Resolución 289/05

Metodología para la Evaluación y Calificación de las Auditorías

Organismo
Ministerio de Auditoría y Control
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 14 Ordinaria de 2006 (2006-03-15)
Páginas
10–13
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La Resolución No. 289/05 del Ministerio de Auditoría y Control regula la Metodología para la Evaluación y Calificación de las Auditorías. Esta norma establece las regulaciones básicas para evaluar y calificar las auditorías realizadas por el Sistema Nacional de Auditoría. El objetivo es uniformar los criterios de evaluación y calificación de las auditorías.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 289/05

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POR CUANTO: Por el Decreto-Ley No. 219, de fecha 25 de abril del 2001, se creó el Ministerio de Auditoría y Control como un organismo de la Administración Central del Estado, encargado de dirigir, controlar, y ejecutar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en materia de Auditoría Gubernamental, Fiscalización y Control Gubernamental, así como para regular, organizar, dirigir y controlar metodológicamente el Sistema Nacional de Auditoría.

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POR CUANTO: Por el inciso b) de la Segunda de las Disposiciones Finales del Decreto-Ley No. 219, de 25 de abril del 2001, la Ministra quedó responsabilizada con emitir cuantas normas jurídicas sean necesarias para la mejor aplicación de lo establecido en el referido Decreto-Ley y en su Reglamento.

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POR CUANTO: Para acometer estas funciones y satisfacer las exigencias previstas en el Artículo No. 13 del Decreto-Ley No. 159 “De la Auditoría”, se requiere dictar las disposiciones normativas que garanticen, en lo que corresponda, el fortalecimiento de la legalidad y la ética socialistas en la valoración de los resultados de las auditorías realizadas y su consecuente calificación.

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POR CUANTO: En virtud de lo expresado en el POR CUANTO anterior y tomando en consideración la sistemática labor de perfeccionamiento integral que se lleva a cabo en todo el Sistema Nacional de Auditoría, se hace necesario aprobar y poner en vigor “La Metodología para la Evaluación y Calificación de las Auditorías”, acorde con las nuevas definiciones del Control Interno, del Ministerio de Auditoría y Control, lo que implica la derogación de la Resolución No. 102, de fecha 11 de noviembre del 2004, relativa a esa materia y posibilita establecer, de manera uniforme, las normas jurídicas básicas que tutelan la apreciación cuantitativa y cualitativa del proceso de ejecución de las auditorías y de sus resultados, en cumplimiento del encargo estatal que tiene asignado este Ministerio.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba de fecha de 2 de mayo del 2001 la que resuelve fue designada en el cargo de Ministra de Auditoría y Control.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Aprobar y poner en vigor la “Metodología para la Evaluación y Calificación de las Auditorías”, la que se anexa a la presente Resolución y forma parte integrante de ésta, y que tiene como propósito esencial establecer, en todo el Sistema Nacional de Auditoría, de manera uniforme, las regulaciones básicas a cumplir en la valoración cuantitativa y cualitativa del proceso de ejecución de las auditorías y sus resultados en el interés de satisfacer el encargo estatal que tiene asignado este Ministerio.

DISPOSICION FINAL

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UNICA: Derogar la Resolución No. 102, de 11 de noviembre del 2004, suscrita por la que resuelve.

COMUNIQUESE a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, Presidentes de los Consejos de la Administración de las Asambleas Provinciales del Poder Popular y a los jefes de las Entidades Nacionales, así como al Viceministro Primero, Viceministros, Directores, Delegados provinciales y del municipio especial Isla de la Juventud, al Jefe del Departamento de Seguridad, Protección y Defensa de este Ministerio y a los jefes de las Unidades Centrales de Auditoría Interna (UCAI) del país.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en la Ciudad de La Habana, a los 26 días del mes de diciembre del 2005.

Lina Pedraza Rodríguez

Ministra de Auditoría y Control

METODOLOGIA PARA LA EVALUACION Y CALI- FICACION DE LAS AUDITORIAS.

OBJETIVO

Uniformar los criterios que se aplican para la evaluación y calificación de las auditorías que se efectúan a las entidades, por los integrantes del Sistema Nacional de Auditoría que correspondan.

Todo sistema de evaluación y calificación de auditoría requiere de un análisis de riesgo que le permita al auditor a través de un proceso sistemático de decisión, recopilar e identificar aquellos puntos más importantes, que contribuyan a concentrar los esfuerzos y ser más precisos al emitir una opinión sobre los hechos económicos o de otro tipo objeto de la verificación.

