protección térmica.
- — Timer.
- — Moto-ventilador de circulación de aire.
- — Capacitores.
- — Cables eléctricos.
- — Aspas de ventilador de tipo axial y radial.
Garantía de servicio: Noventa (90) días por la mano de obra, piezas y materiales utilizados.
- 2.3. SERVICIO DE CHAPISTERIA Y PINTURA.
Comprende:
- — Chapistería o sustitución de la bandeja.
- — Chapistería de la pared interior del equipo.
- — Pintura.
Garantía de servicio: un (1) año por la mano de obra y los materiales utilizados.
- 3. TELEVISOR A COLOR.
- - 3.1. SUSTITUCION DEL TUBO PANTALLA A COLOR.
Garantía de Servicio: Un año por la mano de obra y el tubo pantalla.
- 3.2. SUSTITUCION DE TRANSFORMADORES DE SALIDA HORIZONTAL Y YUGOS.
Garantía de Servicio: Noventa (90) días por la mano de obra y los componentes utilizados.
- 3.3. CUALQUIER OTRA REPARACION, AJUSTE O SUSTITUCION DE COMPONENTES.
Garantía de Servicio: Treinta (30) días por la mano de obra y los componentes utilizados.
- 4. RADIOS DE AM Y FM.
- - 4.1. REPARACION SENCILLA.
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Perillas, botones, teclas y accesorios.
- — Bombillo piloto o LED, antenas telescópicas, fusibles, tapas traseras, tapas de porta baterías y escala de dial.
- — Bocinas.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Limpieza del sistema de cambio de bandas, de llaves selectoras, de teclados y de controles.
- — Empate de cables, reparación de fuentes de alimentación adicionales al aparato.
- — Ajustes sencillos.
- — Eliminación de falsos contactos y cortos circuitos.
Garantía de servicio: Siete (7) días por la mano de obra, las piezas y materiales utilizados.
- 4.2. REPARACION MEDIA
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Transistores y diodos.
- — Módulos de AM y FM.
- — Controles y condensadores variables de cualquier tipo.
- — Resistencias y condensadores.
- — Antena de ferrita.
- — Bobinas de FI de AM, trampas, filtros y choques.
- — Transformadores de cualquier tipo.
- — Muebles completos.
- — Cordel del dial, poleas y roldanas.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Ajustes de RF y FI en AM.
- — Cambios de teclados, llaves selectoras y conmutadores de 3 bandas.
- — Cambios de circuitos de sintonización.
- — Ajustes de banda en AM y FM.
Garantía de servicio: Quince (15) días por la mano de obra, las piezas y materiales utilizados.
- 4.3. REPARACION COMPLEJA
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes elementos:
- — Placas de circuitos.
- — Circuitos integrados.
- — Bobinas de FI de FM.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Ajustes de RF y FI de FM.
- — Reparación de módulos de FM.
Garantía de servicio: Treinta (30) días por la mano de obra, piezas y materiales utilizados.
- 5. TOCADISCOS, RADIOTOCADISCOS Y AMPLIFI- CADORES
5.1. REPARACION SENCILLA
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Perillas o botones, accesorios, interruptores.
- — Bocinas.
- — Agujas y unidades fonocaptoras.
- — Fusibles, bombillos pilotos y LED.
- — Antenas de ferrita.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Ajustes sencillos.
- — Limpieza de controles de banda, de llaves selectoras y de teclados.
- — Engrase de mecanismos.
- — Eliminación de falsos contactos y corto circuitos.
5.2. REPARACION MEDIA
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Transistores y diodos.
- — Módulos de AM y FM.
- — Controles, resistencias y condensadores.
- — Condensadores variables de cualquier tipo.
- — Bobinas de FI, trampas, filtros y choques.
- — Transformadores de cualquier tipo.
- — Teclados, llaves selectoras y cambios de banda.
- — Motor del mecanismo del plato.
- — Brazo de tocadiscos y poleas.
- — Muebles completos.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Limpieza, engrase y ajuste del mecanismo del plato.
- — Limpieza y reparación de motores.
- — Reparación y ajuste de RF y FI de AM.
- — Cambio de circuitos de sintonía y ajuste de bandas de AM y FM.
Garantía de servicio: Quince (15) días por la mano de obra, las piezas y materiales utilizados.
5.3. REPARACION COMPLEJA
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes elementos:
- — Placas de circuitos.
- — Circuitos integrados.
- — Condensador de sintonía.
- — Bobinas de FI de FM.
- — Así como el ajuste de RF y FI de AM y el cambio del cordel del dial.
Garantía de servicios: Cuarenta y cinco (45) días por la mano de obra, por las piezas utilizadas.
- 6. GRABADORAS, RADIOGRABADORAS Y RADIO- GRABADORAS-TOCADISCOS
6.1. REPARACION SENCILLA
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Perillas o botones, accesorios e interruptores.
