Resolución 278
La Resolución Nº 278 regula la autorización de renovación de Licencia a la firma OLIVE QUIMICA, S.A. El Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera emite esta resolución en ejercicio de sus facultades.
- Se autoriza la renovación de la Licencia a OLIVE QUIMICA, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la Sucursal de OLIVE QUIMICA, S.A. en Cuba será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías descritas en el Anexo Nº 1.
- La Licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial.
- La Licencia no autoriza realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto servicios de post-venta y garantía.
- El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la resolución.
Texto íntegro
RESOLUCION Nº 278 de 2010 POR CUANT
a 2 de marzo de 2009, se crea el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera como organismo de la Administración Ce
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- trategias de desarrollo en ellas establecidas.
POR CUANTO: El Decreto Nº 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucur
- entes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la cons
- nte incoado en virtud de la solicitud de renovación de Licencia presentada por la firma española OLIVE QUIMICA, S.A.
POR CUANTO: Del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración
- ite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha dos de marzo de 2009, fue designado el que Resuelve como Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
-
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades
- ercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la firma española OLIVE QUIMICA, S.A.
SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma OLIVE QUIMICA, S.A., en Cuba, a partir de la renovación de la Licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas las mercancías que a nivel de Capítulos se describen en el Anexo Nº 1 que forma parte
- esente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantía, expresamente acordados en los co
- amparan las operaciones de comercio exterior; c) Distribuir y t
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNIQUESE a los vi
Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a los directores de empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional,
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PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la Repúbli
ARCHIVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
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- RESOLUCION Nº 279 de 2010
POR CUANTO: Mediante Decreto-Ley Nº 264,
- a 2 de marzo de 2009, se crea el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera como organismo de la Administración Central del Estado.
POR CUANTO: El Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene como objetivo y misión esencial la de preparar
- egral del Estado y del Gobierno, en cuanto a la actividad comercial exterior, la creación de empresas mixtas, así como la colaboración económica con otros países, organizaciones y asociaciones extranjeras y las inversiones que se negocien, y una vez aprobada dicha política por este, dirigir y ejecutar, así como coordinar y controlar su cumplimiento por todas las entidades a nivel del país, sobre la base de las estrategias de desarrollo en ellas establecidas.
POR CUANTO: El Decreto Nº 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Reg
- entes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de Licencia presentada por la firma española CREACIONES META, S.A.
-
POR CUANTO: Del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes,
- buciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás población.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha dos de marzo de 2
- mo Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de
- la República de Cuba, a la firma española CREA- CIONES META,
jeto de la Sucursal de l
ONES META, S.A., en Cuba, a partir de la renovación de la Licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas las mercancías que a nivel de Capítulos se describen e
esente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes:
Importar y exportar directamente, con carácter comercial. b) Realizar e
productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las ope
Distribuir y transportar mercancías en el te
nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So
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al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Ag de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cá de Comercio de la R
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- ntral de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a E
- TECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil diez.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera ________________
- RESOLUCION Nº 280 de 2010
POR CUANTO: Mediante Decreto-Ley Nº 264, de fecha 2 de marzo de 2009, se crea el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera como organismo de la
- la Inversión Extranjera es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene como objetivo y misión
- ncial la de preparar y proponer al Gobierno la política integral del Estado y del Gobierno, en cuanto a la actividad comercial exterior, la creación de empresas mixtas, así como la colaboración económica con otros países, organizaciones y asociaciones extranjeras y las inversiones que se negocien, y una v
- jecutar, así como coordinar y controlar su cumplimiento por todas las entidades a nivel del p
- rategias de desarrollo en ellas establecidas.
POR CUANTO: El Decreto Nº 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoa
- cencia presentada por la firma italiana MARCHI S.R.L.
POR CUANTO: Del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada. PO
- noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
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- mos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los ó
- des estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha dos de marzo de 2009, fue designado el que Resuelve como Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
-
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
-
PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades ercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio la República de Cuba, a la firma italiana MARCHI
- S.R.L.
SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma
- - ARCHI S.R.L., en Cuba, a partir de la renovación de la Licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas las mercancías que a nivel de Capítulos se describen en el Anexo N
- esente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial. b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de post-venta amparan las operaciones de comercio exterior. c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ext eda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto
presente Resolución. COM
inisterio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras,
a de Cuba, a los directores
de Finanzas y Precios, al Banco
nanciero Internacional, al B
omercio S.A., al
duana General de la República, a ., a la Dirección de Inmigración y
- TECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
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DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil diez.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera ________________RESOLUCION Nº 282 de 2010
POR CUANTO: Mediante Decreto-Ley Nº 264, de fecha 2 de marzo de 2009, se crea el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera como orga
- nismo de la Administración Central del Estado.
POR CUANTO: El Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene como objetivo y misión esencial la de preparar y proponer al Gobierno la política integral del Estado del Gobierno, en cuanto a la actividad
- y comercial exterior, la creación de empresas mixtas, así como la colaboración económica con otros países, organizaciones y asociaciones extranjeras y las inversiones que se negocien, y una vez aprobada dicha política por este, dirigir y ejecutar, así como coordinar y controlar su cumplimiento por todas las e
- ntidades a nivel del país, sobre la base de las estrategias de desarrollo en ellas establecidas.
POR CUANTO: El Decreto Nº
- 206, de 10 de abril de 96, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación presentada por la firma española AMERICAN INTERNA- TIONAL TR
- noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de l
- ite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras di
rganismo; y, en su c
- anismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha dos de marzo de
- mo Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio
- de la República de Cuba, a la firma española AMERICAN
- INTERNATIONAL TRADING PARTNERS S.L.
SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma ERICAN INTERNATIONAL TRADING PARTNERS ., en Cuba, a partir de su renovación en el Reg
- cional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles tranjeras, s
- - relacionadas con las mercancías que a nivel de Capítulos se describen en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la pre
- sente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial. b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior. c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispu presente Resolución.
COMUNIQUESE a los viceministros y directores del Ministe
Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cub
Finanzas y Precios, al Ba
Financiero Internacional, al Ban
io S.A., al Banco Exterio
eneral de la Repú
., a la Dirección de Inmigración y
- TECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original de la mi
- rcio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil diez.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera ________________RESOLUCION Nº 283 de 2010
POR CUANTO: Mediante Decreto-Ley Nº 264, de fecha 2 de marzo de 2009, se crea el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera como organismo de la Administración Central del Estado.
POR CUANTO: El Ministerio del Comerci
- Inversión Extranjera es el organismo de la Administración Central del Estado que tiene como objetivo y misión esencial la de preparar y proponer al Gobierno la política integral del Estado y del Gobierno, en cuanto a la actividad comercial exterior, la creación de empresas mixtas, así como la colaboración económica con otros países, organiza-
- nes y asociaciones extranjeras y las inversiones que se negocien, y una vez aprobada dicha política por este, dirigir y ejecutar, así como coordinar y controlar su cumplimiento por todas las entidades a nivel del país, sobre la base de las estrategias de desarrollo en ellas establecidas.
-
POR CUANTO: El Decreto Nº 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Na
- cional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación presentada por la firma panameña FURBIA INTERNA- TIONAL S.A. POR CUANT
- acceder a la solicitud formulada.
POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del C
- ibuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Ad
es y competencia, r ciones de obligat
- ra el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población. POR
- ha dos de marzo de 2009, fue designado el que Resuelve como Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,R e s u e l
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PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran
- FURBIA INTERNATIONAL S.A., en Cuba, a partir de su
- renovación en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes Sociedades Mercantiles Extranjeras, será la realización las actividades comerciales relacionadas con las mercans que a nivel de Capítulos se describen en el A
- que forma parte integrante de la presente Resolución. TERCERO
- - sente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial. b) Realizar el comercio
- productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior. c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNIQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y A Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cám
Comercio de la República de Cuba, a los directores de empresa
ntral de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la Rep
n de Inmigración y Extranje
acional de Vehículos Automotores
cionales corresponda.
la Gaceta Oficial d
SE el original de la misma en la D
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DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil diez.
- Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera ________________TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL