Resolución 24/2023

Comercialización de vehículos de motor y otros

Organismo
Ministerio del Comercio Interior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 16 Extraordinaria de 2023 (2023-02-22)
Páginas
13–15
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Resumen generado por IA

La Resolución 24/2023 del Ministerio del Comercio Interior regula la comercialización de vehículos de motor y otros. Establece las personas jurídicas autorizadas a ejercer el comercio minorista y mayorista de vehículos de motor, remolques, semirremolques, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 24/2023

POR CUANTO: El Decreto 83 “De la transmisión de la propiedad de vehículos demotor, remolques y semirremolques, su comercialización e importación”, de 9 de febrerode 2023, en su Disposición Final Cuarta dispone que corresponde a quien suscribe, esta-blecer las personas jurídicas autorizadas a ejercer el comercio minorista y mayorista devehículos de motor, remolques, semirremolques, carrocerías, cabinas, chasis, y cuadrosde motos, y cuantas otras disposiciones se requieran para el cumplimiento de lo dispuestoen dicho Decreto.

POR CUANTO: Resulta necesario aprobar la comercialización mayorista y minorista,en moneda libremente convertible, de vehículos de motor, remolques, semirremolques,carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos, por las personas jurídicas cubanas auto-rizadas a su importación; así como la comercialización minorista, en moneda libremente

convertible, de ciclomotores, motocicletas, triciclos y autos llamados cuadriciclos, todoseléctricos.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que se me confieren en los incisos d) y e),del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Aprobar la comercialización mayorista, en moneda libremente conver-tible, de vehículos de motor, remolques, semirremolques, carrocerías, cabinas, chasis ycuadros de motos, por las personas jurídicas cubanas autorizadas a su importación, que serelacionan a continuación:

a) IMPEXPORT, S.U.R.L.;

b) SERLOVEM, S.U.R.L.;

c) MCV Comercial, S.A.;

d) Corporación CIMEX, S.A.;

e) Empresa Central de Abastecimiento y Ventas de Equipos de Transporte Pesado ysus Piezas, TRANSIMPORT;

f) Empresa Comercializadora de Maquinarias, Equipos y Artículos de Ferretería, MA-QUIMPORT;

g) Empresa Comercializadora y Exportadora, DIVEP; y

h) Empresa Proveedora General del Transporte, TRADEX.

SEGUNDO: Aprobar a la Corporación CIMEX, S.A. y a IMPEXPORT, S.U.R.L. lacomercialización minorista, en moneda libremente convertible, de vehículos de motor,remolques, semirremolques, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos.

TERCERO: Las empresas de la industria nacional encargadas de la fabricación y en-samblaje de los vehículos de motor, remolques y semiremolques se autorizan para la co-mercialización mayorista de sus productos, según lo establecido en la legislación vigente.

CUARTO: Se autoriza la comercialización mayorista de vehículos de motor, remol-ques y semirremolques por las empresas cubanas que reciben estos medios procedentesdel turismo y otras fuentes, de conformidad con lo establecido por el Ministerio del Transporte.

QUINTO: Aprobar a la Cadena de Tiendas Caribe y a la Agencia Importadora CaribeS.U.R.L. la comercialización minorista, en moneda libremente convertible, de ciclomoto-res, motocicletas, triciclos y autos llamados cuadriciclos, todos eléctricos.

SEXTO: La comercialización mayorista y minorista, en moneda libremente conver-tible, de vehículos de motor, remolques, semirremolques, carrocerías, cabinas, chasis ycuadros de motos, así como de ciclomotores, motocicletas, triciclos y autos llamadoscuadriciclos, todos eléctricos, se ejecuta por las comercializadoras autorizadas mediantela Licencia Comercial para realizar esta actividad, emitida por el Registro Central Co-mercial.

SÉPTIMO: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 ro. de marzo de 2023.

COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales, directores y jefes de de-partamento de este Organismo.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo.

DADA en La Habana, a los días 17 días del mes febrero de 2023.

Betsy Díaz Velázquez

Ministra

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