Resolución 24/2017
La Resolución No. 24/2017 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de una sucursal de la compañía china XIAMEN KING LONG AUTOMÓVILES INDUSTRIALES UNIDOS, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la sucursal de XIAMEN KING LONG AUTOMÓVILES INDUSTRIALES UNIDOS, S.A. (Artículo PRIMERO)
- El objeto de la sucursal es realizar actividades comerciales relacionadas con vehículos automóviles y sus partes (Anexo No. 1 y Artículo SEGUNDO)
- Se prohíbe a la sucursal importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista, y distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional (Artículo TERCERO)
- La sucursal debe formalizar su inscripción en un plazo de 90 días, contados a partir de la entrada en vigor de la Resolución (Artículo QUINTO)
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 24/2017
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece elprocedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelaciónde licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve elexpediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción de una sucursal presentada porla compañía china XIAMEN KING LONG AUTOMÓVILES INDUSTRIALES UNIDOS,S.A. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4,del apartado Tercero, del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la sucursal de la compañía china XIAMENKING LONG AUTOMÓVILES INDUSTRIALES UNIDOS, S.A. en el Registro Nacionalde Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía china XIAMEN KING LONGAUTOMÓVILES INDUSTRIALES UNIDOS, S.A. en Cuba, a partir de su inscripción,será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel decapítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
- a)Importar y exportar directamente con carácter comercial;
- b)realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior;
- c)distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa (90) días, contados a partir de la entradaen vigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en elapartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Sucursales y Agentesde Sociedades Mercantiles Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en esteapartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizaday, consecuentemente, la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.
COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministeriodel Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacionalde Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC,S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañíaETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otrasentidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a lostreinta días del mes de enero de dos mil diecisiete.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
ANEXO No. 1
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR
ACTIVIDADES COMERCIALES A XIAMEN KING LONG AUTOMÓVILESINDUSTRIALES UNIDOS, S.A.
| Descripción | | - | | Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres;sus partes y accesorios |