Resolución 231/2022
La Resolución 231/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de la compañía española Empresa Exportadora de Soluciones Hidráulicas, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de Empresa Exportadora de Soluciones Hidráulicas, S.L. (artículo PRIMERO).
- El giro comercial es la comercialización y ensamblaje de bombas e instalaciones de bombeo, motores y equipos industriales relacionados con productos GRUNDFOS (artículo SEGUNDO).
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial (artículo TERCERO.a).
- La licencia no autoriza realizar comercio mayorista y minorista en general, excepto servicios de posventa y garantía (artículo TERCERO.b).
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras (artículo QUINTO).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 231/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación ycierre de las oficinas de representación, sucursales, y los contratos de agencia y de re-presentación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 236 de esta propia autoridad, de 29 de sep-tiembre de 2021, se autorizó la inscripción de la oficina de representación de la compañíaespañola BOMBAS GRUNDFOS ESPAÑA, S.A. en el Registro Nacional de Sucursalesy Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtudde la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía españolaEMPRESA EXPORTADORA DE SOLUCIONES HIDRÁULICAS, S.L., por sustituciónde la compañía española BOMBAS GRUNDFOS ESPAÑA, S.A. y, del análisis efectuado,se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía es-pañola EMPRESA EXPORTADORA DE SOLUCIONES HIDRÁULICAS, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía españolaEMPRESA EXPORTADORA DE SOLUCIONES HIDRÁULICAS, S.L., a partir de suinscripción, es la comercialización y ensamblaje de bombas e instalaciones de bombeo detodo tipo, así como de motores y equipos industriales de toda índole relacionado con losproductos GRUNDFOS; y además se adjunta, en el Anexo Único que forma parte integran-te de la presente Resolución, la nomenclatura de mercancías autorizadas a los efectos de laaprobación por la autoridad competente del régimen aduanal correspondiente.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional; ni
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran-jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 236 de esta propia autoridad, de 29 de septiembrede 2021.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Co-merciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos trece días del mes de junio de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
ANEXO ÚNICO
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA A LA OFICINADE REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA EXPORTADORADE SOLUCIONES HIDRÁULICAS, S.L.
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