- — Bocinas.
- — Antena de ferrita.
- — Fusibles y bombillos piloto o LED.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Limpieza de controles, de cambios de banda, de llaves selectoras, de teclados y de cabezales de audio.
- — Ajustes sencillos.
- — Eliminación de falsos contactos y corto circuito.
Garantía de servicio: Siete (7) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
6.2. REPARACION MEDIA
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Transistores y diodos.
- — Módulos de FM.
- — Controles.
- — Resistencias y condensadores.
- — Motores de mecanismos.
- — Ligas, correas y poleas.
- — Transformadores de cualquier tipo.
- — Muebles completos.
- — Cabezales de cualquier tipo.
- — Circuitos de sintonía.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Ajustes de RF y FI de AM.
- — Limpieza y ajuste del mecanismo de grabación– reproducción.
Garantía de servicio: Quince (15) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
6.2.3. REPARACION COMPLEJA
Comprende:
La sustitución de cualquiera de los siguientes componentes:
- — Placas de circuitos.
- — Circuitos integrados.
- — Condensadores de sintonía.
- — Cordel del dial.
Así como cualquiera de las siguientes operaciones:
- — Ajustes de RF y FI de AM.
- — Reparación de módulos de FM.
Garantía de servicio: Quince (15) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
6.3. REPARACION COMPLEJA
Comprende:
- — La reparación o sustitución del sistema de mando electrónico o con programas, incluida la sustitución del mueble o de sus partes donde se precise el desarme del equipo.
En lavadoras automáticas se incluye además:
- — La reparación o sustitución del sistema hidráulico y de regulación de presión, de inyección y evacuación del agua y de los componentes de acoplamiento a este sistema de mando.
Garantía de servicio: Treinta (30) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
6.4. MANTENIMIENTO
Comprende:
- — Revisión, limpieza y lubricación de todas las partes mecánicas.
- — Revisión, ajuste y comprobación de todos los componentes eléctricos y electromecánicos.
- — Comprobación del funcionamiento del equipo.
Garantía de servicio: Siete (7) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
6.5. CHAPISTERIA SIMPLE
Comprende:
La chapistería de hasta dos de los siguientes elementos:
- — Parte delantera.
- — Parte trasera.
- — Fondo.
- — Paño lateral derecho.
- — Paño lateral izquierdo.
- — Parte superior, incluyendo borde.
- — Tapa.
Garantía de servicio: Quince (15) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
6.6. CHAPISTERIA COMPLEJA
Comprende:
- — La chapistería de más de cuatro de los elementos descritos en la chapistería simple.
Garantía de servicio: Treinta (30) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
6.7. PINTURA
Comprende:
- — Lijado.
- — Preparación de la superficie.
- — Pintura y demás materiales auxiliares.
Garantía de servicio: Quince (15) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
- 7. BATIDORAS, MEZCLADORAS, LICUADORAS, EXTRACTORES DE JUGO, MOLINILLOS, BIBRADORES Y SIMILARES.
7.1. REPARACION SIMPLE
Comprende:
La sustitución de los siguientes componentes:
- — Accesorios exteriores del cuerpo del equipo.
- — Partes de goma.
- — Placas de marca.
- — Tapa de fondo.
Así como la reparación o sustitución de:
- — Interruptores SPST.
- — Cable de línea y/o espiga.
- — Sistema de protección (fusibles o relé térmico).
Garantía de servicio: Tres (3) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
7.2. REPARACION MEDIA
Comprende:
Las siguientes operaciones y la sustitución de los siguientes componentes:
- — Reparación, ajuste, lubricación o sustitución del motor, mecanismo de transmisión u rodamientos.
- — Reparación o sustitución de interruptores acoplados al sistema de velocidades, de teclados, botones y otros sistemas, así como la instalación eléctrica de éstos.
- — Reparación o reemplazo de cualquiera de las conexiones eléctricas.
- — Soldadura autógena o de estaño necesaria en el reemplazo o reparación de cualquier componente del aparato.
Garantía de servicio: Diez (10) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
- 8. VENTILADORES, SECADORES DE PELO, ASPIRADORAS Y SIMILARES
8.1. REPARACION SIMPLE
Comprende:
La sustitución de los siguientes componentes:
- — Caretas.
- — Paletas.
- — Perillas.
- — Botones.
- — Patas.
- — Ruedas.
- — Reemplazo del cable de conexión, espiga y block de conexiones (excepto en ventiladores de varias velocidades).
Garantía de servicio: Tres (3) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
8.2. REPARACION MEDIA
Comprende:
- — La reparación o sustitución del conjunto del interruptor, así como la reparación o reemplazo de cualquiera de las conexiones eléctricas internas del aparato.