Se debe tener en cuenta que, la determinación de la importancia relativa de la evidencia de auditoría obtenida en la revisión es, en primera instancia, un asunto de juicio profesional que está determinado por:

- a) la percepción de las circunstancias que existen e involucran necesariamente consideraciones de cantidad y calidad de la evidencia examinada y de los hallazgos de auditoría que ésta sustenta;

- b) la importancia de los hallazgos comprobados y repercusión en la actividad fundamental de la entidad;

- c) el valor de las afectaciones económicas originadas por los errores e irregularidades o fraudes comprobados; y

- d) el análisis pormenorizado de los hallazgos que permita determinar su incidencia e impacto en la situación financiera y el desempeño de la entidad, a partir de los objetivos previstos para la auditoría.

III. CRITERIOS GENERALES

El Sistema de Control Interno implantado en la entidad auditada siempre debe ser evaluado con independencia del tipo de auditoría que se realice, teniendo en cuenta los términos previstos en esta Metodología.

Los criterios generales a considerar por el auditor actuante durante el proceso de ejecución de la auditoría para la evaluación y definición de la calificación a otorgar, son los siguientes:

- a) el establecimiento de objetivos claros y precisos y la definición del alcance y metodología a aplicar en la auditoría deben tener una expresión cuantitativa y cualitativa

- en los hallazgos y las conclusiones del Informe de Auditoría;

- b) para evaluar y calificar el Sistema de Control Interno, así como los tipos de auditoría referidas en esta Metodología, el auditor debe tener en cuenta los aspectos que se consignan en las Guías Metodológicas o Indicaciones Generales preparados al efecto por la dirección correspondiente del Ministerio de Auditoría y Control;

- c) entre las condiciones que hacen necesario que el auditor emita una calificación no favorable, acorde con lo establecido en esta Metodología, se encuentran las siguientes:

- - z limitaciones en el alcance: pueden estar relacionadas, entre otras, con situaciones como las siguientes:

- - - — restricciones impuestas por las propias características operacionales u organizacionales de la entidad auditada;

- - - — imposibilidad de aplicar determinado procedimiento previsto en la guía o programa diseñado, que se considere necesario o deseable;

- - - — No presentar documentos requeridos por el auditor que limiten verificar las operaciones relacionadas con el tema objeto de revisión;

- - - — inadecuado registro primario de la información; y

- - - — políticas contables – económicas - financieras y de otro tipo, no acordes con la legislación aplicable vigente.

- - z Violación de las leyes y demás disposiciones legales: los resultados de los hallazgos de auditoría muestran efectos significativos debido a los incumplimientos comprobados, en comparación con los procedimientos aplicables en la entidad auditada. Las leyes y demás disposiciones legales se refieren, tanto a las disposiciones jurídicas vigentes y aplicables de cualquier tipo como a las obligaciones previstas en los contratos o acuerdos en los que participe la entidad auditada; y

- - z revelación inadecuada: los datos y la documentación primarios que sustentan la información reportada no están debidamente clasificados y no reflejan fielmente las transacciones y demás sucesos ocurridos; lo que impide una evaluación adecuada de la situación financiera y el desempeño de la entidad auditada;

- d) existe relación entre el grado de control interno, la fiabilidad del registro contable y la información de cualquier tipo reportada; a mayor grado de control interno, mayor probabilidad de seguridad razonable de la información emitida; por lo que la evaluación del Sistema de Control Interno influye en la calificación final del tipo de auditoría que se realice;

- e) el estudio y evaluación del Sistema de Control Interno implementado en la entidad auditada debe tener como propósito principal determinar si éste cumple sus funciones para el logro de los objetivos siguientes:

- - z confiabilidad de la información financiera y de otro tipo que emite;

- - z eficiencia y eficacia en las operaciones y actividades que desarrolla;

- - z cumplimiento de las disposiciones jurídicas que le son aplicables; y

- - z control de los recursos disponibles (humanos, materiales y financieros).

- Este estudio y evaluación permite concretar los asuntos fundamentales que deben ser objeto de revisión, así como la extensión de las pruebas o muestreos que resulte conveniente aplicar en cada caso. Además, debe tenerse en cuenta el tipo de auditoría que se vaya a practicar;

- f) la evaluación de la evidencia de auditoría debe tener en cuenta los criterios siguientes:

- - z Existencia: los activos, pasivos, patrimonio o capital, ingresos y gastos reportados realmente existen en una fecha específica y las transacciones registradas han ocurrido al cierre del período auditado.

