Resolución 233/2021
La Resolución 233/2021 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de TECOFI, S.A.S., una compañía francesa, en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de TECOFI, S.A.S. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras (Artículo PRIMERO).
- El giro comercial será la comercialización de válvulas y accesorios industriales, equipos de mediciones de procesos industriales, materias primas y productos químicos de procesos industriales (Artículo SEGUNDO).
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista, ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional (Artículo TERCERO).
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras (Artículo QUINTO).
- Se deroga la Resolución 138 de 20 de abril de 2018 (Artículo SEXTO).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 233/2021
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regula-ciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de lasoficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 138, de 20 de abril de 2018, se autorizó larenovación de la licencia de la sucursal de la compañía francesa TECOFI, S.A.S., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito ala Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado envirtud de la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32, de la oficinade representación de la compañía francesa TECOFI, S.A.S. y, del análisis efectuado se haconsiderado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañíafrancesa TECOFI, S.A.S., en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía francesa
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TECOFI, S.A.S. en Cuba, a partir de su inscripción, será la comercialización de válvu-las y accesorios industriales, de plantas de agua ultra pura; de equipos de mediciones deprocesos industriales, de materias primas y productos químicos de procesos industriales.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior; ni
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará eldesistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente,el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederáal archivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 138 de esta propia autoridad, de 20 de abril de 2018.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro de Representaciones Comerciales Extranjeras,adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comer-ciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveintinueve días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, “Año 63 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
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