Resolución 251
La Resolución No. 251 del Ministerio del Comercio Exterior cancela la autorización a CUBARTESANIA para realizar importaciones. La norma es emitida por el Ministro del Comercio Exterior en virtud de las facultades conferidas por el Acuerdo No. 2821 de 1994.
- Se cancela la autorización a CUBARTESANIA (Código No. 592) para realizar actividades de importación.
- CUBARTESANIA mantiene su inscripción en el Registro Central de Aduanas por 120 días para ejecutar importaciones pactadas.
- CUBARTESANIA puede exportar mercancías no reguladas en el Anexo No. 1 de la Resolución No. 199 de 2002.
- Se deroga la Resolución No. 251 de 2005 que ratificó la autorización a CUBARTESANIA para ejecutar operaciones de comercio exterior.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 251 de 2006
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.
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POR CUANTO: Mediante Resolución No. 500, de 24 de junio de 2003, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, fue establecido el Procedimiento para la concesión, modificación y cancelación de facultades de comercio exterior, así como la de nomenclaturas de productos autorizados, a las empresas estatales, sociedades mercantiles cubanas.
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POR CUANTO: Mediante Resolución No. 199, de 10 de mayo de 2002, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, fue aprobada la nomenclatura de mercancías de exportación e importación a autorizar a las entidades facultadas a realizar actividades de comercio exterior.
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POR CUANTO: Mediante Resolución No. 251, de 13 de junio de 2005, le fue ratificada la autorización a la Empresa CUBARTESANIA, para ejecutar directamente operaciones de comercio exterior.
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POR CUANTO: Procede dejar sin efecto la autorización otorgada a la referida entidad para la ejecución de importación de mercancías.
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POR CUANTO: Mediante Acuerdo No. 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo de 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas:
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Cancelar la autorización otorgada a la Empresa CUBARTESANIA, identificada a los efectos estadísticos con el Código No. 592, para la realización de actividades de importación.
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SEGUNDO: A los efectos de la ejecución de la importación de las mercancías pactadas en los contratos de compraventa internacional suscritos por la referida entidad, la misma mantendrá vigente su inscripción en el Registro Central de Aduanas por el término de ciento veinte (120) días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución.
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TERCERO: La Empresa CUBARTESANIA puede exportar aquellas mercancías que no estén reguladas en el Anexo No. 1 de la Resolución No. 199, dictada por el que Resuelve, de fecha 10 de mayo de 2002, acorde a su objeto social aprobado.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 251, de 13 de junio de 2005, dictada por el Ministro del Comercio Exterior.
NOTIFIQUESE al interesado.
COMUNIQUESE la presente Resolución al Ministerio de la Industria Ligera, a la Aduana General de la República, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Archívese el original en la Dirección Jurídica.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veinticuatro días del mes de junio de 2006.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro del Comercio Exterior
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