Resolución 24/2019
La Resolución No. 24/2019 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de sucursal de Equipamiento Institucional, S.A. (EKINSA) en Cuba. La norma es emitida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se autoriza la renovación de la licencia de la sucursal de Equipamiento Institucional, S.A. (EKINSA) en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas (capítulos 30, 32, 33, 39, 44, 46, 54, 55, 56, 62, 63, 70, 73, 76, 82, 83, 84, 85, 90, 93, 94 y 96).
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa con carácter comercial, comercio mayorista y minorista en general, ni la distribución y transporte de mercancías en el territorio nacional.
- La sucursal solo puede realizar servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 24/2019
POR CUANTO: El Decreto No. 206, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el proce-dimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de li-cencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expe-diente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la licencia de la sucursal de la compañía española Equipamiento Institucional, S.A. (EKINSA) y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.Por CUAnto: El artículo 33 del Decreto-Ley No. 67, “De Organización de la Ad-ministración Central del Estado”, de 19 de abril de 1983, establece que los jefes de los or-ganismos de la Administración Central del Estado podrán ser temporalmente sustituidos, cuando fuere necesario, por el viceministro primero de estos.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 234, del presidente del Consejo de Mi-nistros, de 15 de agosto de 2013, fue designado el que resuelve viceministro primero del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.Por t Anto: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso a), del artículo 100, de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :Primero: Autorizar la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía es-pañola EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL, S.A. (EKINSA) en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía española Equipamiento Institu-cional, S.A. (EKINSA) en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de activi-
443 GACETA OFICIAL7 de febrero de 2019 dades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.ter Cero: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.CUArto: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.Com UnÍQUe Se a la encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba; al presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A.; al director de la Dirección de Inmigración y Extranjería; a la presidenta de la Empresa de Te-lecomunicaciones de Cuba S.A.; al encargado del Registro Nacional de Vehículos Automo-tores; a los viceministros y directores generales y a la directora de la Dirección de Gestión Empresarial del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera; DESE CUENTA al jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veinticinco días del mes de enero de dos mil diecinueve.Antonio L. Carricarte Corona Ministro a.i.Ane Xo iNOmENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COmERCIALES A LA SUCURSAL EQUIPAmIENTO INSTITUCIONAL, S.A. (EKINSA) Descripción Capítulo 30 Productos farmacéuticos Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias coloran-tes; pinturas y barnices; mástiques; tintas Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera Capítulo 46 Manufacturas de espartería o cestería Capítulo 54 Filamentos sintéticos o artificiales Capítulo 55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas Capítulo 56 Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería Capítulo 62 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas
444 GACETA OFICIAL 7 de febrero de 2019 NOmENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COmERCIALES A LA SUCURSAL EQUIPAmIENTO INSTITUCIONAL, S.A. (EKINSA) Descripción Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común Capítulo 83 Manufacturas diversas de metal común Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas má-quinas o aparatos Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos Capítulo 93 Armas, municiones, y sus partes y accesorios Capítulo 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas Capítulo 96 Manufacturas diversas________________COmUNICACIONES