Resolución 232/2022
La Resolución 232/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía española INTERNACIONAL DEL COMERCIO NADINE, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de INTERNACIONAL DEL COMERCIO NADINE, S.L. (Artículo PRIMERO)
- El giro comercial es la comercialización de piezas de repuesto y equipamiento industrial (Artículo SEGUNDO)
- Se prohíbe importar y exportar directamente con carácter comercial (Artículo TERCERO, a)
- Se prohíbe realizar el comercio mayorista y minorista en general, excepto servicios de posventa y garantía (Artículo TERCERO, b)
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción (Artículo QUINTO)
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 232/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representa-ciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regula-ciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre delas oficinas de representación, sucursales, y los contratos de agencia y de representaciónen la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 355 de esta propia autoridad, de 4 de diciembrede 2018, se autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía españolaINTERNACIONAL DEL COMERCIO NADINE, S.L. en el Registro Nacional de Sucur-sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comerciode la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtudde la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía españolaINTERNACIONAL DEL COMERCIO NADINE, S.L. y, del análisis efectuado, se haconsiderado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía es-pañola INTERNACIONAL DEL COMERCIO NADINE, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía españolaINTERNACIONAL DEL COMERCIO NADINE, S.L. en Cuba, a partir de su inscripción,es la comercialización de piezas de repuesto, partes, accesorios para equipos pesados y lige-ros de los sectores: automotriz, construcción, agrícola, minero y naval; grupos electrógenos;así como equipamiento industrial.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional;
c) emitir facturas comerciales; ni
d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 355 de esta propia autoridad, de 4 de diciembre de 2018.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a lostrece días del mes de junio de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
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