- - z Totalidad: están registradas todas las transacciones a incluir como activos, pasivos, patrimonio o capital, ingresos y gastos que se reportan en los estados financieros objeto de revisión.

- - z Derechos y Obligaciones: los activos representan derechos reales de la entidad auditada y los pasivos reflejan obligaciones de pagos con terceros.

- - z Valuación o Asignación: los activos, pasivos, patrimonio o capital, ingresos y gastos están presentados en las cantidades apropiadas, en concordancia con las Normas de Contabilidad y la legislación financiera vigente.

- - z Presentación y Revelación: se relaciona con la clasificación, descripción y revelación apropiada de cada cuenta habilitada en el sistema informativo, debidamente sustentadas con las evidencias documentales necesarias y los registros contables

- actualizados.g) la evaluación oportuna y adecuada del auditor de la importancia relativa sobre la evidencia examinada contribuye a una mejor selección de la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de trabajo aplicables en la auditoría, que reduzcan el riesgo probable a un nivel aceptablemente bajo.

- h) los hallazgos de la auditoría deben contener los elementos siguientes:

- - z Condición actual (lo que es): constituye una situación que existe que ha sido determinada y documentada durante la auditoría.

- - z Criterios aplicables: relacionados con el cumplimiento o no de las metas, objetivos, disposiciones jurídicas y otras normas que sustentan la actuación de la entidad auditada.

- - z Efecto: referido a la identificación de cuáles son las consecuencias de las desviaciones, es decir, la afectación económica calculada por el auditor relacionada con el hallazgo de auditoría objeto de revisión y análisis.

- - z Causa: razones por las cuales se producen las desviaciones identificadas con respecto a los criterios aplicables y definición de los responsables.

- i) cuando se constituya un equipo multidisciplinario en el que participan especialistas del Derecho e Informática para la ejecución de una auditoría sólo se emiten Notas para el Informe con los resultados de las verificaciones realizadas, pero no se califican éstos a partir de los criterios estableci-

- dos para la Auditoría de Cumplimiento y a las Tecnologías de la información;

- j) sólo en los papeles de trabajo confeccionados por el auditor deben reflejarse la calificación de cada tema auditado, de acuerdo con los hallazgos verificados y debidamente sustentados con las evidencias examinadas; debiendo analizarse la repercusión o incidencia de los errores e irregularidades o fraudes comprobados en la calidad del Sistema de Control Interno implementado en la entidad;

- k) en ningún caso se debe determinar la calificación final a otorgar por aquella que más se repita, sino atendiendo a la incidencia, magnitud e importancia relativa que los hallazgos tienen en los objetivos previstos para la auditoría;

- l) en todos los casos que se haya aplicado la técnica de muestreo, debe reflejarse el por ciento que representa la muestra seleccionada; y

- m) una vez aplicados los Programas o Guías de auditoría confeccionados al efecto, el Auditor Jefe de Grupo prepara el correspondiente Informe de Auditoría con la calificación otorgada, detallando en las Conclusiones los criterios que la sustentan.

IV. SISTEMA DE CALIFICACION

4.1 Sistema de Control Interno

La calificación general del Sistema de Control Interno que se consigna en el informe, debe corresponderse con el análisis pormenorizado del total de los hallazgos verificados; no se determina por los que más se repiten, ni por promedio; sino atendiendo a la importancia de éstos y su incidencia en el cumplimiento de los objetivos del Control Interno que se establecen en la legislación vigente; referidos a:

- z confiabilidad de la información financiera y de otro tipo que emite;

- z eficiencia y eficacia en las operaciones y actividades que desarrolla;

- z cumplimiento de las disposiciones jurídicas que le son aplicables; y

- z control de los recursos disponibles (humanos, materiales y financieros). En consecuencia, el sistema de calificación incluye los términos siguientes:

SATISFACTORIO

Cuando el Sistema de Control Interno, implantado en la entidad garantiza el cumplimiento de los objetivos del control interno.

ACEPTABLE

Cuando los errores detectados no influyan en el cumplimiento de los objetivos del control interno.

DEFICIENTE

Cuando los errores o irregularidades denotan violaciones de los procedimientos establecidos y crean las condiciones para la ocurrencia de presuntos hechos delictivos que afectan el cumplimiento de los objetivos del control interno.

