Resolución 24
Texto íntegro
GOC-2018-599-EX52 RESOLUCIóN No. 24/2018
POR CUANTO: La Ley No. 115, Ley de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, de fecha 6 de julio de 2013, dispone que la Autoridad Marítima Nacional la ostenta el Estado cubano al amparo de sus derechos soberanos, con el fin de garantizar los intereses nacionales en el ámbito marítimo, y que el ejercicio de esta potestad se ejecuta a través de los ministros del Transporte y del Interior, conforme a las funciones que le vienen asignadas en esta Ley y enuncia las causales que justifican la declaración de Abandono de los buques, embarcaciones y artefactos navales extranjeros.
POR CUANTO: El Decreto No. 317, Reglamento de la Ley de Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, de fecha 2 de octubre de 2013, en su artículo 40.1 regula que el ministro
1089 GACETA OFICIAL20 de septiembre de 2018 del Interior dispone la procedencia de la Declaración Administrativa de Abandono en el caso de embarcaciones no comerciales, y en su inciso 2 precisa que de proceder dicha Declaración, dicta la Resolución Administrativa y emite las comunicaciones necesarias a los efectos de la notificación a los interesados.
POR CUANTO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.1 y 38 de las precitadas normas Ley No. 115/2013 y su Reglamento Decreto No. 317/2013, respectivamente, la Capitanía de Puerto de La Habana habilitó el Expediente de Abandono No. 2/2017 del motovelero Leeway, de nacionalidad británica, que se encuentra atracado en el Residencial Marina Hemingway desde el 29 de febrero de 2016, a casco desnudo fuera de operaciones náuticas, y se ha demostrado el desinterés de su propietario por continuar explotándolo, al no presentarse por sí o mediante apoderado o representante legal, al ser notificado por las autoridades cubanas para eliminar a su costa la causal de abandono en la que se encuentra, concurriendo así la causal descrita en el inciso d) del artículo 20 de la Leyno. 115.
POR CUANTO: Transcurrido el término de 20 días naturales, establecido en el artículo 21.2 de la Ley No. 115, para que el propietario por sí o mediante apoderado o representante legal se persone y elimine a su costa la causal de abandono, la Capitanía de Puerto de La Habana ha dado curso al proceso en perjuicio del propietario del medio naval, a los fines de la Declaración Administrativa de Abandono, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.1 del Decreto No. 317.
POR CUANTO: Se ha valorado el Expediente de Abandono No. 2/2017 habilitado por la Capitanía de Puerto de La Habana y se ha demostrado que el estado técnico del motovelero Leeway se encuentra apto para la navegación, lo que posibilita su empleo.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades conferidas en el inciso a) del artículo 100 de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Proceder a la Declaración Administrativa de Abandono del motovelero Leeway, sin motor, de nacionalidad británica, con Registro SSR156282, Puerto de Registro Londres, eslora 29,52 pies, manga 9 pies y calado 5 pies, propiedad del ciudadano español Carlos Sánchez Maside, y su ingreso al patrimonio del Estado cubano.
SEGUNDO: Asignar el motovelero Leeway al Club Náutico Internacional Hemingway de Cuba, para contribuir al fomento de la navegación de recreo en Cuba, como destino final.
TERCERO: La presente Resolución comenzará a surtir efecto a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. COMUNÍQUESE al viceministro del Interior, al jefe de la Jefatura de Tropas Guardafronteras, al director general de la Empresa de Náuticas y Marinas Marlin S.A., al comodoro del Club Náutico Internacional Hemingway de Cuba y demás personas naturales y jurídicas que corresponda. DESE CUENTA a la Embajada de España y Reino Unido, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del Ministerio del Interior.
DADA en el Ministerio del Interior, La Habana, a los 14 días del mes de junio de 2018. Ministro del Interior Vicealmirante Julio César Gandarilla Bermejo