Resolución 24/2023
La Resolución 24/2023 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de SYNGENTA IBEROAMERICANA, S.A. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta norma se emite en virtud del Decreto 32/2021 que regula el establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de SYNGENTA IBEROAMERICANA, S.A. (Artículo PRIMERO)
- El giro comercial es la producción y comercialización de plaguicidas y semillas de alta calidad (Artículo SEGUNDO)
- Se prohíbe importar y exportar directamente con carácter comercial (Artículo TERCERO, a)
- Se prohíbe realizar comercio mayorista y minorista en general, excepto servicios de posventa y garantía (Artículo TERCERO, b)
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción (Artículo QUINTO)
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 24/2023
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento derepresentaciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establecelas regulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificacióny cierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y derepresentación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 326 de esta propia autoridad, de 2 de diciembrede 2019, se autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía suizaSYNGENTA IBEROAMERICANA, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentesde Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado en virtudde la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía suiza SYNGENTA IBEROAMERICANA, S.A. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder ala solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañía suizaSYNGENTA IBEROAMERICANA, S.A. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía suiza SYNGENTA IBEROAMERICANA, S.A. en Cuba, a partir de su inscripción, es la produccióny comercialización de plaguicidas y semillas de alta calidad.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratosque amparan las operaciones de comercio internacional;
c) emitir facturas comerciales; ni
d) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigorde la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá alarchivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 326 de esta propia autoridad, de 2 de diciembre de 2019.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direcciónde Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos treinta días del mes de enero de dos mil veintitrés, “Año 65 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
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