MALO

Cuando las irregularidades o fraudes comprobados demuestran violaciones que han originado la comisión de presuntos hechos delictivos o pueden haber ocurrido impunemente sin quedar demostrados; el desorden que muestra la entidad en el control afecta el cumplimiento de los objetivos.

La existencia de limitaciones en el alcance de la auditoría no posibilita al auditor llevar a cabo, de manera razonable y adecuada, los procedimientos establecidos que le permitan verificar las operaciones objeto de revisión.

4.2 Auditorías de Gestión u Operacional

Evaluar el grado de cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad, dictaminando si lo hace con Economía, Eficiencia y Eficacia.

4.3 Auditorías Financieras o de Estados Financieros

RAZONABLE

Los estados financieros están presentados razonablemente acorde con las Normas Cubanas de Contabilidad y demás requisitos legales aplicables.

RAZONABLE CON SALVEDADES

En la revisión de los estados financieros se comprueban errores que muestran incumplimientos poco significativos de las Normas Cubanas de Contabilidad y demás requisitos legales aplicables, por lo que su incidencia en la evaluación de la situación financiera y el desempeño de la entidad no es relevante, teniendo en cuenta los criterios de importancia relativa y riesgo probable aplicados.

NO RAZONABLE

Los estados financieros no están presentados razonablemente acorde con las Normas Cubanas de Contabilidad y demás requisitos legales aplicables, toda vez que se detectan errores e irregularidades que afectan la evaluación de la situación financiera y el desempeño de la entidad auditada, teniendo en cuenta los criterios de importancia relativa y riesgo probable aplicados.

La existencia de limitaciones en el alcance de la auditoría no posibilita al auditor llevar a cabo de manera plena y completa las pruebas de cumplimiento y sustantivas necesarias que le permita verificar las operaciones objeto de revisión.

Cada vez que el auditor otorga una evaluación distinta de Razonable, debe incluir en el Informe de Auditoría una descripción clara de las causas y el efecto cuantitativo sobre la razonabilidad de la información financiera verificada.

4.4 AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO

CUMPLE

Se cumplen las disposiciones jurídicas vigentes sobre los temas objetos de revisión o, las deficiencias detectadas no son reiterativas y su efecto no pone en riesgo los objetivos y metas de la entidad.

INCUMPLE

No se cumplen las disposiciones jurídicas vigentes sobre la materia auditada o su efecto pone en riesgo los objetivos y metas de la entidad.

4.5 AUDITORIA A LAS TECNOLOGIAS DE INFOR- MACION

SATISFACTORIO

Los procesos relacionados con los controles de los sistemas informativos y de gestión sustentados en las tecnologías

de información muestran que se cumple la legislación aplicable y no se detectan afectaciones en los requerimientos de la información ni en el patrimonio de la entidad.

ACEPTABLE

Los procesos relacionados con los controles de los sistemas informativos y de gestión sustentados en las tecnologías de información muestran que los incumplimientos de la legislación aplicable y las debilidades comprobadas no influyen en los requerimientos de información ni en el patrimonio de la entidad.

DEFICIENTE

Los procesos relacionados con los controles de los sistemas informativos y de gestión sustentados en las tecnologías de información muestran una deficiente madurez, dado que los incumplimientos de la legislación aplicable y las debilidades comprobadas demuestran un uso inadecuado de las tecnologías de información, que afectan los requerimientos de información y el patrimonio de la entidad.

MALO

Los procesos relacionados con los controles de los sistemas de información sustentados en las tecnologías de información muestran una incipiente madurez, pues los incumplimientos de la legislación aplicable y las debilidades comprobadas demuestran la ocurrencia de presuntos hechos delictivos, que afectan los requerimientos de información y el patrimonio de la entidad.

4.6 AUDITORIA ESPECIAL

Se aplica el mismo sistema de calificación previsto para el Sistema de Control Interno.

4.7 AUDITORIAS DE SEGUIMIENTO O RECU- RRENTE

Se aplica el mismo sistema de calificación previsto en esta metodología, de acuerdo con el tipo de auditoría realizada anteriormente.

En el Informe de Auditoría debe quedar claramente definido el cumplimiento del plan de medidas derivado de la auditoría anterior; no sólo desde el punto de vista numérico y porcentual, sino aclarando las deficiencias que se mantienen y las nuevas que se detectan en el tema objeto de revisión, determinando si la entidad ha tenido avances en la administración y control de sus recursos.

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COMERCIO EXTERIOR