- — Reparación o sustitución parcial o completa de los componentes del sistema de calefacción, oscilación y de control de velocidades.
- — Sustitución, reparación, ajuste y lubricación del motor, mecanismos de transmisión y rodamientos.
- — Limpieza, ajuste, engrase y lubricación general del aparato, excepto en aspiradoras de polvo.
- — Reemplazo del cuerpo del equipo o de alguna de sus partes, consideradas como Reparación Media.
Garantía de servicio: Diez (10) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
8.3. REPARACION COMPLEJA
Comprende:
- — Reparación o sustitución total o parcial del sistema de aspiración en aspiradoras de polvo.
- — Limpieza, ajuste, lubricación y engrase general de las aspiradoras de polvo.
Garantía de servicio: Quince (15) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
- 9. OLLAS Y CAFETERAS DE PRESION Y SIMILARES
9.1. REPARACION SIMPLE
Comprende:
- — Sustitución del sello de seguridad en ollas y cafeteras de presión de cualquier tipo.
- — Reparación o sustitución de piezas de tapas de ollas de presión, siempre que no se requiera la adaptación de componentes.
- — Sustitución de componentes externos en cafeteras, que requieran fijación mediante remaches o tornillos.
- — Sustitución de cachas de agarradera del cuerpo de ollas.
Garantía de servicio: Tres (3) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
9.2. REPARACION MEDIA
Comprende:
- — Ajuste general de ollas de presión y comprobación.
- — Cambio, reparación o adaptación de la agarradera del cuerpo de ollas.
- — Reparación de tapas de ollas, donde se requiera de adaptación de componentes.
- — Reparación, sustitución o adaptación de componentes en tapas y cuerpos de ollas no metálicas, excepto sustitución del sello de seguridad.
Garantía de servicio: Siete (7) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
- 10. PLANCHAS, TOSTADORAS, CALENTADORES, CAFETERAS ELECTRICA, OLLAS ARROCERAS, FREIDORAS Y SIMILARES
10.1. REPARACION SIMPLE
Comprende:
- — Reparación o sustitución del cable de línea, espiga, enchufes y block de conexiones.
- — Sustitución de componentes y accesorios externos del
- aparato donde no se precise la sujeción por medio de remaches y tornillos y no se requiera la fijación a éste de algunas de las partes inferiores del aparato.
- — Reparación o sustitución de lámparas pilotos o de señalización de rangos, interruptores SPST, fusibles o protecciones eléctricas.
- — Empalme, ajuste o reemplazo de conexiones eléctricas internas.
Garantía de servicio: Tres (3) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
10.2. REPARACION MEDIA
Comprende:
- — Reparación o sustitución del sistema de regulación de temperatura automática o semiautomática de elementos calefactores y/o del mecanismo elevador en tostadoras.
- — Reparación, sustitución, ajuste y regulación de interruptores acoplados al sistema de regulación de temperatura.
- — Sustitución total o parcial y desarme total o parcial del cuerpo del aparato.
Garantía de servicio: Treinta (30) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
- 11. MAQUINAS DE AFEITAR Y SIMILARES
11.1. REPARACION SIMPLE
Comprende:
- — Reparación o sustitución del cable de líneas, espiga o enchufe, siempre que no requiera el desarme total o parcial del aparato.
- — Sustitución de cualquier componente o accesorio externo del aparato, siempre que no requiera el desarme del equipo.
Garantía de servicio: Tres (3) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
11.2. REPARACION MEDIA
Comprende:
- — Reparación o sustitución de cualquier componente interno del aparato.
- — Revisión, ajuste, reemplazo o empalme de cualquiera de las conexiones eléctricas internas.
- — Sustitución del cable de línea cuando se precise el desarme del aparato.
- — Sustitución o reparación del interruptor.
- — Sustitución total o parcial del cuerpo del aparato.
Garantía de servicio: Tres (3) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
12. COCINILLAS ELECTRICAS Y SIMILARES
12.1. REPARACION SIMPLE
Comprende:
- — Sustitución de componentes externos del mueble, siempre que no precise el desarme total o parcial del aparato y no precise la sujeción por medio de remaches.
- — Reparación o reemplazo del cable de líneas, espiga, lámpara piloto y block de conexiones.
- — Ajuste o reempalme de conexiones internas.
Garantía de servicio: Tres (3) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.
12.2. REPARACION COMPLEJA
Comprende:
- — Reparación o reemplazo de elementos calefactores, interruptores, reguladores de temperatura y demás componente.
- — Reemplazo total o parcial de los cables eléctricos internos de la cocinilla.
- — Reemplazo total o parcial del cuerpo de la cocinilla.
Garantía de servicio: Siete (7) días por la mano de obra, por las piezas y materiales utilizados.